Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2004 (14/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004
IV. ALCANCE:

NORMAS LEGALES

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La presente Directiva comprende a aquellos vecinos del distrito de La MORDAZA de comprobada carencia economica, y a aquellas personas que proporcionando servicios no personales a la Municipalidad (jardineros, serenazgo, personal de limpieza, etc.) cuentan con minimos recursos economicos; por lo que, previa evaluacion e informe favorable, pueden acceder al beneficio de exoneracion de pago por la prestacion de los diferentes servicios de salud del Centro Medico Municipal. V. FORMALIDADES: 1. Ingreso de solicitud y/o reporte de acuerdo al Formato Nº 01: debera contar con las formalidades siguientes: - MORDAZA del solicitante por ante el Centro Medico Municipal en donde debera llenar una ficha de "SOLICITUD PREVIA DE EXONERACION" de acuerdo al Formato Nº 02, que suscribira junto con el medico que realiza la evaluacion. - MORDAZA de la ficha de "Solicitud Previa de Exoneracion", por ante la Subgerencia de Bienestar Social para su evaluacion y elaboracion de la Ficha Social. Se anexara a esta Ficha la documentacion que el solicitante presente. 2. Pronunciamiento sobre su procedencia o improcedencia, sobre la base de lo indicado en su solicitud, Ficha Social y luego verificar las siguientes caracteristicas del solicitante: a. Que sus ingresos no superen el minimo vital. b. MORDAZA de vivienda: Precaria. c. Que tengan alguna discapacidad o se encuentren en situacion de indigencia. - La Ficha Social favorable motivara la expedicion del Formulario "Papeleta de Exoneracion" de acuerdo al Formato Nº 03 para Atencion del Centro Medico Municipal. 3. Visaciones: de conformidad con las normas de control y competencia, el Formulario "PAPELETA DE EXONERACION", se entregara por cada atencion o servicios y tendra un periodo de vigencia de quince (15) dias utiles contados a partir de la fecha de expedicion del documento, debera contar con la visacion y aprobacion de la Subgerencia de Bienestar Social y en caso supletorio, por la Gerencia de Participacion Vecinal y Servicios Sociales. Los funcionarios encargados de visar el Formulario de Exoneracion, deberan revisar detalladamente su contenido. 4. La Subgerencia de Bienestar Social sera responsable de numerar, fechar y archivar correlativamente los formatos "Papeleta de Exoneracion" para atencion del Centro Medico Municipal. 07085

los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, el Concejo Municipal cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo 200º, numeral 4, de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 0141-CDLO se otorgo temporalmente el beneficio tributario de condonacion parcial del 90% del interes moratorio y su capitalizacion anual de tributos correspondiente a periodos vencidos a la fecha, sin considerar el Indice de Precios al Por Mayor (IPM) en el Impuesto Predial, por el pago al contado de las Deudas Tributarias contenidas dentro del periodo anual correspondiente; precisandose que las deudas tributarias que se encontraban en MORDAZA de Cobranza Coactiva se acogerian al beneficio, siempre que se hubiere cancelado al contado toda la deuda por el periodo anual respectivo; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus deudas pendientes por concepto de tributos municipales; Estando a lo dictaminado, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 150-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACION ESTABLECIDO MEDIANTE ORDENANZA Nº 0141-CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR, a partir de la fecha de aprobacion de la presente Ordenanza y hasta el 4 de junio del presente ano, los alcances del beneficio tributario de condonacion contenido en la Ordenanza Nº 141-CDLO. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Administracion y Finanzas y a la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Unidad de Gestion Informatica la debida implementacion y a la Secretaria General e Imagen Institucional su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07152

Designan funcionaria responsable de la entrega de informacion que se solicite en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 27806
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0172-2004
Los MORDAZA, 26 de marzo del 2004 VISTOS: El Informe Nº 26-2004-MDLO/SGII de la Secretaria General e Imagen Institucional, Proveido Nº 053804 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece en su articulo 3º, inciso c), que la MORDAZA autoridad de la Entidad tiene en materia de informacion la obligacion, entre otros, las de adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica dentro de su competencia funcional, asi como designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 0784-2003 del 27 de noviembre del 2003 se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valasquez, quien se desempenaba como Secretario General de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, funcionario responsable de la entrega de informacion solicitada en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion;

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Prorrogan beneficio tributario de condonacion establecido mediante Ordenanza Nº 0141-CDLO
ORDENANZA Nº 0150-CDLO
Los MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 0013-2004-MDLO-CEP de la Comision Permanente de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica y administrativa de los gobiernos locales, otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con

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