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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G37/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de abril de 2004 cuyo período de amortización será conforme a lo señalado en la cuenta 1904 Gastos amortizables”. 20. Incorpórese en la cuenta 5104 “Intereses por crédi- tos” la siguiente subcuenta analítica: 5104.01.04.23 Intereses por préstamos del Fondo Mi Vi- vienda 21. Incorpórese como segundo párrafo en la descrip- ción de la cuenta 5109 “Ingresos financieros diversos” elsiguiente texto: “Asimismo, en la subcuenta 5109.03 se registrará la amortización del badwill de las inversiones permanentes,cuyo período de amortización será conforme a lo señaladoen la cuenta 1904 “Gastos amortizables”. 22. Incorpórese en la cuenta 6201 “Ingresos Extraordi- narios” la siguiente subcuenta: 6201.04 Ing resos por recuperación de cartera cas- tigada 23. Incorpórese en la cuenta 6401 “Ingresos de Ejerci- cios Anteriores” la siguiente subcuenta: 6401.07 Ing resos por recuperación de cartera cas- tigada 24. Elimínese la siguiente cuenta analítica: 6401.04.03 Pro visiones para castigos El saldo de esta cuenta se deberá transferir a la sub- cuenta 6401.07 “Ingresos por recuperación de cartera cas- tigada”. 25. Elimínese la siguiente cuenta analítica: 6501.02.03 Pro visiones para castigos El saldo de esta cuenta se deberá transferir a la cuenta analítica 6501.02.02 “Provisiones para incobrabilidad”. 26. Sustitúyase la descripción de la cuenta 8103 “Cuen- tas Incobrables Castigadas”, por el siguiente texto: “En esta cuenta se registran los derechos de la coo- perativa que han sido castigados, según lo establecidoen el Reglamento para la Evaluación y Clasificación delDeudor y la Exigencia de Provisiones, independiente-mente del castigo tributario que se realice conforme lasnormas vigentes. Estos derechos castigados deben per- manecer registrados en esta cuenta hasta que sean re- cuperados o cuando haya transcurrido el plazo de pres-cripción conforme lo establezca la reglamentación vi-gente. El procedimiento de castigo deberá ser fijado dentro de las políticas de control interno de la cooperativa. El saldo del capital de los créditos que se castigan debe registrarse en la subcuenta 8103.02 “Créditos castigados”,mientras que los intereses de dichos créditos castigadosse registran en la subcuenta 8103.04 “Intereses castiga-dos”. En caso los deudores de créditos castigados sean refi- nanciados o reestructurados, según los criterios del Re- glamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor yla Exigencia de Provisiones, dicha operación refinanciadao reestructurada deberá registrarse en las cuentas corres-pondientes de créditos refinanciados o reestructurados, conabono a las cuentas respectivas de ingresos diferidos de operaciones refinanciadas o reestructuradas. Simultánea- mente el monto de la deuda que se refinancia o reestructu-ra (capital e intereses) deberá extornarse de la cuenta8103”. 27.Incorpórese en la cuenta analítica 8109.19.04 “Cré- ditos hipotecarios para vivienda” la siguiente sub cuenta analítica: 8109.19.04.23 Préstamos del Fondo Mi Vivienda28. Sustitúyase el primer párrafo de la descripción de la cuenta 8402 “Valores Recibidos en Cobranza País” por elsiguiente texto: “En esta cuenta se registran los valores provenientes de terceros recibidos por la cooperativa para su cobranza en el país, sin que estas operaciones signifiquen riesgo para la cooperativa”. 29. Elimínense de la cuenta 8404 “Garantías Recibidas por Operaciones de Crédito”, las siguientes cuentas analí-ticas: 8404.01.01 Pri mera prenda sobre depósitos en efecti- vo en empresas del sistema financiero 8404.01.06 D erechos de carta de crédito irrevocable sin discrepancias 8404.02.17 Car tas fianzas y avales 30. Modifíquese la denominación de la cuenta analítica 8404.01.04 “Primera prenda sobre instrumentos represen-tativos de capital considerados en el índice selectivo demecanismos centralizados de negociación del país” por lasiguiente: 8404.01.04 V alores mobiliarios incluidos en el listado que publica la SBS, con excepción de losemitidos por las empresas deudora yacreedora 31. Incorpórense en la cuenta 8404 “Garantías Recibi- das por Operaciones de Crédito” las siguientes subcuen-tas, cuentas analíticas y subcuentas analíticas: 8404.02.18 Pólizas de caución 8404.04 Gar antías preferidas autoliquidables 8404.04.01 Depósitos en efectivo en moneda nacional y moneda extranjera constituidos en lasempresas del sistema financiero 8404.04.02 D erechos de carta de crédito irrevocables con documentos negociados sin discrepan- cias, pendientes de cobro del banco emi- sor cuando éste sea una empresa del sis-tema financiero del exterior de primer nivel 8404.03 F ondo Hipotecario de Promoción de la Vi- vienda - Mi Vivienda 8404.05 Responsabilidad subsidiaria de una empre- sa del sistema financiero o del sistema deseguros del país o del exterior 8404.05.01 Fianza solidaria 8404.05.02 Avales 8404.05.03 Cobertura de seguro de crédito extendida por un patrimonio de seguro de crédito 32. Sustitúyase la descripción de la cuenta 8404 “Ga- rantías Recibidas por Operaciones de Crédito” por el si-guiente texto: “En esta cuenta se registra el valor de afectación o el valor neto de realización, el menor, de los bienes in-muebles, valores, títulos valores, mercaderías, maqui-narias, avales, cartas fianza y otros documentos reci-bidos por la cooperativa de los asociados en garantía, conforme determine esta Superintendencia, por los cré- ditos directos e indirectos otorgados, de acuerdo conel convenio escrito que se firma entre el asociado y lacooperativa. Las garantías preferidas de muy rápida realización serán registradas en la subcuenta 8404.01, las garan- tías preferidas en la subcuenta 8404.02, las garantías preferidas autoliquidables en la subcuenta 8404.04 y lasfianzas solidarias o avales que cuenten con responsabi-lidad subsidiaria de una empresa del sistema financieroo del sistema de seguros del país o del exterior en lasubcuenta 8404.05, debiendo corresponder estrictamen- te a las garantías referidas en el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia deProvisiones. Asimismo, en la subcuenta 8404.09 se re-gistrarán aquellas garantías que no tengan el carácter