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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (17/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G37/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de abril de 2004 5. Indicar la porción de los créditos y contingentes que cuenta con garantías preferidas autoliquidables. No incluir los créditos hipotecarios otorgados con re- cursos del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda(Mi Vivienda) los que serán reportados en el acápite G. 6. Indicar la porción de los créditos y contingentes que cuenta con garantías preferidas de muy rápida realización. No incluir los créditos hipotecarios otorgados con re- cursos del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda(Mi Vivienda) los que serán reportados en el acápite G. 7. Indicar la porción de los créditos y contingentes que cuenta con garantías preferidas. No incluir los créditos hipotecarios otorgados con re- cursos del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda(Mi Vivienda) los que serán reportados en el acápite G. 8. Consignar el monto de los créditos hipotecarios otor- gados por el Fondo Mi Vivienda, distribuidos según los ti-pos de garantías o responsabilidades subsidiarias con lasque cuenten dichos créditos. 9. Indicar la porción cubierta por el Fondo Mi Vivienda. Las cooperativas mantendrán a disposición de la Federa-ción, las hojas de trabajo para determinar dicha coberturade riesgo en función de las diversas modalidades que ofrez-ca el referido Fondo. 10. Consignar la porción de los créditos hipotecarios Mi Vivienda que cuente con cobertura de garantías autoli-quidables. 11. Consignar la porción de los créditos hipotecarios Mi Vivienda que cuente con la responsabilidad subsidiariade una empresa del sistema financiero o del sistema deseguros del país o del exterior, instrumentada en fianzasolidaria o avales, o cuente con cobertura de seguro decrédito extendida por un patrimonio de seguro de crédito.La porción cubierta se asignará en la columna correspon-diente a la clasificación del fiador, avalista o patrimonioautónomo respectivo, independientemente de la clasifica-ción del deudor. Las tasas de provisiones aplicables a estaporción de los créditos corresponden exclusivamente a lastasas de la tabla 1 del numeral 2.1 del Capítulo III del Re-glamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor yExigencia de Provisiones aprobado por la Resolución Nº808-2003. 12. Indicar la porción de los créditos hipotecarios Mi Vivienda que cuenten con cobertura de garantías preferi-das de muy rápida realización. 13. Indicar la porción de los créditos hipotecarios Mi Vivienda que cuenten con cobertura de garantías preferi-das. 14. Indicar la porción de los créditos hipotecarios Mi Vivienda que no cuenten con alguna de las coberturas se-ñaladas en las notas 9, 10, 11, 12 o 13. 15. Indicar la porción de los créditos y contingentes que no haya sido reportada en los acápites C a G. Consignar también el monto total de los créditos y con- tingentes de los deudores que permanezcan clasificadosen la categoría dudoso por más de 36 meses o en la cate-goría pérdida por más de 24 meses, independiente de lasgarantías con la que cuente. 16. Consignar el monto de las provisiones constituidas.Las provisiones constituidas por la porción de los cré- ditos y contingentes que aplican la sustitución de contra-parte crediticia serán consideradas en la columna corres-pondiente a la clasificación del fiador, avalista o patrimonioautónomo y no en la columna correspondiente a la clasifi-cación del deudor. 17. Las provisiones requeridas se calculan sobre la base de las tasas de provisiones establecidas por el Reglamen-to para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exi-gencia de Provisiones. 18. La diferencia entre las provisiones constituidas y las requeridas determinan el superávit o déficit de provi-siones. 19. Reportar el monto total de créditos y contingentes y el monto de las provisiones genéricas y específicas, se-gún las cuentas del Manual de Contabilidad (acápite L) ysegún la información del Anexo Nº 5 (acápite M). En casolos montos de los acápites L y M muestren diferencias, lascooperativas deberán enviar un informe que sustente talesdiferencias. 07303/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G4F/G4E/G41/G53/G45/G56/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G56/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G2D/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G4C/G41/G43/G22 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 035-2004-EF/94.10 Lima, 13 de abril de 2004 VISTO: El Memorándum Nº 1485-2004-EF/94.35 de fecha 7 de abril de 2004, presentado por la Gerencia de Administra-ción y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Unión Latinoamericana de Ciegos (ULAC), ha cursado invitación a esta Comisión Nacional Supervisorade Empresas y Valores - CONASEV, para que se autoricela participación, como ponente, de la señora Rosario Ga-larza Meza, trabajadora de esta Comisión Nacional, en el "V Congreso Latinoamericano de Ciegos de ULAC", que se celebrará del 19 al 23 de abril del presente año, en laciudad de Quito, República de Ecuador; Que, el mencionado congreso constituye una de las actividades más importantes de la Unión Latinoamericanade Ciegos (ULAC), que se celebra cada cuatro (4) años y en esta oportunidad, se tratará el tema referido a la "Tec- nología, puente a la educación y el empleo", en donde sedebatirán, además de otros, los temas relacionados a polí-ticas de acceso a la tecnología, tecnología y nuevas opor-tunidades de empleo, productores y usuarios de tecnolo-gía, tecnología aplicada en la educación, tecnología y de- rechos humanos; Que, entre los temas a tratar en este "V Congreso Lati- noamericano de Ciegos de ULAC", está el trabajo presen-tado por la señora Rosario Galarza Meza, denominado"Tecnología en la unidad constituida por un puesto de tra-bajo", el mismo que fue considerado merecedor de una beca, por lo que se solicita la participación de la señora Rosario Galarza Meza como ponente en el mencionadocongreso; Que, la Unión Latinoamericana de Ciegos (ULAC), asu- mirá los gastos de transporte aéreo, alojamiento y alimen-tación de la señora Rosario Galarza Meza, trabajadora de esta Comisión Nacional, quien participará como ponente en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la señora Rosario Galarza Meza, trabajadora de la Co-misión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV, cuyos gastos serán cubiertos por la Unión La- tinoamericana de Ciegos (ULAC), no irrogando gasto algu- no con cargo al presupuesto de esta Comisión Nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, publicada el 5 de enero de 2002, por el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, publicado el 6 de junio de 2002 y por laDirectiva Nº 004-2004-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, publicada el 29 de diciem- bre de 2003, que contienen disposiciones sobre autoriza-ciones de viajes al exterior de funcionarios y servidorespúblicos o representantes del Estado; y sobre la base de ladelegación de facultades contenida en el acuerdo de Di-rectorio de fecha 25 de febrero de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Rosario Galarza Meza, trabajadora de la Comisión Nacional Su- pervisora de Empresas y Valores - CONASEV a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 18 al 24 de abril de