Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2004 (25/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07924

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2. Recomendar a la administracion utilizar los mecanismos de la Bolsa de Productos para la adquisicion futura de los insumos del Vaso de Leche. 3. Disponer que a traves de la Secretaria General se remita MORDAZA del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica. 4. Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 07956

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2004-MVES MORDAZA El MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2004 Visto: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, la necesidad de Declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El Salvador; CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes Nºs. 246 y 282-2004-DDHH/ MVES, de fechas 5 y 23.4.2004, el Director de Desarrollo Humano hace de conocimiento la situacion del Programa del Vaso de Leche, senalando que solo hasta el 27 de MORDAZA del ano en curso, se cuenta con productos para abastecer el Programa del Vaso de Leche de nuestro distrito, senalando ademas que el MORDAZA de empadronamiento de beneficiarios del mencionado programa, ha impedido realizar oportunamente la constitucion del Comite de Adquisicion y el inicio de la Licitacion Publica Nº 002-2004/MVES, referida a los insumos alimenticios de dicho programa, razon por la cual recomienda que se considere el abastecimiento de dichos productos mediante adjudicacion de menor cuantia, previa Declaratoria de Urgencia por noventa (90) dias del Programa del Vaso de Leche; Que, de conformidad con lo senalado por los Arts. 19º, inciso c) y 20º, inciso c), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, D.S. Nº 012-2001PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, todas aquellas adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, las mismas que deberan ser declaradas mediante el respectivo Acuerdo del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 448-2004-OAJ7MVES, de fecha 23.4.2004, el Director de la Oficina de Asesoria Juridica, hace de conocimiento que del estudio y analisis del presente caso, teniendo en cuenta el desabastecimiento de productos del Vaso de Leche a partir del 28 de MORDAZA del ano en curso, se hace necesario tomar medidas inmediatas para evitar dicha situacion, por lo que en aplicacion del articulo 21º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM, teniendose en cuenta "la ausencia extraordinaria e imprevisible de un determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales...", en este caso del Programa del Vaso de Leche y de conformidad, ademas, con lo previsto en la Ley Complementaria para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche Nº 27712, la cual en su Art. 2º, numeral 4.1, dispone el abastecimiento obligatorio durante los siete dias de la semana a los ninos beneficiarios del programa, recomendandose la procedencia de la declaratoria de urgencia solicitada; Estando a los fundamentos expuestos, contando con el proveido favorable del Director Municipal del 23.4.2004, en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, se expide el siguiente: ACUERDO Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia, por un periodo de hasta noventa (90) dias calendario, la adquisi-

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Suspenden procedimientos administrativos para otorgamiento de licencias de apertura y funcionamiento de establecimientos que desarrollen actividades a partir de las 23.00 horas y de venta de licores
ORDENANZA Nº 113/MDS Surquillo, 16 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA de la mayoria legal de sus miembros y con la dispensa de tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente Ordenanza: SUSPENSION DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO A PARTIR DE LAS 23.00 HORAS Y PARA LA VENTA DE LICORES PARA LLEVAR Articulo 1º.- Objeto de la norma.- Quedan suspendidos los procedimientos administrativos relativos al otorgamiento de licencias de apertura y funcionamiento de establecimientos en el distrito que desean desarrollar actividades a partir de las 23.00 horas asi como aquellos que tengan como giro la venta de licores o bebidas alcoholicas para llevar, quedando en consecuencia, suspendidos los procedimientos cinco (5) y seis (6) correspondientes a la Division de Establecimientos y Mercados, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente, aprobado por Ordenanza Nº 083/MDS y publicado el 5 de MORDAZA de 2003 y sus normas modificatorias. Articulo 2º.- Alcances de la suspension.- La suspension dispuesta en el articulo primero alcanza a aquellos procedimientos administrativos en tramite que aun no cuenten con autorizacion municipal, y que fueran iniciados al MORDAZA de la Ordenanza Nº 071/MDS y la Ordenanza Nº 083/MDS. Articulo 3º.- Efectos del Pago de Derechos.- Precisese que el pago de derechos por las autorizaciones municipales a que se refiere la presente Ordenanza no implica el otorgamiento automatico de la autorizacion solicitada, debiendose regir la calificacion del procedimiento que senala el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente a la fecha de iniciado el procedimiento. Articulo 4º.- Vigencia de la Ordenanza.- Declarese la plena vigencia de la Ordenanza Nº 061/MDS publicada el 15 de octubre de 2000 que suspendio el otorgamiento de licencias municipales para la venta de bebidas alcoholicas envasadas para llevar despues de las 23.00 horas. Articulo 5º.- Entrada en vigencia de la norma.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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