Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2004 (25/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

TITULO III DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL CAPITULO I DEFINICION Y COMPOSICION DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL CAPITULO II DE LAS CONDICIONES, OBLIGACIONES, DERECHOS Y VACANCIA DE LOS CONSEJEROS DE LA SOCIEDAD CIVIL CAPITULO III FUNCIONES, ESTRATEGIAS, NORMAS ADMINISTRATIVAS RELACIONES Y FISCALIZACION DEL CCLD CAPITULO IV ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL CCLD CAPITULO V INSTALACION, CONSTITUCION Y SESIONES DEL CCLD TITULO IV DE LAS JUNTAS VECINALES CAPITULO I DEFINICION DE LAS JUNTAS VECINALES CAPITULO II ORGANIZACION TERRITORIAL PARA LA PARTICIPACION CAPITULO III FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES CAPITULO IV FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES13 TITULO V DE LAS REDES DE POLITICAS PUBLICAS LOCALES CAPITULO I DEFINICION, COMPOSICION DE LAS REDES DE POLITICAS PUBLICAS LOCALES CAPITULO II ORGANIZACION FUNCIONAL PARA LA PARTICIPACION CAPITULO III FUNCIONES DE LA ORGANIZACION FUNCIONAL CAPITULO IV FUNCIONAMIENTO DE LAS REDES DE POLITICAS PUBLICAS LOCALES TITULO VI DEL MORDAZA PARTICIPATIVO PARA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DISTRITAL CONCERTADO Y EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPITULO I DEFINICIONES CAPITULO II DE LA FASE DE PROGRAMACION CAPITULO III DE LA FASE DE FORMULACION CAPITULO IV DE LA FASE DE APROBACION TITULO VII INICIATIVA LEGISLATIVA MUNICIPAL DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES MORDAZA BIBLIOGRAFICAS

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVO DEL REGLAMENTO Las disposiciones del presente Reglamento tienen por objeto promover y regular los espacios de concertacion y participacion vecinal y ciudadana en los asuntos publicos, vinculando al gobierno municipal con los vecinos y con las organizaciones sociales y politicas de la jurisdiccion, con la finalidad de consolidar la democracia y avanzar hacia el desarrollo humano sostenible, de acuerdo con lo establecido en la Constitucion Politica. Regula ademas la organizacion y funcionamiento de las instancias del Sistema de Participacion Ciudadana determinadas en esta Ordenanza. Articulo 2º.- DERECHO A LA PARTICIPACION Todos los ciudadanos y ciudadanas residentes en el Distrito tienen derecho de participar libremente en los asuntos publicos, directamente o por medio de sus representantes. Articulo 3º.- REPRESENTACION Y PARTICIPACION La representacion y la participacion son medios de intervencion civica de los ciudadanos en los asuntos publicos, a los cuales podran recurrir indistintamente. Articulo 4º.- NOCION DE PARTICIPACION CIUDADANA A los fines de este Reglamento se entiende por participacion ciudadana en los asuntos publicos la intervencion de los ciudadanos, individualmente o a traves de organizaciones sociales, en los procesos de formulacion, ejecucion, seguimiento, control y evaluacion de los planes de desarrollo local, los presupuestos, y en la gestion publica, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas. La participacion ciudadana en los asuntos comunales se refiere a la organizacion de los vecinos para adoptar acciones a fin de enfrentar colectivamente los problemas comunes y para cooperar con los organismos publicos de nivel: nacional, regional y local; en el mejoramiento de los servicios y los demas asuntos comunales que implique la satisfaccion de las necesidades basicas de los pueblos y el mejoramiento de su calidad de vida. Articulo 5º.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA PARTICIPACION CIUDADANA La participacion ciudadana se fundamentara en los siguientes principios: 1. Igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, las organizaciones sociales y en su caso, los vecinos, para intervenir y participar, sin discriminaciones de caracter politico, ideologico, religioso, racial o de ninguna otra especie. 2. Corresponsabilidad entre la colectividad, las autoridades y los funcionarios municipales en la solucion de los problemas comunes de la sociedad local. 3. Solidaridad, como la disposicion de toda persona de asumir los problemas de otros como propios, sin egoismo ni intereses particulares. 4. Tolerancia, que es garantia de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construccion de consensos. 5. Transparencia en los procesos participativos, de tal forma que toda la colectividad tenga informacion suficiente y necesaria acerca de los asuntos publicos y comunitarios que se decidan por via participativa. 6. Rendicion de cuentas de todos los funcionarios municipales y de los ciudadanos y organizaciones sociales que intervengan en los asuntos decididos por via participativa. 7. Pluralismo politico, en el sentido de que se procurara dar cabida a los diversos intereses organizados en el Estado, segun el MORDAZA publico de que se trate. Articulo 6º.- MORDAZA DE RESPETO A LOS ACUERDOS PARTICIPATIVOS La participacion ciudadana en los asuntos publicos se fundamenta en el compromiso de respetar, por parte de la

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