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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 CAPÍTULO IV ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL CCLD Artículo 26º.- PLENO DEL CCLD El Pleno del CCLD está integrado por: 1. El Alcalde y los Regidores del Concejo Municipal Dis- trital 2. Los Consejeros elegidos de la Sociedad Civil del dis- trito Artículo 27º.- COMISIÓN PERMANENTE Para el adecuado desarrollo de sus funciones y atri- buciones, el CCLD aprueba la conformación de una Co- misión Permanente, presidida por un Regidor designa- do por el Alcalde e integrada por miembros del CCLD en partes iguales entre los Regidores del Concejo Mu- nicipal y los Consejeros de la Sociedad Civil. La Comi- sión Permanente cuenta con la participación de un re- presentante de cada instancia del sistema de partici- pación: Juntas Vecinales Comunales, Zonales, Distrital y Redes de Políticas Públicas, con derecho a voz y quien se constituye en canal de información entre la Comisión Permanente y las instancias del sistema de participación. La Comisión Permanente se reúne cuantas veces sea necesario para la tarea de elaboración y coordina- ción del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concer- tado y el Presupuesto Participativo, según temática y encargaturas puntuales para la satisfacción de las ta- reas de coordinación, la representación que requiere el CCLD y la satisfacción de las solicitudes del Conce- jo Municipal. Artículo 28º.- COMISIÓN TÉCNICA El CCLD contará con un equipo técnico designado por el Alcalde, conformado por los funcionarios munici- pales responsables y personal técnico de las Geren- cias de Planificación del Desarrollo, Desarrollo Social y Desarrollo Urbano de la Municipalidad, así como por los representantes, asesores y técnicos designados por el CCLD. Artículo 29º.- SECRETARIO TÉCNICO La Comisión Técnica es dirigida por un Secretario Técnico designado por el Alcalde, encargado de los asuntos administrativos, coordinaciones y dirección del equipo técnico y de las acciones operativas para cu- brir las necesidades requeridas, en la preparación y realización de las funciones y actividades programa- das. CAPÍTULO V INSTALACIÓN, CONSTITUCIÓN Y SESIONES DEL CCLD Artículo 30º.- INSTALACIÓN DEL CCLD Para la instalación y funcionamiento del CCLD se re- quiere de la asistencia de la mitad más uno de sus miem- bros. La asistencia del alcalde es obligatoria e indelegable. Artículo 31º.- ACUERDOS DEL CCLD Los acuerdos se toman por mayoría calificada de los miembros presentes, pudiendo el CCLD dispensar el trá- mite de aprobación del acta respectiva, para procederse a la ejecución inmediata, para los fines que hubiere lugar. Artículo 32º.- AUSENCIA DE ACUERDOS La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal a decidir lo pertinente, dándose cuenta de dicha circunstancia en la sesión ordinaria inmediata si- guiente. Artículo 33º.- SESIONES DEL CCLD El CCLD celebra dos tipos de sesiones: 1. Ordinarias. 2. Extraordinarias. Artículo 34º.- SESIONES ORDINARIAS DEL CCLD Las sesiones ordinarias del CCLD se celebran dos (2) veces al año, en cada semestre correspondiendo a la se- sión del primer semestre, la coordinación, concertación y la proposición del Plan de Desarrollo Municipal DistritalConcertado y en el segundo semestre lo correspondiente al Presupuesto Participativo. Artículo 35º.- SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CCLD Las sesiones extraordinarias del CCLD, se celebran cuando lo convoque el Alcalde, para los fines de evalua- ción del proceso, atención de decisiones adoptadas por la Comisión Permanente, toma de decisiones significativas en beneficio de la comunidad y/o resolución de conflictos severos que pongan en peligro el ejercicio de sus funcio- nes. Artículo 36º.- DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INS- TANCIAS Y VECINOS EN LAS SESIONES DEL CCLD Las sesiones del CCLD son públicas. Los vecinos y los representantes de las instancias de participación pueden asistir a las sesiones del CCLD, con derecho a voz, para expresar su opinión sobre el asunto sometido a debate. Artículo 37º.- CONVOCATORIA DE LAS SESIONES DEL CCLD Por encargo del Alcalde corresponde a la Secretaría Municipal, realizar la notificación de convocatoria a las se- siones del CCLD a sus miembros. La citación deberá indi- car el día y hora en que se llevará a cabo la sesión ordina- ria o extraordinaria convocada, asÍ como el lugar del distri- to donde se desarrollará la sesión. En caso de sesión ex- traordinaria deberá además indicar el asunto o materia a tratarse. Artículo 38º.- PLAZO DE CONVOCATORIA A LAS SESIONES DEL CCLD El plazo de convocatoria para una sesión ordinaria o extraordinaria convocada por el Alcalde será de dos (2) días hábiles anteriores a la fecha programada para la res- pectiva sesión. Artículo 39º.- NORMA SUPLETORIA El desarrollo de las sesiones se regirá, en lo pertinente, por las disposiciones contenidas en el Reglamento del Concejo Municipal, en lo que no se oponga al presente Reglamento. TÍTULO IV DE LAS JUNTAS VECINALES CAPÍTULO I DEFINICIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES Artículo 40º.- DEFINICIÓN DE LAS JUNTAS VECI- NALES Las Juntas Vecinales son los órganos territoriales de coordinación, análisis, articulación y priorización entre sus tres (3) niveles territoriales (comunas, zonales y distrital) del sistema de participación de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para contribuir al desarrollo local y gestión de servicios públicos de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 011. Las Juntas Vecinales son una forma de participación ciudadana en el distrito. No reemplazan a ninguna organi- zación vecinal, sino que, por el contrario, las articulan en- tre sus diferentes niveles. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN TERRITORIAL PARA LA PARTICIPACIÓN Artículo 41º.- NIVELES DE LAS JUNTAS VECINA- LES La organización territorial en la cual participan los veci- nos son: 1. La Junta Vecinal Comunal. 2. La Junta Vecinal Zonal. 3. La Junta Vecinal Distrital. Artículo 42º.- LA JUNTA VECINAL COMUNAL La Junta Vecinal Comunal es la instancia territorial don- de participan los vecinos que se inscribieron en el proceso de Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y Pre- supuesto Participativo, denominada COMUNA. Para este fin se ha zonificado el distrito en 27 comunas según la Ordenanza Nº 011.