Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2004 (28/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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F1 = a x (1 + TA) + b x (1 + TA0) IPM0 IPM

NORMAS LEGALES PROYECTO
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MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

la Acometida varien (incremento o disminucion) en mas de 3% respecto a los valores de los mismos parametros empleados en la MORDAZA actualizacion. En el caso que varie el precio del gas natural suministrado por el Productor al Distribuidor (parametro PG definido en el Articulo 7º) o las Tarifas de la Red Principal de Camisea (TA_MN), las Tarifas de Distribucion de Otras Redes asi como los Topes Maximos de la Acometida se reajustaran automaticamente. Articulo 9º.- Remision y Publicacion de Tarifas del Concesionario El Concesionario de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao, aplicara las disposiciones tarifarias de los articulos precedentes para determinar el pliego tarifario aplicable a las categorias de consumidores y remitira al Regulador, MORDAZA de su publicacion y en cada oportunidad, MORDAZA suscrita por su representante legal. Dicho pliego mensual expresado en moneda nacional se publicara en uno de los diarios de mayor circulacion local y sera vigente a partir del dia siguiente de su publicacion, los mismos que no podran exceder los valores maximos regulados. Articulo 10º.- Periodo Tarifario Las categorias de consumidores, las Tarifas de Distribucion de Otras Redes y los Topes Maximos de la Acometida, fijadas en los Articulos 2º, 3º y 4º de la presente Resolucion, respectivamente, seran aplicadas por un plazo de cuatro (4) anos contados desde la fecha de la Puesta en Operacion Comercial, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 121º y el numeral 2.21 del Articulo 2º del Reglamento. Articulo 11º.- Condiciones de Aplicacion Las Tarifas de Distribucion y la Facturacion a Consumidores finales estan sujetas a las "Condiciones de Aplicacion" definidas en la presente Resolucion y en caso necesario a las condiciones especiales a definirse con posterioridad. Articulo 12º.- Derogatoria de disposiciones que se opongan La presente Resolucion deja sin efecto la aplicacion de la Resolucion Nº 014-99-P/CTE y deroga o deja en suspenso las disposiciones que se opongan a lo dispuesto de la presente norma. Articulo 13º.- Vigencia de la presente Resolucion 13.1. La presente resolucion, entrara en vigencia si se cumple el supuesto que el Estado peruano y el concesionario modifiquen expresamente el Anexo 15 del Contrato BOOT de Concesion de la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao (y clausulas vinculadas) en el que se incluye como parte de dicho contrato la Tarifa de Otras Redes Inicial aprobada por la Resolucion de la Comision de Tarifas de Energia Nº 014-99P/CTE. 13.2. En caso de no efectuarse la modificacion contractual indicada, la presente resolucion resultara inaplicable, manteniendose vigente la Tarifa de Otras Redes Inicial aprobada por la Resolucion de la Comision de Tarifas de Energia Nº 014-99-P/CTE, la cual constituye actualmente el Anexo 15 del Contrato BOOT. 13.3. Sin perjuicio de lo expuesto en el presente Articulo, el plazo para interponer recurso de reconsideracion contra la presente resolucion, sera de quince (15) dias habiles contados desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 14º.- Publicacion La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB de OSINERG. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 08135

TA = c x TAA + d x TAPE Los valores de los coeficientes "a" y "b" son: Tarifa de Distribucion Variable MD MCF MCV Tope MORDAZA de la Acometida Categoria A TMAF TMAL Categoria B TMAF TMAL

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Coeficientes A b 0.5807 0.4193 0 1 0 1 Coeficientes a 0.3837 0.7275 0.8575 0.7332 b 0.6163 0.2725 0.1425 0.2668

Los valores de los coeficientes "c" y "d" son iguales a 0.3 y 0.7, respectivamente Donde: F1: Factor de actualizacion. a: Coeficiente de participacion de los productos importados. b: Coeficiente de participacion de la mano de obra y productos nacionales. c: Coeficiente de participacion del MORDAZA d: Coeficiente de participacion del polietileno A.2) Definicion de Parametros de la Formula de Actualizacion TC: Valor Referencial para el Dolar de los Estados Unidos de Norteamerica: Dolar promedio para cobertura de importaciones (valor venta) determinado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, cotizacion de Oferta y Demanda - MORDAZA de Cambio Promedio Ponderado o el que lo reemplace. Se utilizara el ultimo valor venta publicado en el Diario Oficial El Peruano al dia 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes seran aplicadas. Tasa Arancelaria promedio para la importacion de MORDAZA y Polietileno. Se utilizara el valor de vigente al dia 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes seran aplicadas. Tasa Arancelaria para la importacion de Acero.

TA:

TAA:

TAPE: Tasa Arancelaria para la importacion de Polietileno. IPM: Indice de Precios al Por Mayor publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). Se utilizara el valor del mes de la MORDAZA publicacion oficial disponible al dia 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes seran aplicadas.

Los valores base (al 30 /04 /2004) de la formula de actualizacion son: TC0 = 3.47 TA0 = Determinado segun formula 12, y considerando los valores iniciales del TAA0 y TAPE0. TAA0 = 4% TAPE0 = 12% IPM0 = 161.963973 A.3) Procedimiento para efectuar la Actualizacion Las Tarifas de Distribucion de Otras Redes y los topes maximos de la Acometida seran actualizadas cuando alguno de los parametros de las tarifas de distribucion o de

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