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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (28/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G34/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de abril de 2004 cumplimiento de sus pagos de sus tributos municipales a tiempo, resulta conveniente extender el plazo citado en el Decreto de Al-caldía Nº 005 precitado hasta el 30 de abril del 2004; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 de abril de 2004 el plazo para el pago al contado o la primera cuotadel Impuesto Predial, así como el pago de la primera cuota bimestral de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos correspondientes al Ejercicio Fiscal 2004. Artículo Segundo.- Corresponde a la Gerente de Ren- tas adoptar las acciones administrativas para el cumplimien- to y difusión del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 08071 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2004-MVES Mediante Oficio Nº 019-2004-SGC/MVES la Municipa- lidad de Villa El Salvador solicita se publique Fe de Erratasdel Acuerdo de Concejo Nº 022-2004-MVES, publicada en la edición del 25 de abril de 2004. DICE: "1.1. Tipo Hojuela de Quinua Enriquecida Azucarada (Bolsa x 500 grs.) Cantidad 21, 016.9 Kg. Valor Referencial S/. 836, 472. 62 Nuevos Soles incluido IGV (S/. 3.98 x Kg.) Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias" DEBE DECIR: "1.1. Tipo Hojuela de Quinua Enriquecida Azucarada(Bolsa x 500 grs.) Cantidad 210,169 Kg. Valor Referencial S/. 836, 472. 62 Nuevos Soles incluido IGV (S/. 3.98 x Kg.) Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias" 08131 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20 /G71/G75/G65/G20 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61 /G6C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G73/G63/G61/G6C/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G65/G63/G75/G6E/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G66/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 024-2004/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOCONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 6º - concordado con el Art. 39º de la Ley Nº 27972 - Orgá- nica de Municipalidades, la Alcaldía es el órgano eje-cutivo del gobierno local, siendo su máxima autoridad administrativa el Alcalde, quien ejerce sus funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos y Resolucio-nes de Alcaldía; Que, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 42º de la norma acotada, los Decretos de Alcaldía establecennormas reglamentarias y de aplicación de las Ordenan- zas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuel-ven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 127 de fecha 22.no- viembre.2003 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29.noviembre.2003, se aprobó incentivos pecuniariospara funcionarios de la entidad, adecuándose a la Or- denanza Nº 100-MML emitida por la Municipalidad Me- tropolitana de Lima, modificada a su vez por la Orde-nanza Nº 130-MML, facultándose al Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las normas pertinentes para el cumplimiento de la Ordenanza; Que, mediante Ordenanza Nº 142, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19.marzo.2004, se modifi- có los artículos Cuarto, Quinto, Sexto y Sétimo de laOrdenanza Nº 127 con la finalidad de regular adecua- damente la aplicación de los criterios de determinación de los incentivos pecuniarios a las normas municipalesvigentes sobre la materia, ratificando el contenido de todos los demás artículos de la referida Ordenanza; Que, resulta necesario establecer los lineamientos en que debe enmarcarse el otorgamiento de los incen- tivos pecuniarios, teniéndose en cuenta el nivel jerár- quico de cada cargo, la exigencia de especializaciónque conlleva y la responsabilidad que acarrea para el servidor público que lo detenta y siempre que se cuen- te con la previsión respectiva y el correspondiente fi-nanciamiento; Con los Informes favorables Nºs. 028-2004-DM/ MVMT de la Dirección Municipal; 246-2004-OAL/MVMTde la Oficina de Asesoría Legal; 089-2004-OPP/MVMT de la Oficina de Planificación y Presupuesto, así como 105-2004-OA/MVMT de la Oficina de Administración; Con la visación de la Dirección Municipal, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Planificación y Presu- puesto y Oficina de Administración; De conformidad con lo establecido con los Arts. 20º Inc. 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipa- lidades; así como Decreto Ley Nº 19338 - del Sistemade Defensa Civil, modificado por los Decretos Legisla- tivos Nºs. 442 y 735; SE DECRETA: Artículo Único.- APROBAR la Directiva Nº 001-2004- MVMT que, como Anexo forma parte del presente Disposi- tivo y que regula los lineamientos y escalas para el otorga- miento de los incentivos pecuniarios de naturaleza tempo-ral, extraordinarios y no pensionable para los funcionarios de confianza de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, teniéndose en cuenta el nivel jerárquico de cadacargo, la exigencia de especialización que conlleva y la responsabilidad que acarrea para el servidor público que lo detenta. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- ENCARGAR el cumpli- miento de la presente norma a la Gerencia Municipal, apli-cando su ejecución a partir de la vigencia de la Ordenanza Nº 142. Villa María del Triunfo, 12 de abril del 2004. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 08073