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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G34/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de abril de 2004 mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los artí- culos 5º, 6º y 7º del Reglamento del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta- blecen que las Entidades Públicas deben elaborar el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones, en la cual están detallados los procesos de selección que realizará la Enti- dad para la adquisición de bienes, suministros y contrata-ción de servicios que se requieren durante el presente ejer- cicio presupuestal; Que, con el documento del visto de la presente Resolu- ción, el Director de Abastecimientos, Patrimonio Fiscal y Servicio de Equipo Mecánico, informa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora001 Sede Regional ha sido elaborado mediante el consoli- dado de los requerimientos efectuados por los órganos estructurados del Gobierno Regional; Que, el numeral 1) del artículo 7º del D.S. Nº 013-2001- PCM, Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que el Plan Anual deContrataciones y Adquisiciones debe ser aprobado por el Titular del Pliego en el plazo de 30 días de aprobado el presupuesto institucional; sin embargo, debido a deficien-cias administrativas se aprueba en la fecha el referido do- cumento de gestión institucional; Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Gobierno Regional de Ayacucho, ha sido formulado en función de los montos aprobados en el presupuesto insti- tucional aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº117-2004-GRA/PRES, así como en base a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE, aprobado con Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PREy sus modificatorias; En uso de las atribuciones conferidas mediante el lite- ral d) del artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica delos Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, por los motivos expues- tos, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laUnidad Ejecutora 001 Sede del Gobierno Regional de Aya- cucho, para el ejercicio presupuestal 2004, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Plan esté a disposición de los usuarios en la Oficina de Abaste- cimientos de la Oficina Regional de Administración, ubica-da en el Jr. Callao Nº 122, oficina 314 - tercer piso del Go- bierno Regional de Ayacucho, para su adquisición sin cos- to alguno. De igual manera, remitir a CONSUCODE enmedio informático. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Ad- ministración la publicación del Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones en el Diario Oficial El Perua- no y en otro diario local de mayor circulación, dentro de los diez (10) días de aprobado la presente resolución,así como remitir a la Comisión para la Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSU-CODE. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Infor- mática publique el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones en la página Web de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 08024 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F /G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 032-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitu-cional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentraliza- ción - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, esta- blece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía po-lítica, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2003/ GRP-CR, modificada por la Ordenanza Regional Nº 029- 2004/GRP-CR se constituye el Consejo Regional de De- sarrollo Agrario, estableciéndose los conformantes delmismo; Que, con el propósito de ampliar el soporte técnico del Consejo Regional de Desarrollo Agrario, es pertinenteincorporar entre los integrantes del mismo a un repre- sentante del Capítulo de Ingenieros Agrónomos del Co- legio de Ingenieros del Perú - Consejo DepartamentalPiura; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extra- ordinaria Nº 05, de fecha 18 de marzo de 2004, con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Con- sejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitu-ción Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA A UN REPRESENTANTE DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE PIURA EN EL CONSEJO REGIONAL DE DESARROLLO AGRARIO Artículo Primero.- Aprobar y modificar el Artículo Se- gundo de la Ordenanza Regional Nº 025-2003/GRP-CR publicada el 25 de enero de 2004 modificada por la Orde- nanza Regional Nº 029-2003/GRP-CR publicada el 11 demarzo de 2004, adicionando el inciso l) con el siguiente texto: "l) Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Piura - Capítulo de Ingenieros Agrónomos." Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal Piura para su promulgación. En Piura, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil cuatro. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional Piura POR LO TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piu- ra, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil cuatro. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 08025