Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2004 (28/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, los articulos 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la misma Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas; Que, el articulo 49º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, MORDAZA las funciones del Gobierno Regional en materia de Salud, para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas regionales de este sector; Que, para implementar el considerando que antecede, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 542-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR fue constituido el Equipo Tecnico Consultivo Regional del Sector Salud de Amazonas, para formular los lineamientos de politica regional, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; Que, en cumplimiento del Plan de Trabajo del Equipo Tecnico Consultivo, la Gerencia Regional de Desarrollo Social condujo las acciones hasta la culminacion del proyecto del documento, que fue evaluado por la Comision de Desarrollo Social del Consejo Regional; Que, en su Sesion Ordinaria Nº 005 el Pleno del Consejo Regional aprobo el Acuerdo Nº 069-2004, referido a la propuesta de los Lineamientos de Politicas Regionales del Sector Salud de la Region Amazonas; En ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 37º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y en atencion a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesion Ordinaria del 3 de marzo del 2004; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Politica Regional del Sector Salud de la Region Amazonas 2004-2012, que consta de setenta (70) paginas utiles. Articulo Segundo.- Dar cuenta de la presente a las instancias respectivas del Sector Salud y a los organos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicacion e implementacion. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendo su inclusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los ocho dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los ocho dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 08027

nanzas Regionales en concordancia con lo previsto en el articulo 15º inciso "q" de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar el "Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas 2004-2006", y el Articulo 38º que establece que las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la Administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Articulo 11º y 13º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que el Consejo Regional, es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole, las atribuciones y funciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le MORDAZA delegadas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 006 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, el dia diecisiete de marzo del ano dos mil cuatro, contando con el MORDAZA aprobatorio y unanime de los Consejeros Regionales; y en uso de las facultades que le otorga la Constitucion Politica del Estado y el articulo 37 º inciso a) de la Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, el "PLAN REGIONAL DE DESARROLLO DE CAPACIDADES HUMANAS 20042006, el mismo que en cincuenta y cuatro (54) folios, forma parte de la Presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional , la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la frontera de los Chachapoyas, a los veinticinco dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los veinticinco dias del mes de marzo del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 08026

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Sede del Gobierno Regional, para el ejercicio 2004
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 276-2004-GRA/PRES MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2004 VISTO; el Informe Nº 008-2004-GRA/ORADMN-OAPFSEM, sobre elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones de la Unidad Ejecutora 001 Sede Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado

Aprueban Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas 2004-2006
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2004-CR/RA El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la Organizacion del Gobierno Regional a traves de Orde-

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