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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (10/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G31/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de agosto de 2004 GART Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG CONCESIONARIA Entidad que atiende con el sumi- nistro de energía eléctrica para elServicio Público de Electricidad en una concesión de distribución o au- torización emitida por el MINEM. USUARIO Persona natural o jurídica que se encuentra en posesión de un pre- dio y está en posibilidad de haceruso legal del suministro correspon- diente. FOSE F ondo de Compensación Social Eléctrica - Ley Nº 27510 y sus modificatorias. 1.2 Proceso de Supervisión 1.2.1 Las concesionarias deberán cumplir, con las obli- gaciones contraídas en sus contratos de concesión, en la LCE y su reglamento, así como la demás normativa, referi- da a los procesos de facturación, cobranza y atención alusuario del Servicio Público de Electricidad; en todo el ámbito de su concesión y en forma permanente. 1.2.2 OSINERG supervisará principalmente el resulta- do de la ejecución de esos procesos considerando su im- pacto respecto al usuario. Para evaluar dichos resultados, en la presente Directiva se han establecido diversos indi-cadores de la gestión comercial; sin que esto constituya una limitación para supervisar los demás aspectos consi- derados en los contratos de concesión, la LCE y demásnormas sobre los temas aquí tratados. 1.2.3 Las concesionarias deberán remitir la información solicitada en la forma y plazos establecidos en la presenteDirectiva. Con dicha información OSINERG calculará los Indicadores de gestión comercial que reflejen los resulta- dos de los procesos de facturación, cobranza y atención alusuario. 1.2.4 El proceso de supervisión abarcará las siguien- tes: a) Verificar la certeza de la información y/o documenta- ción entregada por la concesionaria, acudiendo para talefecto a las visitas en campo y a la información proporcio- nada por los usuarios de ser necesario. Igualmente, se verificará la consistencia de la información y/o documenta-ción presentada, comparándola con información de las quejas y denuncias recibidas directamente en sus oficinas, información entregada al MINEM y de otras fuentes. b) La verificación de lo siguiente: b.1 Que la información vigente y obligatoria se encuen- tre debidamente publicada en sus oficinas de atención al usuario. Esto es, en una ubicación accesible a los usua- rios y de fácil lectura. b.2 La existencia de medios de orientación al público con identificación exterior y señalización interior para se- parar las distintas áreas de atención al público y folletospara la orientación de los interesados (guías de reclamos, seguridad, de derechos y obligaciones de las concesiona- rias y de los usuarios). b.3 Las condiciones mínimas de infraestructura y co- modidad que debe brindarse a los usuarios en las oficinas de las concesionarias y la atención integral de procesoscomerciales en dichos locales (recepción de reclamos y de solicitudes, cobranzas, absolución de consultas, entre otras). b.4 Que los expedientes con las Solicitudes de los Usua- rios (reclamos, nuevos suministros y modificaciones de los mismos) cuente con el sustento técnico de la adecuada yoportuna atención, el presupuesto con su respectivo car- go, el comprobante de pago, el contrato de suministro, el acta de la puesta en servicio de las conexiones, entre otros. b.5 El contenido de los Contratos de Suministro del Ser- vicio Público de Electricidad, los mismos que deben estar debidamente suscritos por las partes intervinientes en és-tos. Para la aplicación de los numerales b.4 y b.5 la Ge- rencia de Fiscalización Eléctrica alcanzará a las conce- sionarias los criterios de selección de la muestra repre- sentativa de los documentos que deben servir para lasupervisión respectiva. La muestra seleccionada será recabada por el supervisor antes de iniciar el proceso de supervisión.1.2.5 OSINERG recabará la información de las empre- sas de distribución y cuando lo estime conveniente, direc- tamente de los usuarios. II. TÍTULO SEGUNDO REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN 2.1 Aspectos generales para la presentación de in- formación La estructura de las bases de datos así como los for- matos de entrega de información se encuentran estableci- dos en los anexos Nº 1 y Nº 2. Para la entrega de información se han establecido los siguientes períodos: Mensual T rimestral Semestral Trimestre 1 (T1): enero, febrero y marzo Semestre 1 (S1): enero a Todos los meses Trimestre 2 (T2): abril, mayo y juniojunio del año Trimestre 3 (T3): julio, agosto y setiembre. Semestre 2 (S2): julio a Trimestre 4 (T4): octubre, noviembre ydiciembre diciembre Para la entrega de la información, en el tiempo, se de- berá considerar las siguientes dos etapas: - Primera etapa: a partir de la publicación de la presen- te Directiva hasta el 31 de octubre del 2005. - Segunda etapa: a partir del 1º de noviembre de 2005 en adelante. Primera etapa El medio de entrega de la información en esta etapa serán discos compactos (CD) no regrabables. Estos CD’sdeben estar marcados con tinta indeleble o etiquetados, así como el estuche que los contiene debe tener una eti- queta impresa con la siguiente información: NOMBRE DE LA EMPRESA: MES-AÑO REPORTADO: CONTENIDO: 1.2. Los archivos contenidos en cada CD deben estar orga- nizados en directorios para su fácil ubicación. La información de base de datos y cuadros solicitada en la presente Directiva, serán entregados en archivos en formato Excel. Segunda etapa Los Concesionarios deben poner a disposición de OSI- NERG en su página WEB la información requerida. A partir de esta segunda etapa luego de la implemen- tación por parte de la Concesionaria de la WEB para la atención de información requerida, ya no será necesario el envío de información en CD u otro medio, en este caso,la información publicada por la Concesionaria en su pá- gina WEB debe permitir la descarga de información de modo que se pueda suplir íntegramente la utilización delos CD´s. Además, al inicio de esta etapa la Concesionaria debe tener implementado en su página WEB la información es-tadística completa, de por lo menos un año, de toda la in- formación contenida en los recibos de cada uno de los usua- rios atendidos por la empresa, de los últimos 12 meses,emitidos por la Concesionaria. 2.2 Contenido, frecuencia y plazos de entrega de la Información requerida La Tabla Nº 1 muestra la descripción de la información requerida, así como la frecuencia y plazos máximos para su remisión al OSINERG: OSINERG, requerirá en su oportunidad del Concesio- nario, el cargo de facturación que será materia de evalua- ción (en los casos de facturaciones fraccionadas en dife- rentes fechas).