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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (10/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G31/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de agosto de 2004 Que, de acuerdo a los motivos expuestos, es necesa- rio declarar en situación de urgencia la implementación, mantenimiento y adecuación de los locales mencionados y acogerse a la exoneración de los Procesos de Selec-ción, dispuesto en el literal c) Art. 19º y Art. 21º de la Ley Nº 26850 - Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Artí- culo 19º, literal a) del Artículo 20º y 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, De-cretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM - Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 y 013-2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Di-rectiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, Ley Nº 19414 - Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimo- nio Documental de la Nación y Resolución Ministerial Nº197-93-JUS Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; Con los visados de la Oficina General de Asesoría Ju- rídica, Oficina Técnica Administrativa, Oficina de Planifica- ción y Presupuesto y Oficina de Abastecimiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia la Implementación, acondicionamiento y mantenimiento de los locales transferidos al Archivo General de la Nación, por el período de 150 días calendario contados a partir dela expedición de la presente norma. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selec- ción en la implementación, mantenimiento y acondiciona-miento de los locales ubicados en Calle Isla Hawai Nº 180 - Pueblo Libre y Correo Central de Lima, transferidos al Archivo General de la Nación; hasta por la suma de CIN-CUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES por la Fuente de Financiamiento RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDA- DOS Y UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 1'200, 000.00) por Recursos Ordinarios, por el tiempo que dure la situación de urgencia; acogién- donos a lo dispuesto en el numeral 6. de la Directiva Nº011-2001-CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- La Oficina Técnica Administrativa como Unidad Ejecutora, instruirá a la Oficina de Abaste-cimiento el fiel cumplimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- Copia de la presente resolución se re- mite dentro de los diez (10) días calendario siguientes a lafecha de su aprobación a la Contraloría General de la Repú- blica, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese. TERESA CARRASCO CAVERO Jefa 14462 COFOPRI /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G56/G6F/G63/G61/G6C/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G41/G64/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64 /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 029-2004-COFOPRI/PC Lima, 6 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementadapor la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto SupremoNº 009-99-MTC; Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado del De- creto Legislativo Nº 803, establece que el Tribunal Admi-nistrativo de la Propiedad constituye la segunda y última instancia administrativa de COFOPRI y sus resoluciones agota la vía administrativa, disponiéndose expresamente que el Estatuto establece la conformación y demás carac-terísticas de este órgano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC de fecha 15 de junio de 1998, se aprobó el Estatuto de la Co-misión de Formalización de la Propiedad Informal - COFO- PRI, en cuyo artículo 24º se establece que los vocales del Tribunal Administrativo de la Formalización, en la actuali-dad denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, a tenor de dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27046, son designados por períodos de tres (3) años consecuti-vos y renovables; Que, la Ley Nº 27594, de fecha 6 de diciembre de 2001, regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nom-bramiento y Designación de Funcionarios Públicos y esta- blece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministe- rial o Resolución del Titular de la entidad que corresponda,se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1º de la precita-da Ley; Que, resulta necesario designar un Vocal Titular del Tri- bunal Administrativo de la Propiedad por un período de tres(3) años, a efectos de garantizar el normal desarrollo de las funciones de dicho Colegiado; De conformidad con la Ley Nº 27594, Decreto Legis- lativo Nº803 y los Decretos Supremos Nº 014-98-MTC y Nº 009-99-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al se- ñor abogado Víctor Guevara Pezo, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, porun período de tres (3) años. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia y Presidente de laComisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 14455 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79 /G41/G6E/G74/G69/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G4F/G46/G4F/G50/G52/G49 COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 030-2004-COFOPRI/PC Lima, 9 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto ÚnicoOrdenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley Nº 27927, dispone entre otros aspectos, la promoción de la transpa- rencia y la difusión de los actos de administración públicacomo un medio para mejora la gestión, así como un meca- nismo de control ciudadano respecto al ejercicio de la fun- ción pública, para lo cual las diferentes entidades de laAdministración Pública se encuentran obligadas a adoptar medidas que garanticen y promuevan la transparencia en el ejercicio de sus funciones; Que, uno de los objetivos estratégicos de COFOPRI, es el de eliminar actos de corrupción e inmoralidad en la ejecución del Plan Nacional de Formalización, aplicandoadecuados programas de moralización; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Etica de la Función Pública, dispone que el órgano de la