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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de agosto de 2004 al amparo de esta Ley es que debe procederse a incluir dentro de la escala de multas y sanciones vigente, un Anexo relativo a las infracciones a la Directiva de contrastes. 14456 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G2D /G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G61/G63/G74/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G43/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G79 /G41/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G55/G73/G75/G61/G72/G69/G6F ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 193-2004-OS/CD Lima, 5 de agosto de 2004 VISTO: El Memorando Nº GFE-517-2004 de la Gerencia de Fis- calización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Di-rectivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía, la aprobación del "Procedimiento para la supervisión de la facturación, cobranza y atención al usuario"; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Regu- ladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos,la función normativa de los Organismos Reguladores, en- tre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respec-tiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a activida- des supervisadas o de sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucio- nal de OSINERG, el Consejo Directivo está facultado paraaprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, asimismo, el artículo 19º del Reglamento General del OSINERG dispone como objetivo de este organismo regulador el velar por la calidad y continuidad del suminis- tro de energía eléctrica; Que, en ese sentido es parte de la calidad del servicio el que se cuente con una adecuada facturación, cobranza y atención al usuario, razón por la cual es necesario contarcon una norma que permita al OSINERG supervisar y fis- calizar dichos procesos, brindados por las concesionarias de distribución en sus zonas de concesión; Que, en ese sentido, es que es necesario contar con una norma que permita realizar el requerimiento de la eva- luación y procesamiento permanente de toda informaciónrelevante de los procesos comerciales de facturación, co- branza y de atención al usuario del Servicio Público de Electricidad, que vienen desarrollando las empresas con-cesionarias de electricidad de tal forma que le permita al Organismo tomar conocimiento de manera oportuna y per- manente de la actividad de comercialización; Que, a efecto de adecuar la política de transparencia institucional a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERG prepublicó el 14 de junio de 2004 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedimiento para la supervisión de la facturación, cobranza y atención al usua-rio", con la finalidad de recibir los aportes del público en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposición de motivos de la presente Resolución; Que, según lo dispuesto por el artículo 22º del Regla- mento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de ca-rácter general es ejercida de manera exclusiva por el Con- sejo Directivo a través de resoluciones; Que, de conformidad con el artículo 3º inciso c) de la Ley Nº 27332, modificado por la Ley Nº 27631, el artículo 52º inciso n), los artículos 22º y 25º del Reglamento Gene- ral de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y las normas que anteceden; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y la Ge- rencia de Fiscalización Eléctrica;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la super- visión de la facturación, cobranza y atención al usuario"contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte in- tegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo "PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA FACTURACIÓN, COBRANZA Y ATENCIÓN AL USUARIO" I. OBJETIVOEstablecer los lineamientos a seguir en la supervisión de los procesos de facturación, cobranza y de atención alusuario del Servicio Público de Electricidad que brindan las empresas concesionarias de distribución en sus res- pectivas zonas de concesión. A través de la presente Directiva se establece: a. Los requerimientos, plazos, formas y medios de en- trega de la información por parte de las concesionarias a OSINERG para efectos de supervisión de los procesos de facturación, cobranza y atención al usuario. b. Los criterios a aplicar por OSINERG en la supervi- sión de los procesos de facturación, cobranza y de aten- ción al usuario del Servicio Publico de Electricidad; reali-zado por las concesionarias. II. ALCANCE La presente Directiva regirá obligatoriamente para to- das las empresas concesionarias de distribución y munici- pios que atiendan el Servicio Público de Electricidad en el Perú y dentro de todo el ámbito de su concesión o zona deresponsabilidad. III. BASE LEGAL - Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844. - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Supremo Nº 009-93-EM y Modificatorias. - Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inver- sión Privada en Servicios Públicos - Ley Nº 27332. - Reglamento General de OSINERG - Decreto Supre- mo Nº 054-2001-PCM. - Ley Complementaria de Fortalecimiento de OSINERG - Ley Nº 27699. - Normas que Regulan el Procedimiento Administrativo de Reclamaciones de Usuarios del Servicio Público de Electricidad - Directiva OSINERG Nº 001-99-OS/CD o la que lo sustituya. - Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final - Resolución Nº 1908-2001-OS/ CD o la que lo sustituya - Importes Máximos de Conexiones Eléctricas - Reso- lución Nº 142-2003 OS/CD. - Resolución Nº 095-2004 OS/CD o la que lo sustituya - Cargos Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Pú- blico de Electricidad. - Otras Normas Técnicas y Administrativas aplicables. I. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Glosario de Términos Cuando en la presente Directiva se utilicen los siguien- tes términos en singular o plural se deberá entender por: MINEM Ministerio de Energía y Minas LCE Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 RLCE Reglamento de la Ley de Conce- siones Eléctricas. OSINERG Organismo Super visor de la Inver- sión en Energía