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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (11/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 274220 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto de la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria (SUNAT). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14612 Declaran nulidad de otorgamiento de buena pro sobre adquisición de mate- riales y suministros de cómputo y re- trotraen el proceso a la etapa de eva-luación de propuestas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0630-2004-RE Lima, 9 de agosto de 2004 Visto, el Informe (LOG) Nº 025-2004 del Departamento de Logística, en el que recomienda la necesidad de decla-rar de oficio la nulidad de la etapa de Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2004- RE-Primera Convocatoria, el mismo que cuenta con la opi-nión favorable de la Oficina de Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0026- 2004-RE de 4 de marzo de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Rela-ciones Exteriores para el Ejercicio Fiscal 2004; Que, en el Plan antes mencionado, se encuentra inclui- do el proceso de selección por Adjudicación Directa Públi-ca para la adquisición de materiales y suministros de cóm- puto para el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Comité Especial Permanente designado me- diante Resolución Ministerial Nº 0080-2004-RE de 4 de fe- brero de 2004, encargado de conducir dicho proceso, ha otorgado y notificado la buena pro en la etapa correspon-diente; Que, mediante informe de vistos el Departamento de Logística de la Secretaría de Administración comunica lanecesidad de revisar los cuadros de evaluación técnica, económica y total; en razón de haber verificado entre otros, que se han validado constancias con fechas de expedicióndesde el 1 de noviembre de 2003 hasta el 30 de abril de 2004, correspondiendo esta última fecha al límite máximo del periodo de vigencia requerido en las Bases para loscontratos que sustentan los volúmenes de venta; dicho cri- terio contraviene lo establecido en las Bases Administrati- vas del referido proceso, en el sentido de que para validaruna constancia, la fecha de expedición de ésta debe tener una antigüedad no mayor de 180 días calendario contados hasta la fecha de presentación de propuestas, es decir des-de el 24 de noviembre de 2003 hasta el 21 de mayo de 2004; Que, asimismo, al precisarse en las mencionadas Ba- ses Administrativas que las constancias deben correspon- der a los clientes detallados para la evaluación del volu- men de ventas, en unos casos se han validado constan-cias que no indican el monto o período del respectivo con- trato pero que sí hacen referencia a la totalidad o parte de dicho contrato; mientras que en otros casos no se aplicó elmismo criterio; Que, en la aplicación de los criterios establecidos en las Bases Administrativas, expuestos en los consideran-dos precedentes no se han cumplido con las normas esen- ciales del procedimiento, lo cual se configura como una de las causales establecidas para declarar de oficio la nulidadde la etapa correspondiente al Otorgamiento de la BuenaPro del proceso de selección antes mencionado debiendo retrotraerse dicho proceso a la etapa de evaluación de pro-puestas, tal como lo establece el artículo 57º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con los artículos 26º y 49º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; es potestad del Titular del Pliego de la Entidad,declarar de oficio la nulidad planteada sólo hasta antes de la celebración del contrato; Que, en consecuencia es necesario expedir la Resolu- ción Ministerial correspondiente, la misma que se encuen- tra sustentada en el informe técnico del Departamento de Logística y en el informe legal de la Oficina de AsuntosLegales; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de la etapa de Otorgamiento de la Buena Pro correspondiente a la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2004-RE-PrimeraConvocatoria, respecto a la adquisición de materiales y suministros de cómputo para el Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo retrotraerse dicho proceso a la etapade evaluación de propuestas, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial Per- manente designado mediante Resolución Ministerial Nº 080-2004-RE, para que de acuerdo a sus atribuciones y a los procedimientos establecidos en el Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, cumpla con lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14544 Autorizan viaje de funcionario diplomÆ- tico a Alemania para participar en laReunión del Mecanismo de ConsultasPolíticas con Alemania RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0632-2004-RE Lima, 9 de agosto de 2004CONSIDERANDO: Que, la Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas con Alemania se llevará a cabo en las ciudades de Berlín y Bonn, República Federal de Alemania, los días 11, 12 y 13 de agosto de 2004; Que, la participación del Perú en dicho mecanismo de coordinación política es de la mayor importancia para im- pulsar el diálogo político con la República Federal de Ale-mania; Que, la República Federal de Alemania tiene una im- portante gravitación al interior de la Unión Europea, por loque es importante contar con su apoyo a los esfuerzos que viene realizando la Comunidad Andina encaminados a la suscripción de un Acuerdo de Asociación, que incluya unTratado de Libre Comercio con la Unión Europea; Que, la Cancillería viene realizando importantes ges- tiones para mantener los niveles de cooperación de lospaíses europeos y que la República Federal de Alemania