Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (12/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 274369 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de agosto de 2004 g) Contratar, evaluar, sancionar, suspender, promover, remover y cesar a los trabajadores del ICL, con cargo dedar cuenta al Consejo Directivo. h) Proponer al Presidente Ejecutivo la designación de los demás funcionarios de confianza que requiera el ICL, ya los que se refiera el presente Estatuto y el Reglamento. i) Velar por que la contabilidad del ICL se encuentre actualizada. j) Dar cuenta, cuando lo solicite el Consejo Directivo, de la marcha y estado financieros del ICL; así como presen-tar oportunamente el balance general y el presupuesto decada ejercicio económico anual. k) Preparar el Proyecto de la Memoria Institucional al término de cada ejercicio económico, para su aprobaciónpor el Consejo Directivo. l) Organizar comités de funcionarios para la evaluación y aprobación de las operaciones propias del ICL; dentrode los límites fijados por el Consejo Directivo. ll) Disponer las compras y suministros que requiera el sostenimiento administrativo del ICL, en armonía con lasdisposiciones legales vigentes. m) Contratar todo tipo de seguros fijando sus condicio- nes, precios y modalidades; y endosar las pólizas de se-guro con conocimiento del Consejo Directivo. n) Realizar toda clase de operaciones bancarias ante bancos comerciales privados, asociados y estatales, deacuerdo con las disposiciones legales pertinentes a estamateria; tales como: abrir y cerrar cuentas bancarias, rea-lizar gestiones para celebrar contratos de créditos, así comogirar, aceptar, endosar, reaceptar, descontar, cobrar y re-mover cualquier clase de documentos mercantiles y civi-les. Asimismo, controlar los fondos del ICL responsabili-zándose por su oportuno y eficaz depósito en bancos y/oinstituciones financieras. Para todo aquello que origine obligación patrimonial y egresos de fondos para el ICL superiores a US$ 5,000.00(Cinco mil y 00/100 Dólares Estadounidenses), se requeriráde la firma del Gerente General o de un funcionario desig-nado por el Consejo Directivo acompañada necesariamen-te de la firma del Presidente Ejecutivo, o en ausencia o im-pedimento de éste, con la firma del Vicepresidente, a tenorde lo señalado en el artículo 16º del presente Estatuto yconforme a los poderes otorgados por el Consejo Directivo. ñ) Organizar el acceso de los usuarios a la información de la Base Catastral y, en mérito a ese fin, supervisar elservicio de información y velar por la conservación de di-cha Base. o) Delegar a los miembros, funcionarios y empleados del ICL las facultades necesarias para que, en su repre-sentación, puedan realizar todo tipo de actos y operacio-nes que él crea conveniente. p) Ejercer las demás atribuciones que con arreglo a ley le corresponden, las que se encuentren previstas en elReglamento y las que le otorgue el Consejo Directivo. Artículo 29º.- El Gerente General responderá por los daños y perjuicios que origine al ICL por dolo y/o abuso defacultades o negligencia grave en las funciones que le co-rresponden, debidamente comprobados e imputables a sugestión. Artículo 30º.- En los casos de licencia, comisión de ser- vicio, vacaciones, enfermedad u otro impedimento del Ge-rente General, lo reemplazará temporalmente el funcionariodel nivel correspondiente que designe el Consejo Directivo. CAPÍTULO V DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 31º.- El Órgano de Control Institucional es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control quetiene como misión promover la correcta y transparente ges-tión de los recursos y bienes del ICL. Artículo 32º.- Son funciones del Órgano de Control Ins- titucional las señaladas en el artículo 28º del Reglamentode los Órganos de Control Institucional, aprobado median-te Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG. CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA Artículo 33.- Los Órganos de Línea realizan labores relacionadas al Catastro Integral de Lima, con el conoci-miento, supervisión y aprobación de la Dirección. Las funciones de la Gerencia de Catastro son las si- guientes: a) Ejecutar los proyectos de producción de cartografía catastral.b) Ejecutar los levantamientos de información alfanu- mérica, temática, geográfica y actividades afines, así comooperaciones de campo complementarias. c) Ejecutar operaciones de actualización y manteni- miento del catastro. La función de la Gerencia de Proyectos es la de reali- zar estudios de carácter técnico, económico y legal de pro-yectos catastrales a nivel nacional, regional y local parabrindar servicios de asesoría, supervisión, capacitación,actualización, mantenimiento y ejecución de operacionescatastrales. TÍTULO III COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR LOS SERVICIOS CATASTRALES Artículo 34º.- La información catastral es pública y el acceso por parte de los administrados es libre, previo pagode la tasa correspondiente. La compensación económicapor los servicios de catastro que presta el ICL será calcu-lada sobre la base de estudios técnicos, debiendo cubrirtodos los costos y gastos e incluyendo la recuperación deinversiones y la actualización de tarifas. Los operarios catastrales proveerán información que permitirá preponderantemente la anotación y fiscalizaciónde los tributos municipales y la valorización y revaloriza-ción de los predios urbanos metropolitanos. Artículo 35º.- Están considerados como servicios adicionales que presta el ICL la realización de proyectosespeciales, la obtención y suministro de información geo-gráfica territorial georeferenciada a una base y red geodé-sica nacional, cartografía catastral, catastro temático es-pecializado, inspección, control, asesoría, asistencia, pe-ritaje técnico y capacitación, y otros que deban realizarseen cumplimiento de sus fines y/o a solicitud de los intere-sados en el ámbito local, regional y nacional. TÍTULO IV DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL INSTITUTO Artículo 36º.- El ICL sólo podrá ser disuelto mediante acuerdo adoptado por la mayoría legal del Concejo Metro-politano de Lima, en el que se fijará el procedimiento parasu liquidación. TÍTULO V DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESENTE ESTATUTO Artículo 37º.- La modificación del presente Estatuto requerirá acuerdo de la mayoría legal del Concejo Metro-politano de Lima. 14595 Modifican plano de zonificación de usos del suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, correspondiente al dis- trito de San Isidro ORDENANZA Nº 658 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de agosto de 2004, el Documento Simple Nº 29093-04 (Expe-diente Nº 17135-03), seguido por la Empresa InversionesSur S.A., debidamente representada por su Gerente Ge-neral don Carlos Javier Martín Araujo Chávez, mediante elcual solicita el cambio de zonificación de Zona Residencialde Densidad Media (RDM-) a Zona de Comercio de Servi-cios (SV), del predio cuya área es de 695.00 m2, que en laactualidad es una edificación de dos pisos, en donde fun-ciona una Oficina Administrativa y Contable de la Empresarecurrente, ubicado en la Av. Javier Prado Nº 2125 esquinacon la calle Baltazar La Torre, del distrito de San Isidro,provincia y departamento de Lima; y,