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PÆg. 274360 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de agosto de 2004 del Estado, encontrándose sujetas a esta norma todas la entidades del Sector Público con personería jurídica dederecho público como lo es el Gobierno Regional de Lima; Que, por D.S. Nº 013-2001-PCM se aprobó el Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, estableciendo los Principios que los rigen, comolo son los Principios de Moralidad, Libre Competencia, Im-parcialidad, Eficiencia, Transparencia, Economía, VigenciaTecnológica y Trato Justo e Igualitario; Que, ambas normas regulan y reglamentan, respecti- vamente, los procesos de selección que efectúen las de-pendencias del Estado, como son las Licitaciones Públi-cas, los Concursos Públicos, las Adjudicaciones Directasy de Menor Cuantía, incluidas y no incluidas en el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, con-forme a los topes máximos y mínimos previstos en la LeyAnual de Presupuesto; Que, el artículo 23º del T.U.O. de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se podrá designar un ComitéEspecial Permanente para los casos de procesos de se-lección de Adjudicación Directa y de Adjudicación de Me-nor Cuantía; siendo estos responsables solidariamenteporque la selección realizada se encuentre arreglada a leyy responden administrativa y/o judicialmente , en su caso,de cualquier irregularidad cometida en la misma que le seaimputable, conforme lo dispone el artículo 24º del T.U.O.; Que, asimismo el artículo 33º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor D.S. Nº 013-2001-PCM, señala que los procesos deselección serán conducidos por un Comité Especial, el cualse encargará de su organización y ejecución, desde la pre-paración de las Bases, absolución de consultas, evalua-ción de observaciones, recepción de ofertas, calificaciónde postores, evaluación de propuestas, y, en general todoacto necesario o conveniente hasta que la Buena Pro que-de consentida o administrativamente firme; Que, el artículo 34º de la acotada norma dispone que será el Titular del Pliego quien designará mediante Reso-lución, al Comité Especial encargado de conducir el pro-ceso de selección, indicándose en la designación el nú-mero de miembros, que será siempre impar, un mínimo detres (3) y un máximo de cinco (5) representantes, señalán-dose los nombres de estos y de los miembros suplentes yquien actuará como Presidente; estableciéndose ademásque la designación del Comité Especial podrá ser para másde un proceso de selección, siempre que así lo establéz-cala resolución mediante la cual se formaliza el encargo yse cumplan con las disposiciones legales; Que, en el caso de las adjudicaciones directas y las adjudicaciones de menor cuantía, se podrá designar unComité Especial permanente, excepto en los casos de pro-cesos de selección realizados conforme a los artículos 19º,20º y el inciso 1) del artículo 32º de la Ley, los que debenser conducidos por el Comité Especial a que se refiere elartículo 33º del Reglamento; Que, los integrantes del Comité Especial, titulares y suplentes, no pueden ser removidos, salvo caso fortuito,fuerza mayor o cese en el servicio declarados por Resolu-ción debidamente motivada; Que, el artículo 35º del mismo Reglamento establece las características de especialidad y función que debencumplir los miembros de los Comités Especiales; Que, es atribución del Presidente Regional, como Titu- lar del Pliego y conforme a la normatividad expuesta, de-signar al Comité Especial Permanente encargado de orga-nizar y ejecutar los procesos de selección contenidos enel Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de lasdiez (10) Unidades Ejecutoras que integran la DirecciónRegional de Educación de Lima-Provincias, conformadaspor las nueve (9) UGEL y la propia Dirección Regional, asícomo también de aquellos procesos de selección no in-cluidos en dicho Plan, conforme a sus correspondientescuadros de requerimientos y necesidades; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de Gerencia Regional de Desarrollo Social y la visación de laSubgerencia Regional de Administración y la SubgerenciaRegional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de las atribuciones contenidas en los inci- sos a) y v) del artículo 21º y en el inciso t) del artículo 47ºde la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a los miembros de los diez (10) Comités Especiales Permanentes que se encargaránde la organización y ejecución de los procesos de selección contenidos en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisi-ciones de las diez (10) Unidades Ejecutoras que conformanla Dirección Regional de Educación de Lima Provincias,conformadas por las nueve (9) UGEL y la propia DirecciónRegional de Educación, así como de los procesos de selec-ción no incluidos en el referido Plan, de acuerdo a los co-rrespondientes cuadros de requerimientos y necesidades;quedando conformada de la siguiente manera: UNIDADEJECUTORA : DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA-PROVINCIAS Presidente : Lic. MANUEL WILFREDO GUERRERO TO- RRES.(Técnico en la Oficina de Logística de la Subge-rencia de Administración) Miembros :C.P.C. NERIO JANAMPA ACUÑA (Director de la Oficina de Administración de laDirección Regional de Educación)Sr. RUBÉN ALBERTO TIZA CASAS.(Asistente en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración) Suplente :Dr. JOSÉ ANTONIO BLOCK CASTILLA. (Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de laSubgerencia Regional de Administración). UNIDAD EJECUTORA : 008 UGEL 08-CAÑETE: Presidente : Lic. MANUEL WILFREDO GUERRERO TO- RRES.(Técnico en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración) Miembros :C.P.C. NERIO JANAMPA ACUÑA (Director de la Oficina de Administración de laDirección Regional de Educación)WILDER OMAR RUIZ VILLEGAS(Jefe del Área de Gestión Administrativa de laUGEL 08). Suplente :Sr. R UBÉN ALBERTO TIZA CASAS (Asistente en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración). UNIDAD EJECUTORA : 009 UGEL 09 HUAURA: Presidente : Lic. MANUEL WILFREDO GUERRERO TO- RRES.(Técnico en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración) Miembros :C.P.C. NERIO JANAMPA ACUÑA. (Director de la Oficina de Administración de laDirección Regional de Educación).Sr. YOMENE MANUEL FLORES SOTELO.(Jefe del Área de Gestión Administrativa de laUGEL Nº 09) Suplente :Sr. R UBÉN ALBERTO TIZA CASAS. (Asistente en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración). UNIDAD EJECUTORA : 0010 UGEL 10 HUARAL: Presidente : Lic. MANUEL WILFREDO GUERRERO TO- RRES.(Técnico en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración). Miembros :C.P.C. NERIO JANAMPA ACUÑA. (Director de la Oficina de Administración de laDirección Regional de Educación)Sr. FRANCISCO ENRIQUE CORREA VALEN-CIA.(Jefe del Área de Gestión Administrativa de laUGEL 10). Suplente :Sr. R UBÉN ALBERTO TIZA CASAS . (Asistente en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración). UNIDAD EJECUTORA : 011 UGEL 11 CAJATAMBO: Presidente : Lic. MANUEL WILFREDO GUERRERO TO- RRES.(Técnico en la Oficina de Logística de la Subge-rencia Regional de Administración).