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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (13/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 274436 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de agosto de 2004 dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, con Carta DINPU 717/07/04, de fecha 27 de julio del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil(Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-MTC, la empresa Lan Perú S.A., solicita a la Di- rección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, a sus tripulantes auxi-liares Sonia Stockton Ballardo, Ana Miro Quesada Garcia, Beatriz Baumann Oré, Ricardo Mejía Miglio, Nora Perez de Velasco Zubiaga y Giuliana Alarcón Villanueva, en laruta Lima - Miami - Lima, durante los días 14 y 15 de agos- to de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 8576, 15903, 15904 y 15921, la solicitante ha cum- plido con el pago del derecho de tramitación corres- pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1214-2004-MTC/12.04-SDO designando a laInspectora Mercedes Delpino Aspiazu, para realizar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en laruta Lima - Miami - Lima, durante los días 14 al 15 de agos- to del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je de la referida Inspectora de la Dirección General de Ae- ronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1214-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Mercedes Delpino Aspiazu, Inspectora de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri- ca, durante los días 14 al 15 de agosto del 2004, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acota- ción Nº 8576, 15903, 15904 y 15921, abonados a la Direc-ción de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viá- ticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguien-te detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 26.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Inspecto- ra mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do.Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14637 Establecen numeración del servicio de telefonía fija local a ser utilizada enÆreas rurales y lugares de preferenteinterØs social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 604-2004 MTC/03 Lima, 12 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.5 de las Disposiciones Transitorias del Plan Técnico Fundamental de Numeración (PTFN), aprobado por Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, es- tablece que el Ministerio de Transportes y Comunicacionesadoptará las medidas necesarias, a fin de que se diferen- cie la numeración a ser utilizada por el servicio telefónico en las áreas rurales y en lugares de preferente interés so-cial; Que, el Numeral 13 de los Lineamientos de Políticas para promover un mayor acceso a los servicios de tele-comunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 049-2003-MTC establece que el Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones adoptará, de acuerdo a lo estable- cido en el PTFN, las medidas necesarias, a fin de que se diferencie la numeración a ser utilizada por el servicio te-lefónico en las áreas rurales y en lugares de preferente interés social. De ser el caso, un operador independiente de teléfonos públicos podrá utilizar este tipo de numera-ción; Que, la diferenciación de la numeración a ser utilizada por el servicio telefónico en las áreas rurales y en lugaresde preferente interés social, facilitará al usuario su recono- cimiento, permitirá contar con capacidad numérica suficien- te para atender los requerimientos de los operadores y laadministración eficiente del recurso numérico; entre otros beneficios; Que, con fecha 13 de mayo de 2004 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de norma que esta- blece la numeración del servicio de telefonía a ser utilizada en áreas rurales y lugares de preferente interés social,habiéndose recibido y evaluado los comentarios de los in- teresados; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto adminis- trativo respectivo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la numeración del servicio de telefonía fija local a ser utilizada en las áreas rurales y lugares de preferente interés social, es la siguiente: - Departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao: 81X-XXXX 82X-XXXX83X-XXXX 84X-XXXX - Resto de departamentos: 81X-XXX 82X-XXX83X-XXX 84X-XXX Donde X puede variar de 0 a 9.