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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de agosto de 2004 gatoria del recurso de nulidad, recurso que se declaró im- procedente por resolución de fecha 24 de noviembre de2003, emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Su- prema de Justicia, cuya copia obra a fojas 183; Que, el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por sentencia judicial emitida en última instancia por delito doloso, conforme lo dispone el inciso 6) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, causal en laque se halla incurso el Alcalde Miguel Velarde Hurtado; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacanciadel Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el pri- mer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, mas la situación jurídica del Teniente Alcalde es similar a la delAlcalde; Que, con la Carta Nº 016-A-SG-MDL-2004 el Regidor Segundo Isuiza Balarezo, elevó el expediente sobre la va-cancia del cargo del primer Regidor don Raúl Zenón Hur- tado León, del cual se advierte que por sentencia de fecha 30 de enero de 2002, el Primer Juzgado Mixto de Tambo-pata lo condenó como autor de la comisión del delito con- tra el patrimonio en su modalidad de estafa y apropiación ilícita, en agravio de Crispín Nicolás Cahuín Cerván; impo-niéndosele la pena de cuatro años de pena privativa de la libertad efectiva que vencería el 30 de enero de 2006 y pago de reparación civil; y, por sentencia de vista del 15 deabril de 2002, la Sala Mixta Descentralizada de Puerto Maldonado confirmó la sentencia en cuanto lo condena como autor del delito contra el patrimonio en la modalidadde apropiación ilícita, y revoca en el extremo que lo conde- na como autor del delito contra el patrimonio en la modali- dad de estafa, absolviéndolo de culpa y pena; y revocaronla pena privativa de la libertad de cuatro años de efectiva y reformándola impusieron cuatro años suspendida en su ejecución por el lapso de tres años, con reglas de conduc-ta, según consta de fojas 23 a 32; Que, consecuentemente, está acreditado en autos que el Regidor Raúl Zenón Hurtado León se encuentra incursoen la causal de vacancia prevista en el inciso 6) del artícu- lo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por haber sido condenado por delito doloso; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, el ejerci- cio de la ciudadanía se suspende por sentencia con penaprivativa de la libertad; Que, el Concejo Distrital de Laberinto al haber declara- do improcedente, tanto, el pedido de vacancia del cargo deRegidor de don Raúl Zenón Hurtado León, como el recur- so de reconsideración interpuesto, según acuerdos toma- dos en las sesiones extraordinarias del 6 de mayo y 25 demayo de 2004, respectivamente, emitiéndose las Resolu- ciones de Alcaldía Nºs. 031-A-SG-MDL-2004 y 040-A-SG- MDL-2004; no ha procedido conforme a ley, y ha incumpli-do una sentencia judicial firme; y devolver el proceso para que se cumpla con expedir nuevo acuerdo, en nada modi- ficaría la situación jurídica anotada, por tanto, de conformi-dad con el artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jura- do Nacional de Elecciones, procede declarar la vacancia del cargo; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Nº 27972, le corresponde reemplazar al Alcalde a don Segun- do Isuiza Balarezo, regidor hábil que le sigue en su propialista electoral; y, para completar el número legal de miem- bros del concejo debe convocarse al candidato no procla- mado de la Alianza Electoral Unidad Nacional, don AlbertoÁlvarez López; mas agotada dicha lista, se incorpora al integrante de otra lista, debiendo ser la que siga en el or- den del cómputo de sufragios, debiendo convocarse a lacandidata del Movimiento Independiente “Progreso Verde”, doña María Ccama Condori, conforme a lo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 15265; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de ape- lación interpuesto por los ciudadanos Feliciano Navarro Trusios y Margarita Fresia Colque Caipa; en consecuen- cia, revocar los acuerdos tomados en las sesiones extraor-dinarias del 25 de mayo y 27 de abril del año en curso, y las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 041-A-SG-MDL-2004 y 028-A-SG/MDL-2004, que declararon improcedentes elrecurso de reconsideración y el pedido de vacancia del cargo de Alcalde de don Miguel Velarde Hurtado del Con-cejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, depar- tamento de Madre de Dios. Artículo Segundo.- Declarar vacantes los cargos de Alcalde y Regidor del Concejo Distrital de Laberinto, pro- vincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, que ostentan don Miguel Velarde Hurtado y Raúl Zenón Hurta-do León, respectivamente, por existir en contra de ellos sentencia judicial emitida en última instancia por la comi- sión de delito doloso. Artículo Tercero.- Declarar que el Regidor don Segun- do Isuiza Balarezo, asume el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamen-to de Madre de Dios, para completar el período de gobier- no municipal 2003-2006; debiéndosele otorgar la respecti- va credencial. Artículo Cuarto.- Convocar a don Alberto Álvarez Lo- pez y doña María Ccama Condori, candidatos no procla- mados de la Alianza Electoral Unidad Nacional y Movimien-to Independiente “Progreso Verde”, respectivamente, para que asuman los cargos de Regidor del Concejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de Ma-dre de Dios, para integrar el número legal de miembros del concejo y completar el período de gobierno municipal 2003- 2006; debiéndoseles otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLIVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 15195 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G33/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G4A/G45/G46/G2F/G52/G45/G4E/G49/G45/G43/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/GF3/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G2D/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G63/G61/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G4E/G49 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 434-2004-JEF/RENIEC Lima, 19 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio Nº 1467-2004-GAD/RENIEC del 16 de agosto del 2004 de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 908-2004-GAD/SGLG de la Subgerencia de Logística y el Informe Nº 880-2004-GAJ/RENIEC de 17 deagosto de 2004 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, con arreglo a lo previs-to en los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo autónomo con personería jurídica de Derecho Público interno y con goce de atribu-ciones en materia registral, técnica, administrativa, econó- mica y financiera; Que, por Resolución Jefatural Nº 143-2004-JEF/RE- NIEC se declaró en situación de urgencia la contratación del servicio de impresión y acabados del DNI por un plazo de 6 meses y por un monto de US$ 635,359.12, asimismo,mediante informe Nº 094-2004-GP/SGP/RENIEC de la Subgerencia de Procesamiento se señala que al momento de emitir la resolución Jefatural antes mencionada la canti-dad de DNIs estimada para la contratación del servicio de impresión y acabados del DNI fue de 1´095,464 sin embar- go las proyecciones estimadas para el mencionado servi-cio resultan ser de 1´859,463 documentos;