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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (21/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 94

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de agosto de 2004 Urgencia, entendiéndose la misma "como un hecho de ex- cepción que determina una acción rápida de adquisición ocontratación como medida temporal, sin perjuicio de quese realice el proceso de selección correspondiente paralas adquisiciones y contrataciones definitivas", Y PORCONSIGUIENTE, exonerar a la misma del Proceso de Li- citación Pública, pudiéndose efectuar la contratación de acuerdo a las necesidades, requerimientos y la disponibili-dad presupuestal con que pueda contar la entidad, a tra-vés de un Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de conformidad con el Art. 19º inciso c) y el Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, con- cordante con el Art. 105º de su Reglamento aprobado me- diante D.S. Nº 013-2001-PCM, establecen que están exo-neradas de los procesos de Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las contrataciones que serealicen en Situación de Urgencia, y Emergencia, declara-das conforme a Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y se harán mediante acciones inmediatas sobre la base de laobtención de una cotización que cumpla con los requisitosestablecidos en la base, con autorización expresa del Titu-lar del Pliego; así como el Gerente General Regional quemanifiestan que, es procedente la declaración de situación de urgencia, debido que existe una necesidad apremiante de la contratación de los servicios de un contratista para laConstrucción del Puente Villar de Oxapampa; Con las visaciones respectivas y en uso de las atribu- ciones conferidas mediante Ley Nº 27867 y demás nor-mas vigentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN de Procesos de Licitación, Concurso y Adjudicación Di-recta por Situación de Urgencia para la contratación de ejecución de la obra “Construcción Puente Carrozable Villar”, durante el plazo de 15 días a que se refiere elArt. 108º del Reglamento del Texto Único Ordenado dela Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Segundo.- Autorizar al comité especial de- signado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº670, para que proceda a la contratación del contratistaque se hará cargo de la ejecución de la obra “Cons-trucción Puente Carrozable Villar”, y hasta por el mon-to total del presupuesto referencial y por el plazo esta- blecido en el expediente técnico, mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía de conformidad conlo previsto en el artículo 105º del Decreto Supremo Nº013-2001-PCM. Artículo Tercero.- El egreso que irrogue la contrata- ción objeto de la exoneración a que se refieren los artículos precedentes será con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Fondo de Compensación Regional, meta 180(S/. 215,306.98), y Convenio de Traspaso de Recursos NºCTR-024-2004-EF/UEPL480 (S/. 1,161,244.00). Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Gerencia General Regional la designación del Comité Especial para la con- tratación de los Servicios de Supervisión de la Construc- ción del Puente Carrozable Villar hasta por un monto de S/. 30,000.02; mediante Adjudicación por Menor Cuantía. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administración a realizar la publicación de la presente Re-solución Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su adop- ción o emisión. Artículo Sexto.- La presente Resolución Ejecutiva Re- gional, así como el informe técnico y legal, deberán remitir-se a la Contraloría General de la República dentro de losdiez (10) días naturales siguientes a la fecha de su aproba- ción. Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR R. ESPINOZA SOTO Presidente 15228/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ATE /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G73/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G71/G75/G65/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G73/G20/G6F/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G2D/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G76/G69/G73/G75/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G49/G6E/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G74/G72/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 063-MDA Ate, 23 de julio del 2004 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesión de Concejo Ordina- ria de fecha 23 de julio del 2004; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680señala que las municipalidades distritales son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3, inciso 3.6.3 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que es fun- ción de las municipalidades regular y autorizar la ubica-ción de avisos luminosos y publicidad comercial; Que, la publicidad exterior es una actividad empresa- rial legítima, que favorece la información al público con lafinalidad de transmitir un mensaje publicitario; Que, la seguridad y el orden en la ciudad son principa- les objetivos del actual gobierno municipal, dando por tan-to prioridad al ornato mediante las normas conducentes a la buena presentación, donde se conserve o recupere las características arquitectónicas, manteniendo un razonableequilibrio, armónico con el paisaje; Que, el 28 de julio de 1821, el General San Martín proclamó la Independencia del Perú, donde se inició elperíodo de la República que subsiste hasta nuestros días y que han puesto en la Silla Presidencial a un total de 56 Presidentes, incluido el actual Presidente de laRepública; Que, es política de la actual Administración Municipal rendir un justo homenaje a nuestra Independencia del Perúcon la finalidad de contribuir a la formación y fortalecimien- to de la conciencia cívica que permita la consolidación de nulidad para incentivar a la comunidad en general a partici-par en las actividades que promueve el Gobierno Local y afianzar el sentimiento cívico patriótico; Que, en ejercicio de la política municipal de rendir ho- menaje a la Independencia del Perú es necesario disponer que en el distrito de Ate se cumpla con adornar las vitrinas de los establecimientos comerciales con textos, leyendasy/o formas alegóricas del Aniversario Patrio; Que, como incentivo la actual gestión municipal premiará a las mejores vitrinas comerciales del distrito de Ate queexpongan estéticamente alusiones por nuestro Aniversa- rio de la Independencia del Perú; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la sesión y con ladispensa de lectura y aprobación de actas; se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA ORNAMENTACIÓN DE VITRINAS COMERCIALES HACIENDO PÚBLICO EL ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ Artículo 1º.- APROBAR, que en el mes de julio de cada año, en las vitrinas de los locales comerciales del distrito de Ate se publiquen textos, leyendas y/o formas de repre-sentación visual correspondiente al Aniversario de la Inde- pendencia del Perú.