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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (23/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de agosto de 2004 /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73 /G69/G6E/G63/G61/G75/G74/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1562-2004-IN Lima, 13 de agosto del 2004 VISTO: los Oficios Nºs. 073-2003-CMBID-OFECOD- LORETO de 6.AGO.2003 y 030-04-OFECOD-CMBID- Z.II-IQTS de 6.MAR.2004, con los que el Presidente de la Comisión Mixta de Bienes Incautados por Drogas -Loreto, solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas del Ministerio del Interior - OFECOD, la transferen- cia del insumo químico fiscalizado KEROSENE, con lafinalidad de ser utilizado en la limpieza y mantenimiento de esa dependencia. CONSIDERANDO: Que, en la sede de la Comisión Mixta de Bienes Incau- tados por tráfico ilícito de drogas - Loreto, se encuentran almacenados y bajo custodia Ochenta y cinco kilogra- mos (85,000 kg.) de KEROSENE, susceptible de trans-ferir a la dependencia Policial solicitante; Que, de conformidad a dispositivos legales vigentes, la OFECOD está facultada para transferir insumos quími- cos incautados que son puestos a su disposición; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigen- tes sobre la materia, es pertinente la transferencia del insumo químico a la Comisión Mixta de Bienes Incau- tados por Tráfico Ilícito de Drogas - Loreto; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con la intervención de las autoridades señaladas en la legis- lación vigente; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) de la Ley de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Ley Nº 22095 y en el Art. 46º del Reglamento de la Ley Nº 25623, sobre Con-trol y Fiscalización de Productos e Insumos Químicos, que directa o indirectamente se utilizan en la elabora- ción de Pasta Básica de Cocaína y otros, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de fecha 4.JUN.93; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con la ResoluciónMinisterial Nº 0512-B-92-IN/DN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir a la Comisión Mixta de Bie- nes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas - LoretoOchenta y cinco kilogramos (85,000 kg.) de KEROSE- NE, para ser utilizado exclusivamente en la limpieza y mantenimiento de esa dependencia. Artículo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas, procederá a la entrega del Insumo Químico al representante acreditado de la Comisión de Bienes In-cautados por Tráfico Ilícito de Drogas - Loreto, en pre- sencia del representante del Ministerio Público, pre- vio pesaje y análisis certificado por un profesional quí-mico. Artículo 3º.- La Jefatura de la Comisión de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas - Loreto, adopta-rá las medidas necesarias que garanticen el debido uso del insumo químico transferido a mérito de la presente Resolución Ministerial, e informará pormenorizadamen-te a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre di- cho uso. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 15262RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1563-2004-IN/1101 Lima, 13 de agosto del 2004. VISTO: los Documentos CA/092/FA/2004 de 12.MAR.2004 y CA/115/FA/2004 de 1.ABR.2004 con loscuales el Decano de la Facultad de Agronomía de la Uni-versidad Nacional Agraria La Molina solicita la transfe-rencia de insumos químicos fiscalizados diversos con lafinalidad de ser utilizados para desionizar agua, prepa-ración de soluciones, medios de cultivo, conservaciónde muestras fitopatógenas, preparación de solucionessulfocromáticas, así como en métodos de enseñanzasespecializadas en la Facultad. CONSIDERANDO:Que, en la sede del Depósito Oficial de Insumos del Ministerio del Interior, se encuentran almacenados y bajocustodia, entre otros, veinte kilogramos con quinientosgramos (20,500 kg) de ÁCIDO SULFÚRICO y cincuentay ocho kilogramos (58,000 kg.) de ÁCIDO CLORHÍDRI-CO, susceptibles de transferir a la entidad solicitante; Que, de conformidad a dispositivos legales vigentes, la OFECOD está facultada para transferir insumos quími-cos incautados que son puestos a su disposición; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigen- tes sobre la materia es pertinente la transferencia de in-sumos químicos a la Facultad de Agronomía de la Uni-versidad Nacional Agraria La Molina; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia conla intervención de las autoridades señaladas en la legis-lación vigente; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095 Ley de Represión delTráfico Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Ley Nº22095 y en el Art. 46º del Reglamento de la Ley Nº 25623,sobre Control y Fiscalización de Productos e InsumosQuímicos, que directa o indirectamente se utilizan en laelaboración de Pasta Básica de Cocaína y otros, aproba-do por Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con la ResoluciónMinisterial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Transferir a la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional Agraria La Molina, veintekilogramos con quinientos gramos (20,500 kg) de ÁCI-DO SULFÚRICO y cincuenta y ocho kilogramos (58,000kg.) de ÁCIDO CLORHÍDRICO, con la finalidad de serutilizados exclusivamente para desionizar agua, prepa-ración de soluciones, medios de cultivo, conservaciónde muestras fitopatógenas, preparación de solucionessulfocromáticas, así como en métodos de enseñanzasespecializadas en la Facultad. Artículo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas procederá a la entrega de los Insumos Químicos alrepresentante acreditado de la Facultad de Agronomíade la Universidad Nacional Agraria La Molina, en pre-sencia del representante del Ministerio Público, previopesaje y análisis certificado por un profesional químicodel Laboratorio Central de la Dirección de Criminalística- PNP. Artículo 3º.- El Decano de la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional Agraria La Molina, adoptarálas medidas necesarias que garanticen el debido uso delos insumos químicos transferidos a mérito de la presen-te Resolución Ministerial, e informará pormenorizada-mente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobredicho uso. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 15261