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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de agosto de 2004 JUSTICIA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G73/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G64/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 020-2004-JUS/CN Lima, 22 de junio de 2004 Visto el pedido de recusación presentado con fecha 21 de junio de 2004, por el Notario Jorge Federico ColaretaCavassa, así como el pedido de suspensión de sesión pre-sentado por el mismo con fecha 22 de junio de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 21 de junio último, el interesado solicita que el señor abogado Ronald Cárde- nas Krenz, Miembro y Presidente de este Consejo, seinhiba de participar en los procesos instaurados contrasu persona por existir en trámite una denuncia ante laFiscalía Penal de Villa María del Triunfo, por supuestoabuso de autoridad, presentada por el referido Notario contra el mencionado funcionario; Que, complementariamente, mediante escrito de fe- cha 22 de junio último, solicita que se suspenda la se-sión programada para dicha fecha en la que se incluyeel uso de la palabra solicitado por el referido Notario,hasta que el Dr. Ronald Cárdenas Krenz se inhiba de participar en los procesos instaurados contra el mencio- nado Notario, mientras no se esclarezca su responsabili-dad por supuesto abuso de autoridad por el que ha sidodenunciado por el mismo Notario; Que, el pedido de recusación formulado se basa en una visita realizada por el Presidente de este Consejo a la Nota- ría del mencionado Notario en el ejercicio de sus funciones y conforme a lo tratado por el Consejo en su oportunidad; Que, la sola interposición de una denuncia por supuesto abuso de autoridad no resulta suficiente pararecusar a un funcionario de este Consejo, más aún cuan-do, como en el presente caso, dicha denuncia se encuen- tra en la etapa de investigación Fiscal; Que, el mencionado Notario falta a la verdad en el punto dos de su escrito de fecha 22 de junio de 2004, alafirmar que el pedido de suspensión de la sesión se basaen una disposición de la Fiscalía Penal de Villa Maríadel Triunfo, puesto que no existe tal disposición; Estando a las consideraciones que anteceden, con la abstención del Presidente del Consejo del Notariado,y a lo acordado en sesión de fecha 22 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado el pedido de recusa- ción formulado con fecha 21 de junio del 2004 por el No- tario Jorge Federico Colareta Cavassa contra el abogado Ronald Cárdenas Krenz, Presidente de este Consejo. Artículo 2º.- Declarar improcedente el pedido de suspensión de sesión solicitado por el Notario JorgeFederico Colareta Cavassa, sin perjuicio de citarlo parala sesión del día 13 del presente mes para que haga efectivo el uso de la palabra programado para el 22 de junio último, encargándose al Secretario Técnico deeste Consejo notificarlo con la debida anticipación. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al interesado para los fines que correspondan. Comuníquese, regístrese y publíquese. CÉSAR HUMBERTO BAZAN NAVEDA (Consejero) JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA (Consejero) ALBERTO VÁSQUEZ RÍOS (Consejero) FRANCISCO JAVIER VILLAVICENCIO CÁRDENAS (Consejero) 14997PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G69/G63/G75/G6C/G2D /G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2004-PRODUCE Lima, 19 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2004- PRODUCE de fecha 14 de enero de 2004, se designó alIng. Felipe Santiago León Tito, como Director Nacional de Acuicultura; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta ne- cesario designar a su reemplazante; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Ing. FELIPE SANTIAGO LEÓN TITO, en el cargo de Director Nacional de Acuicultura, dándo-sele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. SERGIO ANTONIO RAMÍREZ JOLLY, en el cargo de Di-rector Nacional de Acuicultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 15256 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 627-2004-MTC/02 Lima, 19 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta- bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,