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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 94

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G36/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 lo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señoresRegidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANO DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN DEL TERRENO UBICADO EN EL SECTOR A - ZONA V - EX FUNDO BARBADILLO CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA MUNICIPAL URBANO AMBIENTAL - PROMURBAM Artículo 1º.- APROBAR el plano de trazado y lotiza- ción de 92,285.05 m 2 del inmueble ubicado en el Sector A Zona V - ex Fundo Barbadillo (Programa Barbadillo) del distrito de Ate, conforme al Plano signado como Nº 028- 2004-SGPUC-GDU/MDA el mismo que es parte integrantede la presente Ordenanza y será considerado de cumpli- miento obligatorio para los beneficiarios de terrenos. Artículo 2º.- ESTABLECER que la organización de vivienda involucrada en la propuesta que se aprueba, deberá cumplir con las recomendaciones efectuadas por la Secretaría Técnica de Defensa Civil, conforme al in-forme de evaluación de riesgo emitido sobre el particular e indicado en el considerando. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Municipal, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Participación Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza, los planos que forman parte y susanexos. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Planificación Ur-bana y Catastro y la Subgerencia de Fiscalización para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarro- llo Urbano, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de Planificación y otras áreas correspondientes a efectos de viabilizar la realización del Programa Municipal Urba-no Ambiental PROMURBAM. Artículo 6º.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía emita las normas reglamentariaspertinentes o prórrogas de los beneficios concedidos me- diante la presente Ordenanza, si fuera necesario. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- DETERMINAR que los expedientes en trá- mite de Visación de Planos con fines de obtener los Ser- vicios Básicos, que se encuentren en el Sector com- prendido en el Planeamiento Integral, se adecuarán a lodispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 21844 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G79/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G48/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G55/G72/G62/G61/G6E/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 071-2004-A/MDC Carabayllo, 17 de noviembre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta en Sesión Ordinaria de la fecha; POR UNANIMIDAD, aprobó la si-guiente: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN PROVISIONAL DE CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES EN ZONAS SIN HABILITACIÓN URBANA Artículo Primero.- OTORGAR, hasta el 31 de di- ciembre del 2004 el Beneficio a la Regularización de los obligados y/o responsables ante esta administración, para obtener la licencia de construcción de las viviendasen zonas sin habilitaciones urbanas que hayan sido cons- truidas hasta antes del 30 de setiembre del año 2004 dentro de la jurisdicción del distrito de Carabayllo. A los beneficiarios de la presente Ordenanza se les condonará por el pago a las multas administrativas apli- cadas por la falta de tramitación de la referida Licenciade Construcción. Artículo Segundo .- Restricciones. Precísese que los contribuyentes que se acojan a la referida amnistía, la construcción de sus edificaciones no deberán estar afectadas en relación al Plan Vial Dis-trital y Metropolitano. La Municipalidad de Carabayllo se exime de responsabilidad en función de la Declaración Jurada suscrita por el contribuyente en el Formato quele entregará la Municipalidad. No serán sujetos de este beneficio aquéllos predios construidos en zonas de apor- te o vía pública, según los Planos de Vivienda y Lotiza-ción de los Centros Poblados, previa inspección de la Dirección de Desarrollo e Infraestuctura Urbano Rural. Artículo Tercero. - Los requisitos para acogerse a la amnistía de la Licencia de Construcción en vías de re- gularización son los siguientes: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Fólder carpeta.- Copia literal, contrato de compraventa o constancia de adjudicación fedateados. - Plano de localización, escala 1/10,000, firmado por el profesional responsable. - Plano de Arquitectura. - Derecho de Revisión 0.05% V.O., mínimo 10% UIT.- Declaración Jurada legalizada ante Notario Público de no estar en zona afecta al plan vial de desarrollo Distrital y Metropolitano, suscrito por el propietario o ad-judicatario. - Derecho de Trámite:- Asentamiento Humano .........0.0140625UIT - Urbanización ............................... 0.0285UIT - Industrial ................................ 0.0460937UIT Artículo Cuarto.- Los pagos por las multas adminis- trativas realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán materia de devolución, ni compensación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE, al Director de Desarrollo Ur- bano a través del Jefe de la División de Licencia deConstrucción, Servicios y Transporte a resolver los ca- sos especiales que puedan presentarse respecto a lo establecido en el artículo tercero y por cualquier vacíode la presente Ordenanza. Segunda .- FACÚLTESE, al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple-mentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como dicte prórroga de la mis- ma de ser necesario. Tercera.- ENCÁRGUESE, a la Dirección de Desa- rrollo e Infraestructura Urbano Rural a través del Jefe de la División de Licencia de Construcción, Servicios yTransporte el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional su difusión.