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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G4C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G2D /G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6D/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G2D/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 59-MDSM San Miguel, 28 de octubre de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modi-ficada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Artí- culo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Mu-nicipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia, y les otorgapotestad tributaria para crear, modificar y suprimir con- tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos mu- nicipales; Que, la Municipalidad Distrital de San Miguel, de acuer- do a la potestad tributaria municipal prevista en las nor- mas de carácter nacional, ha tomado las medidas nece-sarias para asegurar la continuidad y el buen funciona- miento de los servicios públicos de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo; Que, el objetivo primordial del otorgamiento efectivo de los servicios antes indicados, atiende a la finalidad de mejorar la calidad de vida de los vecinos del distrito,promoviendo un clima de progreso, modernización, or- nato, seguridad y orden en el otorgamiento de los servi- cios; Que, el concejo ejerce su función normativa, entre otros dispositivos, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido enel numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú y de la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, los Artículos 66º, 68º y 69º de la Ley de Tributa- ción Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776 y modificado por la Ley Nº 26725, establecen quelas municipalidades están facultadas para crear tasas por la contraprestación de un servicio público o adminis- trativo; Que, el segundo párrafo de la Norma IV - Principio de Legalidad Reserva de Ley, del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con Decreto SupremoNº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales me- diante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias yexonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, por lo expuesto y siendo necesario establecer el Régimen Tributario aplicable a los Arbitrios de Limpie- za Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, con la finalidad de asegurar la continuidad y el buenfuncionamiento de los servicios públicos, garantizando una correcta distribución entre los contribuyentes, en concordancia con el Artículo 69º de la Ley de TributaciónMunicipal, se formula la presente Ordenanza, en cumpli- miento de la norma que regula el procedimiento de ratifi- cación de las ordenanzas distritales para la provincia deLima como lo es la Ordenanza Nº 607 y sus modificato- rias, Ordenanza Nº 648 y Ordenanza Nº 689 de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, encontrándonos en la imperiosa ne- cesidad de determinar y establecer las tasas de los Ser- vicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere-nazgo para el ejercicio 2005, tomando en consideración los lineamientos establecidos por las Resoluciones Nº 008-CAM-INDECOPI y Nº 009-2003-CAM-INDECOPI “Lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado enMateria de Tributación Municipal”, las mismas que debe- rán seguirse en la aplicación de los Arbitrios Municipa- les, considerando a su vez los pronunciamientos delTribunal Constitucional que en materia de Arbitrios Muni- cipales ha emitido resolución; Que, por todas estas consideraciones, se concluye que la variación de las tasas de un ejercicio fiscal a otro debe realizarse dentro de los límites legales y dentro de la facultad delegada a los municipios, es decir, fijar elmonto de los Arbitrios en función al costo efectivo, técni- camente sustentado, del servicio a que se presta a los contribuyentes; Que, en este sentido, se establece el Marco del Ré- gimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, así como ladeterminación de las tasas por dichos conceptos, apli- cados al ejercicio fiscal del año 2005 para todos los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de San Mi-guel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 8) del Artículo 20º y Artículo 40º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, apro- bó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO LEGAL DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2005 CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- OBJETIVO Establecer en la Jurisdicción de San Miguel el marco legal del Régimen Tributario y los importes de los arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere- nazgo. Artículo 2º.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICA- CIÓN La presente ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de San Miguel. Artículo 3º.- DEFINICIONES Para efecto de aplicación de la presente Ordenanza se entenderá por: a. Arbitrio.- Es el tributo (tasa) cuya obligación tie- nen como hecho generador la prestación efectiva porparte de la Municipalidad de un servicio público indivi- dualizado en el contribuyente b. Contribuyente. - Los propietarios de los predios que desarrollen actividades en ellos, aun cuando se en- cuentren desocupados o cuando un tercero use el pre- dio bajo cualquier título. c. Propietario. - Persona natural o jurídica que acre- dite mediante titulo de propiedad o documento cierto, el goce de los derechos reales sobre un predio. d. Ocupante. - Persona natural o jurídica que ejerce tan sólo el derecho de uso y usufructo del predio. e. Predio. - Toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina, terreno, edificaciones fijas o permanentes u otras instalaciones, establecidas en propiedad privada o pú- blica. En los casos de Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Común, las cocheras o esta- cionamientos, aires, azoteas y depósitos no darán lugaral pago de los Arbitrios, entendiéndose como predio úni- co. f. Arbitrio de Limpieza Pública. - Comprende el cobro por la prestación de los servicios de recolección domiciliaria de desperdicios o residuos sólidos, servicio de barrido de vías públicas, plazas y parques, recojo dedesmonte y maleza, servicio de transporte y disposición final en lugares autorizados. g. Arbitrio de Parques y Jardines.- Comprende el cobro por la prestación de los servicios de mantenimien- to, implementación, mejora y embellecimiento de los Par- ques, Jardines y demás áreas verdes de uso público.