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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 FONDO MIVIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G75/G6F/G64/GE9/G63/G69/G6D/G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G2D /G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G54/G65/G63/G68/G6F/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G6F/G2C /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 151-SE-2004 Lima, 1 de diciembre de 2004 VISTOS:El Informe Técnico Nº 003-11-2004/GP del 24 de noviembre del 2004, el Memorándum Nº 079-11-2004/GP, del 29 de noviembre del 2004, ambos de la Gerencia de Promoción; el Memorándum Nº 1477-2004-GAP, emitido por la Gerencia de Administración y Presupues-to; y el Memorándum Nº 517-2004-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 19º, del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, establece que están exonera- dos de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, lascontrataciones que se realizan para servicios persona- lísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 116º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, las contrataciones exoneradas, se efectúan me-diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, según el Artículo 111º del mencionado Reglamen- to, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM,son considerados servicios personalísimos y por tanto se encuentran exonerados del respectivo proceso de selec- ción, los servicios de publicidad que prestan al Estado losmedios de comunicación televisiva, radial, escrita o cual- quier otro medio de comunicación, en atención a las carac- terísticas particulares que los distinguen; es decir, que losmedios de comunicación son considerados “personalísi- mos”, independientemente del medio que se trate; Que, la Gerencia de Promoción del Fondo MIVIVIEN- DA en el Informe Técnico Nº 003-11-2004/GP, de fecha 24 de noviembre del 2004 señala que es de utilidad públi- ca promover una campaña de comunicación publicitariacuyo objetivo es la promoción de la Duodécima Convoca- toria del Programa Techo Propio en los medios de mayor alcance a nuestro mercado objetivo; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resolucio- nes o acuerdos que aprueben la exoneración de los pro-cesos de selección, al amparo de las causales conteni- das en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoriamen- te un informe técnico-legal, emitido por las áreas técnicasy de asesoría jurídica de la Entidad. Dicho informe con- tendrá la justificación técnica y legal de la contratación y de la necesidad de la exoneración, y contemplará crite-rios de economía tales como los costos y la oportunidad; Que, con relación a los criterios de economía (cos- tos y la oportunidad) de la contratación del servicio depublicidad, según el Informe Técnico Nº 003-11-2004/ GP, el precio para la contratación de dicho servicio en los diferentes medios de comunicación asciende a lacantidad de US$ 50 000.00 (Cincuenta Mil y 00/100 Dó- lares Americanos) incluido el IGV, para alcanzar alrede- dor de 25.93 millones de impactos a nivel nacional; Que, el Informe Legal contenido en el Memorándum Nº 517-2004-OAJ, indica que se ha sustentado la cau- sal de exoneración del proceso de adquisición previstaen el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la contratación de publicidad para la campaña de comunicación publicitaria cuyo obje-tivo es la promoción de la Duodécima Convocatoria del Programa Techo Propio, en los medios de mayor alcance a nuestro mercado objetivo, exonerándolos del procesode selección respectivo, de conformidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: servicios b. Descripción del servicio: publicidad Diario en Lima: TROMEDiarios en Provincias: - LA VOZ DE ICA (Ica) - EL POPULAR (La Libertad)- LA REGIÓN (Iquitos) - LA INDUSTRIA CHICLAYO (Lambayeque) - EL SOL (Cusco)- CAPLINA (Tacna) - CORREO DE PUNO (Puno) - CORREO DE AREQUIPA (Arequipa)- LA VOZ DE HUAMANGA (Ayacucho) Radio en Lima: Radio Panamericana (FM) - Lima Radios en Provincias: - Radio A (FM) - Ica - Radio Karibeña (FM) - Chiclayo- Frecuencia 100 (FM) - Trujillo - Radio Loreto (FM) - Iquitos - Radio Las Vegas - Cusco- Radio Uno (FM) - Tacna - Radio Onda Azul - Puno - Sol de los Andes - Juliaca- Radio Karibeña (FM) - Arequipa - Estación Wari (FM) - Ayacucho c. Tiempo que se requiere contratar el servicio: Del 3 de diciembre al 17 de diciembre del 2004. d. Monto referencial total: US$ 50 000.00 (Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) incluido el IGV, e. Fuente de financiamiento: recursos propios f. Dependencia que contrata: Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promoción, de conformidad con el artículo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto proceda a llevar a cabo las accio- nes correspondientes a fin de contratar el servicio indi- cado en el numeral precedente según el procedimientode menor cuantía. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto publique la presente Resoluciónen el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, así como en la página Web institucional. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto remita copia de la presente Reso- lución y de los informes sustentatorios respectivos a laContraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA ESTEVES DEJO Secretaria Ejecutiva 22361 SUNAT /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G2D /G63/G69/G6E/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G63/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL ICA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 100-024-00000-64 Ica, 2 de diciembre del 2004