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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, en el Art. 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su interpretación formal se-ñala como competencias exclusivas del Gobierno Re- gional: Planificar el desarrollo integral de la Región, eje- cutar los programas socioeconómicos correspondien-tes, así como promover y ejecutar la inversión pública del ámbito regional, bajo el sustento de los Proyectos Regionales; Que, en el Art. 42º de la referida Ley, señala como competencias exclusivas de los Gobiernos Locales: Pla- nificar y promover el desarrollo urbano y rural de sucircunscripción (provincial y distrital) y ejecutar los pla- nes correspondientes, así como ejecutar y supervisar la obra pública de carácter local; Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de losGobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado medianteOrdenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ:Artículo Único.- PROMOVER la Inversión Pública Regional en los aspectos que se pueda planificar losProyectos de Impacto Regional, dentro del Marco de Inversiones. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 22295 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G67/G65/G73/G74/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65 /G6C/G61/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G43/G72/G75/G7A/G2C/G20/G4A/G61/GE9/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G49/G67/G6E/G61/G63/G69/G6F/G20/G66/G6F/G72/G6D/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G4F/G4E/G43/G4F/G44/G45/G53/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 043-2004-GR.CAJ-CR Cajamarca, 30 de noviembre de 2004 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamar- ca, en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de noviembre del presente año; Visto el Dictamen Nº 038-2004-CRI-RE- CAJ, evacuado por la Comisión Ordinaria de Infra-estructura referente a solicitar que FONCODES Caja- marca administre todo el ámbito geográfico Regional de Cajamarca; con el voto mayoritario del Pleno; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, clarifica exactamente cuáles son los orga- nismos que dependen de los Gobiernos Regionales; Que, mediante este modelo de descentralización, son las Autoridades Regionales quienes definen las políticas de desarrollo en el ámbito de su jurisdicción; Que, mientras no se transfieran estos organismos descentralizados de desarrollo, los Gobiernos Regiona- les no cuentan con la ingerencia correspondiente sobreellos; Que, es responsabilidad de los Gobiernos Regiona- les, gestionar actividades que promuevan el desarrollointegral de su región; Que, es necesario que el Gobierno Regional de Caja- marca, en uso de sus atribuciones conferidas en el Mar-co de las Leyes Nºs. 27783 y 27867, y con el fin de buscar la integración de nuestra región; gestione ante la Oficina Central del Fondo Nacional de Compensaciónde Desarrollo Social - FONCODES que las oficinas de Santa Cruz, Jaén y San Ignacio, formen parte de la administración zonal de FONCODES - Cajamarca, siningerencia administrativa de Lambayeque;Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobier- nos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobier-no Regional de Cajamarca, aprobado mediante Orde- nanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- GESTIONAR ante la Oficina Central de FONCODES, para que las Oficinas de Santa Cruz, Jaén y San Ignacio, formen parte de la administración zonalde FONCODES Cajamarca; sin ingerencia administrati- va de Lambayeque. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, realice las gestiones pertinentes para el logro de tal fin. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 22296 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G50/G52/G4F/G2D/G56/GCD/G41/G53/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G73/G2D/G74/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G54/G61/G2D /G6C/G61/G6D/G62/G6F/G2D/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G2D/G42/G61/G6D/G62/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F /G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 044-2004-GR.CAJ-CR Cajamarca, 30 de noviembre de 2004 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamar- ca, en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de noviembre del presente año; Visto el Dictamen Nº 040-2004-CRI-RE- CAJ, evacuado por la Comisión Ordinaria de Infra-estructura, referente a incluir la construcción de la Ca- rretera Talambo - San Miguel - Bambamarca, dentro del Plan Vial de Cajamarca; con el voto mayoritario del Ple-no; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentra- lización, clarifica las competencias que los Gobiernos Regionales poseen; Que, dentro de las políticas regionales de mayor in- terés, es de suma importancia lo relativo a la construc- ción y mejoramiento de las carreteras interprovinciales que permitan la intercomunicación y el pleno desarrollode nuestras comunidades, especialmente en materia económica y otros aspectos complementarios; Que, el desarrollo vial es la base fundamental del progreso de los pueblos, por lo tanto es importante ge- nerar proyectos en materia vial que permita lograr la integración de nuestra Región; Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de losGobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado medianteOrdenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Artículo Único.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca para que en uso de las facultades que la Ley le confiere, coordine con PRO-