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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 do con el incremento en los montos que habría operado en diversos rubros de la cuenta Costos Directos, con la finalidad de disminuir el impacto de los Costos Indirectos en el costo total de cada uno de los arbitrios. Que, la evaluación que efectúa el SAT respecto de la presente solicitud de ratificación se realiza sobre la base de la información y documentación que la MunicipalidadDistrital de San Isidro presentó como sustento de sus costos y cobros, la cual tiene carácter de declaración jurada. Que adicionalmente, mediante Oficio Nº 004-090- 00000560 del 24.11.2004, el SAT remite la Declaración Jurada de Veracidad y entrega de documentos en mate-ria de ratificación de Ordenanzas, debidamente suscrita por el Gerente de Rentas, el Gerente Municipal y la Se- cretaria General (e) del Concejo de la Municipalidad Dis-trital de San Isidro. Que asimismo, alcanzan el Oficio Nº 108-04-AVPSI del 24.11.2004, mediante el cual la Asociación de Veci-nos y Propietarios del Distrito de San Isidro formula ob- servaciones respecto del presente procedimiento de ra- tificación, solicitando pronunciamiento del SAT en cuan-to a su solicitudes de nulidad y aplicación del silencio administrativo positivo que habrían operado sobre los recursos impugnativos interpuestos ante la Municipali-dad Distrital en contra de los cobros por arbitrios munici- pales exigidos al amparo de la Ordenanza en ratifica- ción. Sobre este punto, el SAT señala que los aspectosantes mencionados no proceden ser evaluados en la medida en que la ratificación resulta ser un asunto ajeno al procedimiento administrativo que se habría seguidocontra la Municipalidad Distrital de San Isidro, siendo los cobros previos a la ratificación de una norma tributaria de entera responsabilidad de los funcionarios que lo exi-jan. De lo antes expuesto y considerando la opinión del Servicio de Administración Tributaria – SAT en susdos informes, se concluye que la Ordenanza Nº 070- MSI, modificada por la Ordenanza Nº 079-MSI y pre- cisada por el Decreto de Alcaldía Nº 018-2004-ALC/MSI, se encuentra conforme a la normatividad legal vigente, en cuanto al aspecto técnico de las Ordenan- zas materia de ratificación, considerando que la infor-mación remitida como sustento, refleja efectivamente los costos incurridos en la prestación de los servicios por arbitrios, tal como lo señalan en la declaraciónjurada presentada y suscrita por los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Isidro antes mencio- nados. De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 187-2004-MML-CMAEDO; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 070- MSI, modificada por la Ordenanza Nº 079-MSI y que ha sido objeto de precisión por el Decreto de AlcaldíaNº 018-2004-ALC/MSI, mediante las cuales la Munici- palidad Distrital de San Isidro, establecen el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pú-blica, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciu- dadana correspondientes al ejercicio 2004, en su ju- risdicción. Artículo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Dis- trital de San Isidro, que para la aprobación y ratificación de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005, de-berá tomar en cuenta los parámetros y criterios de la estructura de costos y distribución que ha establecido la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Ser-vicio de Administración Tributaria – SAT mediante la Directiva Nº 001-006-00000001 "Sobre determinación de costos de los servicios y procedimientos adminis-trativos que dan origen a tributos para efectos de ratifi- cación de Ordenanzas Distritales" en cumplimiento de la Ordenanza Nº 607, que "Regula el Procedimiento deRatificación de Ordenanzas Distritales para la Provin- cia de Lima". Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 22290MUNICIPALIDAD DE LINCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 127-2004-MDL Lince, 30 de noviembre del 2004 VISTO: En la Primera Sesión Ordinaria de Concejo de fe- cha, el Dictamen Conjunto Nº 045-MDL-CAL-CEA, de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía y Administración sobre Modificación del Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad de Lince referente a los procedimientos sobre Expedi- ción de Copias Simples y Copias Certificadas dedocumentos; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General", publicada el 11 de abril del 2001 en elDiario Oficial El Peruano, ha establecido un nuevo régi- men jurídico aplicable por la Administración Pública para que sirva a la protección del interés general garantizan-do los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en ge- neral; Que mediante Ordenanza Nº 069-MDL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2003) de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado el27/05/2003 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13/06/2003, conteniendo todos los Procedimientos Ad- ministrativos y Servicios que a dicha fecha brindaba laMunicipalidad a la comunidad, incluyendo los relativos a los de la Secretaría General; Que, el artículo 55º numeral 3) de la Ley Nº 27444 establece que se puede acceder, en cualquier momento y de manera directa y sin limitación alguna a la informa- ción contenida en los expedientes de los procedimientosadministrativos en que sean parte y de obtener copias de los documentos contenidos en el mismo sufragando su pedido salvo excepciones expresamente previstaspor Ley; Que, mediante Texto Único de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pú-blica se establece en su Artículo 10º la obligatoriedad de proveer la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, gra-baciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que la información haya sido creada u obtenida por ella o que se encuentre en suposesión o bajo su control, y el Artículo 13º del Regla- mento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Infor- mación Publica - Decreto Supremo Nº 072-2003-PCMestablece que la liquidación del costo de reproducción sólo podrá incluir aquellos gastos directa y exclusiva- mente vinculados con la reproducción de la informa-ción solicitada; Estando a lo expuesto por la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, con dispensa del trámite de la lectu-ra y aprobación el acta, por Unanimidad se aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (Ordenanza Nº 069-MDL) Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Procedimiento Nº 2.04 del Texto Único de Procedimien-tos Administrativos: Acceso a las Personas a la Informa- ción que posean o produzcan las Diferentes Gerencias y Jefaturas de la Municipalidad, el mismo que deberáquedar redactado de la siguiente manera: Procedimiento Nº 2.04 Acceso a la Información Dirigida a las Diversas Uni- dades Orgánicas de laMunicipalidad de Lince