Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2004 (04/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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do hasta la fecha de suspension de exigibilidad del adeudo. 8. DEUDA CORRIENTE.- Deuda cuyo acto o infraccion es posterior a la fecha de suspension de exigibilidad del adeudo. Continua su cobranza administrativa o coactiva dentro de los plazos legales vigentes. 9. DEUDOR TRIBUTARIO (DEUDOR CONCURSAL).Entiendase en el presente como deudor tributario a aquella persona natural o juridica que se acoge al Sistema Concursal o promocion de la inversion privada. 10. INDECOPI . - Instituto Nacional de la Defensa de la Competencia y la Proteccion de la Propiedad Intelectual. 11. PROINVERSION .- Agencia de Promocion de la Inversion Privada 12. SISTEMA CONCURSAL .- Cuando en el presente procedimiento se hace mencion al Sistema Concursal, debe entenderse al mismo haciendo referencia al Procedimiento Concursal Ordinario y Procedimiento Concursal Preventivo. 13. WEBSITE: Pagina web del INDECOPI www.indecopi.gob.pe ANEXOS A. Modelo de Resolucion de Intendencia (VII. F. 3) 1. Hoja Resumen de Adeudos Exigibles y No Garantizados. 2. Adeudos No Exigibles - Contingente. ANEXO A INTENDENCIA DE ADUANA XXXXX Resolucion de Intendencia Nº MORDAZA, VISTO: El a ) Oficio Nº (de contar con el mismo, de lo contrario remitirse directamente a la b ) Resolucion Judicial de Quiebra propiamente dicha) en el que se informa que mediante la Resolucion de fecha XXXXX, emitida por el XXX Juzgado Especializado Civil de XXXX se declara la quiebra del deudor xxxxxxxxxx identificado con RUC Nº XXXXXXXXXX, debidamente inscrita en la XXXX (Ficha, Tomo, Folio, Asiento y/o Partida Electronica) (incluir solo en caso de contar con dicha informacion) o c ) Certificado de Incobrabilidad Nº xxxxx emitido por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Juzgado Especializado Civil o Comision Concursal) de fecha xxxxxxx CONSIDERANDO: Que, el Articulo 14º del Decreto Ley Nº 27681 establece que la Administracion Tributaria MORDAZA por extinguidos los creditos de origen tributario en merito a la resolucion que declara judicialmente la quiebra del insolvente dentro de los procesos previstos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial, aprobado por el De** ANEXO DE LA RESOLUCION DE INTENDENCIA

creto Supremo Nº 014-99-ITINCI y modificatorias, asi como en la Ley de Reestructuracion Empresarial aprobada por Decreto Ley Nº 26116, actualmente derogados por la Ley Nº 27809 - Ley General del Sistema Concursal. Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 064-2002EF establece que para efecto de la extincion de los creditos tributarios de acuerdo a lo dispuesto en el 14º de la Ley, se tendra en cuenta que la resolucion judicial que declara la quiebra del insolvente debe encontrarse consentida o ejecutoriada;

Parrafo a incluir solo en caso de contar con datos de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano
Que, habiendo tomado conocimiento del aviso publicado en el Boletin Oficial del Diario Oficial El Peruano de fecha XXXXX que mediante la Resolucion de fecha XXXXX el XXXXXX Juzgado Especializado Civil de XXXX declaro la quiebra del deudor, extincion de la empresa e incobrabilidad de sus deudas

Parrafo a incluir solo en caso de contar con el oficio
Que, habiendo sido informados mediante Oficio Nº XXXXX de fecha XXXXX que mediante la Resolucion de fecha XXXXX el XXXXXX Juzgado Especializado Civil de XXXX declaro la quiebra del deudor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx identificado con RUC Nº XXXXXXXX, la misma que ha quedado consentida o ejecutoriada

Parrafo a incluir en caso de no contar con el oficio y haber podido constatar la existencia de una resolucion judicial de quiebra consentida y ejecutoriada
Que, habiendo constatado la existencia de la Resolucion de fecha XXXX del XXXX Juzgado Especializado Civil de XXXX que declara la quiebra del deudor XXXXXX identificado con RUC Nº XXXXXXXXXXX, la misma que se encuentra debidamente inscrita en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos sobre la cual se cuenta con el Certificado de Incobrabilidad Nº xxxxxxxxxxxxx de fecha xxxxxxxxx ascendente a xxxxxxxxxxxxxx. emitido por xxxxxxxxxxxxxxxxxx (parrafo a incluir en caso de contar con el Certificado de Incobrabilidad) En uso de las facultades conferidas por el articulo 14º de la Ley Nº 27681 y ......... (documentos de delegacion a nivel de Aduanas, de corresponder) SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarese extinguida la obligacion tributaria pendiente de pago contenida en los documentos de cobranza que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, en relacion con el deudor XXXXXXXXXXXXXX identificado con RUC Nº XXXXXXXXXX, en merito a la Resolucion de fecha XXXXX, emitida por el XXX Juzgado Especializado Civil de XXXX y que se encuentra consentida o ejecutoriada, la misma que declara la quiebra, extincion de la empresa e incobrabilidad de las deudas del deudor en mencion. Registrese, comuniquese al deudor tributario o entidad liquidadora y ................... **** Ver anexo de la Resolucion de Intendencia

Resolucion de determinacion Nº

Documento de Cobranza

Numero Ano

Fecha de Emision

Cuantia del adeudo (Valor Historico) S/. US $

** Podra ser parte conformante del articulo unico, de acuerdo a la cantidad de documentos de cobranza a extinguirse.

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