Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2004 (04/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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como consecuencia del incumplimiento de la obligacion, asi como los gastos en que hubiere incurrido la SUNAT. Cualquier accion que pudiera iniciar el "CONTRIBUYENTE", tendiente a invalidar la ejecucion del bien (incluyendo la contradiccion) no suspendera el MORDAZA de ejecucion, el mismo que continuara, consignandose el producto del remate a la orden del Ejecutor Coactivo hasta la conclusion de la accion iniciada. El Ejecutor Coactivo convocara a remate fijando dia, hora y lugar. La convocatoria se anunciara en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales del lugar del remate por seis (6) dias consecutivos, estando el Ejecutor Coactivo facultado a ordenar publicaciones en otros diarios a efectos de publicar el acto del remate, y en un diario de la localidad en la que se encuentre el bien (esto ultimo solo en aquellos casos en los que los bienes hipotecados se encuentren en lugar distinto). Adicionalmente, deberan colocarse avisos del remate en parte visible del inmueble y en las oficinas de SUNAT correspondiente. Seran de aplicacion las normas contenidas en el Reglamento de Cobranza Coactiva de SUNAT y del Codigo Procesal Civil, en lo referente a las caracteristicas del aviso del remate, requisitos exigidos para ser postor, reglas que deberan observarse en el acto del remate y contenido del acta. Toda mencion al Juez, Secretario y Juzgado en los citados articulos, debera entenderse realizada al Ejecutor Coactivo, Auxiliar Coactivo y de la SUNAT, respectivamente. Si el saldo del precio del remate no fuere depositado por el adjudicatario dentro del plazo de tres (3) dias posteriores al acto del remate, el Ejecutor Coactivo declarara la nulidad del mismo y convocara a uno nuevo. En este caso, el adjudicatario perdera la suma depositada, la que servira para cubrir los gastos del remate frustrado, devolviendosele el saldo, si lo hubiera. Los gastos derivados de la ejecucion seran reembolsados por El CONTRIBUYENTE o en su defecto deducidos del producto del remate. Si luego de efectuado el remate quedara un saldo deudor, este constituira deuda exigible sujeta al procedimiento de cobranza coactiva.

bien (es) de su propiedad con las caracteristicas descritas en la Tasacion, La misma que corre inscrita en ............ la Oficina Registral de ............ Segunda.- La prenda a que se refiere la clausula anterior se constituyo, con el fin que EL CONTRIBUYENTE garantizara el cumplimiento de las obligaciones derivadas del....................... hasta por el monto senalado en la clausula primera. Tercera.- EL CONTRIBUYENTE declara haber cumplido puntual, oportuna e integramente las obligaciones asumidas por lo que SUNAT, conforme a la normatividad vigente, declara cumplida la obligacion a efectos de la prenda constituida sobre el bien mencionado en la clausula primera, sin perjuicio de la fiscalizacion posterior. Cuarta.- Todos los gastos que se deriven del presente documento, asi como el de su inscripcion en la Oficina Registral de ........ seran de cargo de EL CONTRIBUYENTE. Quinta.- El presente documento con firma legalizada, constituye titulo suficiente inscribible en la Oficina Registral de ......... Se extiende el presente documento, unicamente en dos originales a los.......dias del mes de .... del......

PAGO - EXTINCION DE ADEUDOS CODIGO : IFGRA-PE.15 VERSION : 1 VIGENCIA : ...../...../..... I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para el control del servicio de recaudacion prestado por los bancos y las MORDAZA de las Intendencias de Aduana. II. ALCANCE El presente procedimiento es de aplicacion en las areas de Recaudacion y Contabilidad de las Intendencias de Aduana que recauden tributos a traves de bancos, Division de Control de Recaudacion, la Division de Contabilidad de Ingresos, Gerencia de Gestion de Recaudacion Aduanera de la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Asimismo las Agencias Aduaneras e Intendencias de Aduana que recaudan por MORDAZA, cuyas liquidaciones para el pago no estan interconectadas al sistema de cancelacion en linea. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion y cumplimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de los Intendentes de Aduana, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente Nacional de Sistemas de Informacion, Gerente de Gestion de Recaudacion Aduanera, Jefe de Division de Control de Recaudacion, Jefe de Division de Contabilidad de Ingresos, Jefe de la Division de Importaciones, Departamento de Equipajes (Salon Internacional), Jefe de Departamento de Recaudacion y Contabilidad de las Intendencias de Aduana, funcionarios y personal que interviene en el presente procedimiento. IV. VIGENCIA

OCTAVA.- La SUNAT se compromete a otorgar la minuta del levantamiento de hipoteca cuando se MORDAZA cancelado todas las obligaciones derivadas del adeudo garantizado, o luego de haberse efectuado el remate del bien hipotecado. NOVENA.- Todos los gastos que origine el presente contrato, tales como Escritura Publica y derechos de inscripcion en Registros Publicos son de cargo del CONTRIBUYENTE. DECIMA.- Para efectos del presente contrato, MORDAZA partes contratantes acuerdan someterse a la jurisdiccion de los Jueces y Tribunales de .......... en caso se susciten discrepancias entre las mismas. Agregue usted senor Notario, las clausulas de ley y cumpla con remitir los partes correspondientes al Registro de Propiedad Inmueble para su debida inscripcion. Suscrito en ..........a los ........................dias del mes de ....... de ...................... ....................................... EL CONTRIBUYENTE ...................................... POR LA SUNAT

ANEXO 3 CONTRATO DE LEVANTAMIENTO DE PRENDA Conste por el presente documento, el LEVANTAMIENTO DE PRENDA que unilateralmente otorga la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, Intendente de Aduana de ........................... representada por el Sr. ......................... de conformidad con la Resolucion de Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria No ........... , Con domicilio en ................ , a favor de ............ a quien se le denominara EL CONTRIBUYENTE, en los terminos siguientes: Primera.- Mediante Contrato de Prenda de fecha .......... EL CONTRIBUYENTE constituyo a favor de la SUNAT, primera y preferente prenda ........... hasta por la suma de US $ ............ (................ Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica); sobre el (los)

A partir del dia siguiente se su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. V. BASE LEGAL - Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, publicada el 19.4.1996, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 121-96-EF. Reglamento de la Ley General de Aduanas publicado el 24.12.1996, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario publicado el 19.8.1999, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 59-95-EF Reglamento de Equi-

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