Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2004 (04/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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XI. DEFINICIONES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2004

Autoliquidaciones.- Liquidacion para el pago de un adeudo elaborada por el usuario. MORDAZA de Aduana.- Lugar asignado dentro de la Intendencia de Aduana para cobrar adeudos. Cheques Devueltos.- Titulo valor presentado al banco recaudador para efectuar un pago, declarado no conforme por una situacion que imposibilite su pago por el banco girador. Cuadre Automatico.- Conciliacion a traves del Sistema entre los saldos de dos o mas cuentas. Cuenta Corriente.- Estado que registra el movimiento de ingreso y salida de fondos existentes de una entidad bancaria. Destino de la Recaudacion.- Distribucion porcentual de los ingresos provenientes de la recaudacion de tributos aduaneros destinados a Tesoro Publico y demas beneficiarios. Detalle de Abono.- Es el deposito que efectua el banco recaudador en las Cuentas corrientes de los beneficiarios de la recaudacion al Banco de la Nacion Detalle de Deposito.- Formato autorizado por SUNAT para efectuar depositos en el Banco de la Nacion. Documentos Vencidos.- Adeudos cancelados fuera del plazo indicado para el pago. Documentos Vigentes.- Adeudos cancelados dentro del plazo indicado para el pago. Ingreso Temporal .- Operacion temporal que permite al pasajero en MORDAZA depositar una garantia por el ingreso temporal de determinadas mercancias. Interconexion.- Conexion, enlace, union electrica de dos circuitos oscilantes Liquidaciones.- Son documentos de Registro, Control y Pago de la deuda. Recaudacion.- Cobrar, asegurar y custodiar los caudales publicos. ANEXO UNICO Relacion de Bancos recaudadores autorizados.

IQUITOS, TACNA, MORDAZA, MORDAZA, TALARA, PAITA. SALAVERRY. BANCO DE LA NACION DESAGUADERO, MORDAZA ROSA.

EVALUACION Y CONTROL DE BANCOS RECAUDADORES CODIGO : IFGRA-PE.19 VERSION : 1 VIGENCIA : ./ ./2003 I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para evaluar el cumplimiento de las obligaciones de los bancos con los cuales se mantiene Contrato de Prestacion de Servicios de Recaudacion. II. ALCANCE El presente procedimiento es de aplicacion en la Division de Control de Recaudacion, Gerencia de Gestion de Recaudacion Aduanera de la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y en las areas de Recaudacion y Contabilidad de las Intendencias de Aduana de la Republica. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion y cumplimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Gerente de Gestion de Recaudacion Aduanera, Jefe de la Division de Control de Recaudacion, Intendentes de Aduana, funcionarios y demas personal que interviene en el presente procedimiento. IV. VIGENCIA A partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. V. BASE LEGAL - Decreto Legislativo Nº 809 Ley General de Aduanas publicado el del 21.4.1996, y sus modificatorias. - Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, publicada el 9.12.1996, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario publicado el 19.8.1999, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 121-96-EF Reglamento de la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.1996, y sus modificatorias.. - Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM. Disponen la fusion por absorcion de Aduanas a SUNAT, publicado el 12.7.2002 - Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, publicado el 28.10.2002. VI. NORMAS GENERALES Los contratos de prestacion de servicios de recaudacion entran en vigencia a la fecha de su suscripcion, teniendo duracion de un ano, renovandose automaticamente por periodos anuales, salvo que una de las partes exprese mediante carta notarial y con una anticipacion de treinta (30) dias su deseo de modificar o renovar el que hubiere suscrito, siendo el plazo de sesenta (60) dias cuando se trate del contrato celebrado para la recaudacion en el Salon Internacional del Aeropuerto MORDAZA Chavez. VII. DESCRIPCION 1. El personal encargado en la Division de Control de Recaudacion remite, por los medios establecidos, a cada una de las Intendencias de Aduana en cuya jurisdiccion el banco presta el servicio de recaudacion, asi como a la Intendencia Nacional de Sistemas de Infor-

ANEXO UNICO RELACION DE BANCOS RECAUDADORES AUTORIZADOS BANKBOSTON MORDAZA BANCO CITIBANK N.A. MORDAZA BANCO CONTINENTAL MORDAZA BANCO DE CREDITO MORDAZA, ILO, MOLLENDO, TACNA, MORDAZA, TUMBES, PUCALLPA, TARAPOTO, TALARA, PAITA. MORDAZA, PUERTO MORDAZA, IQUITOS, SALAVERRY. BANCO FINANCIERO MORDAZA, LA MORDAZA, AGUAS VERDES, BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS MORDAZA BANCO INTERBANK MORDAZA, CHIMBOTE, IQUITOS, CHICLAYO, TACNA, ILO, TALARA, SALAVERRY, TARAPOTO, PUCALLPA, MORDAZA BANCO STANDARD CHARTERED MORDAZA BANCO SUDAMERICANO MORDAZA BANCO WIESE SUDAMERIS MORDAZA, CHIMBOTE, CHICLAYO, ILO,

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