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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2004 (09/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETO LEGISLATIVO FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 945 Mediante Oficio Nº 088-A-2004-SCM-PR, la Secre- taría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 945, publicado ennuestra edición del día 23 de diciembre de 2003. - En la página Nº 257973, encabezado del artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 945: DICE:“Sustitúyase Artículo 14º-A de la Ley, por el siguiente texto:” DEBE DECIR: “Sustitúyase el Artículo 14º-A de la Ley, por el siguien- te texto:” - En la página Nº 257974, último párrafo del artículo 20º de la Ley: DICE: “… 2) Costo de adquisición: ….3) Costo de producción o construcción: …. 4) Valor de ingreso al patrimonio: ….” DEBE DECIR:“… 1) Costo de adquisición: … 2) Costo de producción o construcción: …3) Valor de ingreso al patrimonio: …” - En la página Nº 257975, artículo 26º de la Ley: DICE: “Para los efectos del impuesto se presume, salvo prue- ba contrario constituida por los libros de contabilidad del deudor, ...” DEBE DECIR: “Para los efectos del impuesto se presume, salvo prue- ba en contrario constituida por los libros de contabili- dad del deudor, ...” - En la página Nº 257975, inciso d) del artículo 28º de la Ley: DICE: “d) Las ganancias de capital capital y los ingresos por operaciones habituales a que se refieren los Artículos 2º y 4º de esta Ley, respectivamente.” DEBE DECIR: “d) Las ganancias de capital y los ingresos por ope- raciones habituales a que se refieren los Artícu- los 2º y 4º de esta Ley, respectivamente.”- En la página Nº 257977, último párrafo del numeral 2) del inciso e) del artículo 32º-A de la Ley: DICE: “…. 2) El método del precio de reventa (…)El margen de utilidad bruta del comprador se cal- culará dividendo la utilidad bruta entre las ventas netas.” DEBE DECIR: “…. 2) El método del precio de reventa (…)El margen de utilidad bruta del comprador se cal- culará dividiendo la utilidad bruta entre las ven- tas netas.” - En la página Nº 257977, último párrafo del numeral 3) del inciso e) del artículo 32º-A de la Ley: DICE: “…. 3) El método del costo incrementado (…) El margen de costo adicionado se calculará divi-dendo la utilidad bruta entre el costo de ventas.” DEBE DECIR:“…. 3) El método del costo incrementado (…) El margen de costo adicionado se calculará divi- diendo la utilidad bruta entre el costo de ventas.” - En la página Nº 257977, numeral 6) del inciso e) del artículo 32º-A de la Ley: DICE:“…. 6) El método del margen neto transaccional Consiste en determinar la utilidad que hubieran obtenido partes independientes en operaciones comparables, teniendo en cuenta factores de ren-tabilidad basados en variables, tales como acti- vos, ventas, gastos, costos, flujos de efectivo, entre otros.Mediante Decreto Supremo se regularán los cri- terios que resulten relevantes para establecer el método de valoración más apropiado.” DEBE DECIR: “…. 6) El método del margen neto transaccional Consiste en determinar la utilidad que hubieranobtenido partes independientes en operaciones comparables, teniendo en cuenta factores de ren- tabilidad basados en variables, tales como acti-vos, ventas, gastos, costos, flujos de efectivo, entre otros. Mediante Decreto Supremo se regularán los criterios que resulten relevantes para establecer el método de valoración más apropiado.” - En la página Nº 257977, encabezado del artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 945: DICE:Artículo 23º.- Renta bruta de quinta categor ía “Incorpórese, como inciso f) del Artículo 34º de la Ley,los siguientes textos: ….”