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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2004 (09/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 191-2003-EF Mediante Oficio Nº 011-B-2004-SCM-PR, la Secre- taría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 191-2003-EF, publica-da en nuestra edición del día 27 de diciembre de 2003. - En la página Nº 258341, en la nota al pie del Formu- lario Nº 3 - Formulario de Remesa de Dividendos y Utili- dades anexo al Decreto Supremo Nº 191-2003-EF: DICE: "La documentación deberá ser presentada a través del sistema financiero nacional, al momento de solicitar la remesa, y remitida a CONITE en el plazo (...)" DEBE DECIR: "La documentación deberá ser presentada a través del sistema financiero nacional, al momento de solicitar la remesa, y remitida a PROINVERSIÓN en el plazo (...)" - En la página Nº 258342, en el último párrafo de la nota al pie del Formulario Nº 4 - Formulario de Remesasde Regalías anexo al Decreto Supremo Nº 191-2003-EF: DICE:"La documentación deberá ser presentada a través del sistema financiero nacional, al momento de solicitarla remesa, y remitida a CONITE en el plazo (...)" DEBE DECIR:"La documentación deberá ser presentada a través del sistema financiero nacional, al momento de solicitarla remesa, y remitida a PROINVERSIÓN en el plazo (...)" 00338 EDUCACIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G2C/G20/G6C/G61/G20/G4F/G45/G49/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G43/G45/G52/G4C/G41/G4C/G43/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C /G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2004-ED Lima, 8 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2003-ED, se declara en Emergencia el Sistema Educativo Nacional du- rante el Bienio 2003 - 2004, facultándose al Ministerio de Educación para que adopte, tanto las medidas inmediatasque resulten necesarias, así como para la elaboración de un "Programa Nacional de Emergencia Educativa 2004"; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 029- 2003-ED, se dictan los "Lineamientos del Programa Na- cional de Emergencia Educativa 2004", aprobándose como uno de los ejes: Calidad y Cultura de Éxito Educa-tivo, entre ellos, el Programa de Capacitación y Materia- les Educativos para Inicial y Primaria, el Programa de Módulos de Material Didáctico para Primaria, y el Pro-grama de Fortalecimiento de Lenguaje-Comunicación, Ciencia-Matemática y Formación en Valores; Que, mediante Oficio Nº 1278-UDECREEIP-DINEIP- 2003, la Dirección Nacional de Educación Inicial y Pri- maria solicita la adquisición de materiales educativos para ser distribuidos a los estudiantes y docentes deeducación primaria de los Centros Educativos Públicos del país, al inicio del año escolar 2004; Que, mediante Oficio Nº 2834-2003-ME/SG-OA, la Oficina de Administración sugiere que el citado proceso se lleve adelante utilizando el procedimiento de Conve-nio de Administración de Recursos con un Organismo Internacional y, asimismo, mediante Oficio Nº 004-2004- ME/SG-OA, propone a la Organización de Estados Ibe-roamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI y el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC como organis-mos internacionales que presenten una propuesta con- junta para el cumplimiento de dicho encargo; Que, mediante Informe Nº 001-2004-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto, se ha pronunciado favorable- mente respecto a la utilización de dicho procedimiento, evaluando las ventajas y desventajas, así como, la previ-sión presupuestal para tal fin; asimismo, manifiesta la conformidad de la suscripción de un Convenio entre el Ministerio de Educación y el Consorcio OEI y CERLALCpara posibilitar la transferencia de recursos financieros hasta por el monto de S/. 47'000,000.00 (Cuarenta y sie- te millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI y el Cen- tro Regional para el Fomento del Libro en América Lati-na y el Caribe - CERLALC, son organismos interna- cionales e intergubernamentales que prestan servicios de asesoría técnica a los Gobiernos Iberoamericanos enla definición y aplicación de políticas, programas, pro- yectos y acciones para la promoción de la cultura e im- pulsan la ejecución nacional de proyectos, buscando for-talecer las capacidades técnicas e institucionales exis- tentes en el país; Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, establece que "los Convenios de Admi- nistración de Recursos, Costos Compartidos u otras mo-dalidades similares que las Entidades del Gobierno Na- cional suscriban con organismos o instituciones interna- cionales para encargarles la administración de sus recur-sos, deben aprobarse por Resolución Suprema refrenda- da por el Ministro del Sector correspondiente, previo infor- me de la Oficina de Presupuesto y Planificación o la quehaga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertación así como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento. El procedimientoseñalado se empleará también para el caso de las adden- das, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifi- quen o añadan metas no contempladas originalmente "; Que, después de evaluar las ventajas y desventajas presentadas por los organismos internacionales antes mencionados, se ha considerado conveniente llevar acabo el proceso de impresión y distribución de los mate- riales educativos a cargo de los mismos, siendo necesa- rio suscribir un Convenio con las citadas instituciones,por sus reconocidas experiencias en el Sector, reduc- ción en los costos del proyecto y contar con consultores especializados de alto nivel; Que, en consecuencia resulta necesario celebrar un Convenio de Administración de Recursos entre el Minis- terio de Educación y la Organización de Estados Ibero-americanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI y el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC y transferir losrecursos para tal fin; Con la opinión favorable de la Unidad de Presupues- to; la Dirección Nacional de Educación Inicial y Primariay la Oficina de Administración del Ministerio de Educa- ción, expresado respectivamente en el Informe Nº 001- 2004-ME/SPE-UP, el Oficio Nº 1278-UDECREEIP-DI-NEIP-2003 y el Memorándum Nº 004-2004-ME/SG-OA que hace suyo el Informe Nº 001-2004-ME/SG-OA-UA; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Ley Nº 25565 y los Decretos Supremos Nºs.51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la suscripción de un Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de