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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2004 (09/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 manas, lesiones personales, daño ambiental, daño a los bienes o en perjuicio económico. 2.8 Incidente de protección: Cualquier circunstan- cia, activa, pasiva o sospechosa, en la cual elementos humanos intenten o concreticen actos ilícitos contra lainstalación portuaria, sus facilidades, las cargas, las per- sonas, buques que operen en ella o que concreticen di- chas acciones contra terceros utilizando la instalación oal buque, su carga o su tripulación como intermediario de estos actos ilícitos. Comprende asimismo la utiliza- ción del buque, la tripulación o su carga como objeto ointermediario para llevar a cabo actos de piratería, robo, hurto, polizonaje, terrorismo, contrabando, trafico de dro- gas o precursores, tráfico de armas, esclavitud, inmigra-ción ilegal, etc. 2.9 Instalación Portuaria: Lugar en el cual tienen lugar las operaciones vinculadas con la interfaz buque -puerto. Esta incluirá, según sea necesario, zonas como fondeaderos, atracaderos de espera y accesos desde el mar, entre otros. 2.10 Interfaz Buque - Puerto: Interacción que tiene lugar cuando un buque se ve afectado directa e inmedia- tamente por actividades que entrañan el movimiento depersonas o mercancías o la provisión de servicios al bu- que o desde éste, estando en el área de control opera- cional del puerto. 2.11 Nivel de Protección: Graduación del riesgo de que ocurra o se intente provocar un suceso que atente contra la protección marítima de la instalación portuaria,asociada a las contramedidas de protección marítima que deban implementarse para asegurar la protección del buque. 2.12 Nivel de Protección 1: Es el nivel al que funcio- nan normalmente los buques e instalaciones portuarias. En este nivel deberán mantenerse medidas mínimas ade-cuadas de protección en todo momento. En el proceso de evaluación de protección, implica que el incidente tal vez no amerite analizar la necesidad de aplicar una me-dida de mitigación y, por lo tanto, sólo debe documentar- se de modo que sea considerado en las próximas revi- siones del Plan. Sin embargo, cuando se trate de medi-das con bajo costo de implementación, deberá conside- rarse su implementación. 2.13 Nivel de Protección 2: Es el nivel que se apli- cará si hay un incremento del riesgo de que se pro- duzca un suceso que afecte a la protección marítima. En este nivel deberán mantenerse medidas adecua-das de protección adicionales durante un período de tiempo. En el proceso de evaluación de protección, significa que debe analizarse detalladamente la ne-cesidad de aplicar medidas de mitigación, para el in- cidente evaluado. 2.14 Nivel de Protección 3: Es el nivel que se apli- cará durante el período de tiempo en que sea probable o inminente un suceso que afecte a la protección maríti- ma. En este nivel deberán mantenerse durante un perío-do de tiempo medidas adicionales a los niveles de pro- tección 1 y 2, aunque no sea posible determinar el blan- co concreto. En el proceso de evaluación de protección,significa que necesariamente deben implementarse me- didas para reducir el nivel de riesgo (mitigación). Estas estrategias pueden incluir medidas y/o procedimientosde protección, a fin de reducir el riesgo para dicho inci- dente de protección. 2.15 Oficial de la Compañía para la Protección Ma- rítima (OCPM): La persona designada por la compañía para asegurar que se lleve a cabo una evaluación sobre la protección del buque y que se desarrolle el plan deprotección del buque respectivo, el cual será presentado a la Autoridad Marítima Nacional para su aprobación y auditoria de implementación, así como, para supervisarel trabajo del oficial de protección del buque en la imple- mentación y mantenimiento de dicho plan a bordo, de- biendo coordinar con los Oficiales de Protección de lasInstalaciones Portuarias y con el Oficial de Protección del Buque, en todos los aspectos necesarios para que las medidas de protección marítima establecidas en elplan se cumplan. 2.16 Oficial de Protección del Buque (OPB): La per- sona a bordo del buque, responsable de la aplicación delas medidas de protección del mismo, incluidos la imple- mentación y el mantenimiento del plan de protección y para la coordinación con el Oficial de la Compañía parala Protección Marítima y con los Oficiales de Protección de las Instalaciones Portuarias 2.17 Oficial de Protección de la Instalación Por- tuaria (OPIP): La persona designada para asumir la res- ponsabilidad de la elaboración, implementación, revisióny actualización del plan de protección de la instalación portuaria, y para la coordinación con los Oficiales de Pro- tección de los Buques y con los Oficiales de las Compa-ñías para la Protección Marítima. 2.18 Organización de Protección Reconocida (OPR): Persona natural o jurídica debidamente recono- cida por la Autoridad Marítima, especializada en cues- tiones de protección y con un conocimiento adecuado de las operaciones de los buques y de las instalacionesportuarias, autorizada para realizar actividades de ase- soramiento a las compañías operadoras de naves sobre análisis de riesgo y desarrollo de Evaluaciones y Planesde Protección del buque. 2.19 Plan de Protección del Buque (PPB): Conjun- to de disposiciones a adoptar que se elaboran en fun-ción de las recomendaciones obtenidas de la Evalua- ción de Protección del buque aprobada por la Autoridad Marítima Nacional, para asegurar la aplicación de las me-didas aprobadas para incrementar la protección maríti- ma del buque, de los riesgos específicos de un incidente que afecte el sistema de protección implementado por lacompañía en el buque. 2.20 Puerto.- Área geográfica que ocupando espa- cios terrestres y acuáticos situados en las riberas del mar,ríos y lagos navegables, reúne las condiciones físicas, naturales o artificiales, y de organización que permiten las operaciones del tráfico portuario y que ha sido crea-da y autorizada para el desarrollo de estas actividades por la autoridad competente. 2.21 Riesgo: Efecto combinado de la gravedad de un incidente, la amenaza de ocurrencia del mismo y la vulnerabilidad del buque o sus operaciones en una ins- talación portuaria. RIESGO = Gravedad x Amenaza x Vulnerabilidad 2.22 Vulnerabilidad: Predisposición o susceptibilidad que tiene un elemento a ser afectado por un incidente de protección. Consta de 4 (cuatro) elementos que deberánser considerados y se detallan a continuación: a) Disponibilidad: La presencia y predicción sobre la habilidad de planear un ataque. b) Accesibilidad: Facilidad de producir el incidente, sobre las barreras físicas y geográficas que determinanla amenaza sin seguridad orgánica. c) Protección orgánica: La habilidad del personal de seguridad para detener un incidente, esto incluye losplanes de seguridad, capacidad de comunicación, guar- dia, detección de intrusos y tiempo de reacción de las fuerzas externas para prevenir el incidente. d) Estructura del Buque: La capacidad del buque de soportar un incidente específico basado en la com- plejidad del diseño y los materiales de construcción. CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DEL BUQUE Artículo 3º.- Los niveles de protección a bordo 1, 2, y 3, serán establecidos y difundidos por la Autoridad Marí- tima a través de sus organismos competentes, debién- dose tomar las medidas adecuadas conforme lo esta-blece el Plan de protección de a bordo. Artículo 4º.- El buque informará a través de su com- pañía a la Autoridad Marítima Nacional del cambio denivel de protección a la brevedad posible, pudiendo la compañía y/o el capitán de la nave ordenar también me- didas adicionales de protección marítima cuando las cir-cunstancias así lo ameriten. CAPÍTULO III DE LA EVALUACIÓN DE LA PROTECCIÓN DEL BUQUE Artículo 5º.- La evaluación de la protección del bu- que es un elemento esencial e integral del proceso de