Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2004 (17/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 174º.- Son funciones de la Subgerencia de Ejecucion Coactiva Administrativa: a) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Subgerencia. b) Elaborar y proponer el Plan Anual de actividades de la Subgerencia y presentar los avances mensuales de su labor a la Gerencia Central de Desarrollo Local. c) Calificar el acto administrativo y de ser el caso, dar inicio del procedimiento de ejecucion coactiva, asi como darle prioridad a los procedimientos sobre medidas cautelares previas por salud, higiene y seguridad. d) Aplicar las medidas cautelares previas y los actos de ejecucion forzosa que establecen las Ordenanzas, Leyes, Reglamentos y otras normas respecto a las obligaciones de hacer y no hacer transferidas a la Subgerencia. e) Requerir a las unidades organicas que corresponda, la informacion necesaria a fin de determinar la procedencia de la suspension del Procedimiento de Ejecucion Coactiva. f) Llevar un registro y archivo de las actuaciones realizadas en el Procedimiento de Ejecucion Coactiva. g) Ejecutar las garantias o compromisos ofrecidos por los obligados de acuerdo a ley. h) Elaborar proyectos de normas y directivas, para la mejor aplicacion de los procedimientos coactivos. i) Revisar y presentar informes sobre documentos que MORDAZA enviados para opinion. j) Administrar la informacion que se procese en el Sistema Informatico con que cuente la unidad organica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. k) Informar a la Gerencia Central de Desarrollo Local sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el MORDAZA sancionador y requerir la implementacion de soluciones tecnologicas asociadas a dichos procesos. l) Administrar el Sistema de Tramite Documentario en el ambito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. m) Informar mensualmente al Gerente Central de Desarrollo Local, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. n) Cumplir con las demas funciones delegadas por el Gerente Central de Desarrollo Local. Subgerencia de Defensa Civil

h) Llevar el registro de las Notificaciones Administrativas y de las Resoluciones de Sancion, que permita el seguimiento y evaluacion de las sanciones emitidas. i) Mantener inventariado todos los recursos en general aplicables a la Defensa Civil. j) Efectuar programas de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en el Distrito, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas vigente. k) Ejecutar el planeamiento, coordinacion y supervision de obras de prevencion en general en el distrito. l) Organizar Brigadas de Defensa Civil, capacitandolas para su mejor desempeno. m) Identificar peligros, analizar las vulnerabilidades y estimar riesgos para tomar las medidas de prevencion mas efectivas. n) En caso de desastre, como Secretaria Tecnica, mantener informado al presidente del Comite y a los diversos Comites de Apoyo, la evaluacion de danos y las acciones de rehabilitacion realizada en el ambito de su responsabilidad. o) Informar oficialmente a los medios de comunicacion sobre las acciones de Defensa Civil, por delegacion del Presidente del Comite. p) Preparacion y realizacion de simulacros y simulaciones en Centros Educativos, laborales, comunales, locales publicos y privados. q) Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Integral del Distrito, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 73-2002-ACSS del 4 de octubre de 2002, especialmente de los que requieren su directa participacion, como: Programa de capacitacion en prevencion de la inseguridad; Programa "Colegios Seguros"; Preparacion comunitaria para la disminucion de riesgos naturales y ambientales. r) Administrar la informacion que se procese en el Sistema Informatico con que cuente la unidad organica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. s) Administrar el Sistema de Tramite Documentario en el ambito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. t) Informar mensualmente al Gerente Central de Desarrollo Local, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. u) Cumplir con las demas funciones delegadas por el Gerente Central de Desarrollo Local y el Alcalde. Subgerencia de Asesoria Legal

Articulo 175º.- La Subgerencia de Defensa Civil esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de subgerente, el mismo que actuara como Secretario Tecnico del Comite de Defensa Civil; quien depende jerarquicamente del MORDAZA y, funcionalmente, del Gerente Central de Desarrollo Local. Articulo 176º.- Son funciones de la Subgerencia de Defensa Civil: a) Planear, dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en la Municipalidad. b) Prestar servicios tecnicos de inspeccion y otro de seguridad en Defensa Civil, dentro de su capacidad, a las unidades organicas de la municipalidad y a todo nivel, aplicando las normas tecnicas de seguridad tanto las emitidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), como por otras entidades competentes de acuerdo a la normatividad vigente. c) Ejecutar planes de prevencion, emergencias y rehabilitacion en el distrito. d) Promover y ejecutar acciones de capacitacion en Defensa Civil a todo nivel. e) Apoyar en la elaboracion del Plan de Defensa Civil del distrito. f) Fiscalizar, notificar y calificar el incumplimiento de las normas de seguridad en su ambito de competencia y, efectuar el seguimiento correspondiente conforme a las directivas aprobadas por la Alta Direccion. g) Proyectar las resoluciones de Gerencia de Desarrollo Economico o de Desarrollo MORDAZA, segun corresponda, para la aplicacion de la sancion administrativa en primera instancia, en el ambito de su competencia y efectuar el seguimiento correspondiente conforme a las directivas aprobadas por la Alta Direccion.

Articulo 177º.- La Subgerencia de Asesoria Legal esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de subgerente, quien depende funcional y jerarquicamente del Gerente Central de Desarrollo Local. Articulo 178º.- Son funciones de la Subgerencia de Asesoria Legal: a) Absolver consultas y emitir informes ante requerimientos de las unidades organicas adscritas a la Gerencia Central de Desarrollo Local. b) Revisar y/o proponer la normatividad especifica de orden institucional para el perfeccionamiento de la gestion municipal, conforme a la legislacion general vigente. c) Informar oportunamente a las unidades organicas competentes sobre modificaciones legales e implicancias que puedan tener en el desempeno de sus funciones. d) Emitir opinion legal en los procedimientos administrativos que deben ser resueltos por la Gerencia Central de Desarrollo Local. e) Proyectar las Resoluciones de Gerencia Central de Desarrollo Local, que resuelva en MORDAZA instancia los recursos de apelacion interpuestos contra las resoluciones de sancion emitidas por las Unidades Organicas competentes de la Municipalidad; asi como sobre los recursos administrativos de reconsideracion y/o apelacion sobre otras resoluciones gerenciales, segun sea el caso. f) Elaborar el proyecto de resolucion de Gerencia Central de Sancion, donde se meritue la adopcion de medidas provisionales, a fin de cautelar el cumplimiento de la resolucion de Gerencia Central en MORDAZA instancia. g) Visar proyectos de Resolucion y de normatividad emitidos por la Gerencia Central de Desarrollo Local, en senal de conformidad con la legalidad de dicho acto administrativo.

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