TEXTO PAGINA: 29
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G30/G30/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de enero de 2004 Artículo Segundo.- CONDONAR las multas tributarias de todos los contribuyentes que no tengan deudas tributa-rias por Impuestos y Arbitrios al 28 de febrero del 2004. siempre que cumplan los siguientes requisitos: a) Presentar la solicitud de condonación en formato aprobado por la Unidad de Cobranzas o la Subgerencia de Recaudación y Orientación al contribuyente. b) Desistirse de todo recurso impugnativo respecto a la multa que se condona y el tributo al que se encuentra asociado. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y a las dependencias a su cargo el cum-plimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de comisión, así como de la Lectura y aprobación del acta para su inme-diata entrada en vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 00993 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 098 Lince, 15 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, el Dictamen Conjunto Nº 032-2003-MDL-CAL-CSCPV, de las Comisiones de Asuntos Legales y de Servicios a la Ciu- dad y Participación Vecinal; referente al proyecto de Orde-nanza del Programa Juventudes de Lince, presentado por la Gerencia de Servicios Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, son funciones de las Municipalidades la organi- zación, promoción, difusión y defensa de los derechos de los ciudadanos del distrito de Lince; Que, el inciso 6.2 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que éstas son competentes en materia de servicios sociales locales, ad-ministrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población de riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la pobla-ción; Que, el inciso 2.9 del Artículo 84º del precitado cuerpo legal, establece como funciones específicas y exclusivasde las Municipalidades Distritales, promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su partici-pación activa en la vida política, social, cultural y económi- ca del gobierno local; Que, asimismo el inciso e) del Artículo 11º de la Ley Nº 27802 - Ley del Consejo Nacional de la Juventud, estable- ce que la Comisión Nacional de la Juventud, es compe- tente para formular, diseñar y aprobar planes, programas yproyectos que atiendan las demandas y aspiraciones acor- des a los derechos, deberes y obligaciones de la juventud desde la visión local, regional y nacional; Que, el Artículo 18º de la Ordenanza Nº 462 del "MAR- CO SOBRE EL SISTEMA METROPOLITANO DE PRO- MOCIÓN Y GESTIÓN DE POLÍTICAS DE JUVENTUD",establece que las Municipalidades Distritales asignarán las funciones y competencias establecidas en la citada Orde- nanza para el PROMEJ, cuyos lineamientos generales se-rán los de normar, promover, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades orientadas a la participación y protagonismo juvenil en el distrito, implementando para ellolas estrategias necesarias;Que, en este contexto, es necesario incorporar como área dependiente de la Jefatura de Promoción Social al"Programa Juventudes de Lince" (Juventudes) que cum- plirá las funciones de difusión, promoción, participación y organización de los vecinos que pertenecen al sector juve-nil y todos aquellos relacionados a la participación de los jóvenes de Lince; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, el Concejoaprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Dis-trital de Lince, incorporando como Área dependiente de la Jefatura de Promoción Social, al Programa Juventudes de Lince (Juventudes). Artículo Segundo.- El Programa Juventudes de Lince (Juventudes) tiene como finalidad promover y fomentar el desarrollo integral de la juventud así como las de sus orga-nizaciones para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en el ámbito político, social, cultural, económico y deporti-vo de la comunidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Gene- ral, Gerencia de Presupuesto y Planificación y a la Geren-cia de Servicios Sociales a través de la Jefatura de Promo- ción Social el cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 00961 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G49/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G73/G20/G79/G20/G47/G61/G73/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ACUERDO DE CONCEJO Nº 092-2003 Lince 15 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 033-2003-MDL-CEA-CAL, de las Comisiones de Economía y Administración y de Asuntos Legales; referente a la aprobación del Presupuesto Institu-cional de Apertura 2004 de la Municipalidad Distrital de Lin- ce y los Informes Nº 187-03-GG-MDL de la Gerencia Ge- neral y Nº 210-2003-MDL-GPP de la Gerencia de Presu-puesto y Planificación respectivamente, mediante el cual se recomienda la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del año 2004 de la Municipalidad Distrital deLince, adjuntando para tal efecto el Proyecto del Presu- puesto Institucional de Apertura 2004; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en los incisos 1) y 16) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, corresponde al Concejo Municipal, entre otros, aprobar el Presupuesto Anual dentro de los plazos señala- dos por Ley; Que, conforme a lo establecido en el numeral 22.4), Artículo 22º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do Ley Nº 27209 cada Municipalidad Distrital aprueba surespectivo Presupuesto Institucional, en concordancia con lo prescrito en el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú; Que, la Dirección Nacional del Presupuesto Público mediante Resolución Directoral Nº 020-2003-EF/76.01 ha aprobado la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01 para la Pro-