Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2004 (18/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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del 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico; establecen que cada Entidad debe elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Publicas y Adjudicaciones Selectivas que se realizaran en el ano fiscal correspondiente; Que, la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas ha emitido el Informe Nº 0062004-SGL/GAF/MDB de fecha 9 de enero del 2004, que consolida los requerimientos de las areas usuarias de la Municipalidad para la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en MORDAZA con el Presupuesto Institucional de Apertura 2004, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 078-2003-CDB de fecha 29 de diciembre del 2003; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular del Pliego, la MORDAZA autoridad administrativa o cualquier otro organo o funcionario en el que se MORDAZA delegado dicha funcion, conforme con lo dispuesto en el articulo 7º de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el articulo 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre del 2003; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones cuenta con las visaciones de la Gerencia de Administracion y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Subgerencia de Logistica; RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Barranco para el Ejercicio Presupuestal 2004, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas ejecute las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad, gestionando en su oportunidad la aprobacion de los Procesos de Seleccion, conforme a la programacion establecida en el Plan Anual. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento del Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, dentro de los dias habiles establecidos en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE. Articulo 4º.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado en la presente Resolucion sea puesto a disposicion del publico en la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 00980

Huarochiri, que mediante Ordenanza Municipal Nº 000011de fecha 28 de agosto del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de setiembre del 2003, en forma totalmente ilegal ha incluido como parte de su jurisdiccion, el Cementerio de Collique y el terreno eriazo adyacente de 85.00 ha. que fuera destinado a Relleno Sanitario ubicado al final de la Av. Revolucion, del distrito de Comas; asimismo, evaluada la base grafica de las coordenadas establecidas en la Ordenanza indicada, se tiene que dentro de los linderos especificados, ocupan areas que se encuentran dentro de la jurisdiccion del distrito de Comas, comprendiendo parte del AA.HH. de Collique III, IV y V Sector, y de los AA.HH. Nueva Union, Nueva Generacion, MORDAZA MORDAZA Gamez, MORDAZA La Paz, Las MORDAZA de Collique, Las Casuarinas de Collique, MORDAZA MORDAZA, Los Claveles de Collique, MORDAZA de Collique, MORDAZA MORDAZA y Senor MORDAZA de Ayavaca; Asentamientos Humanos todos que constituyen la MORDAZA MORDAZA anexa que forma parte del distrito de Comas y que fueran formalizados oportunamente por COFOPRI, habiendose procedido a la desmembracion de sus perimetricos del terreno de la Comunidad Campesina de Jicamarca; situacion que manifiesta preocupacion debido a que el patrimonio de la jurisdiccion del distrito de Comas se ve seriamente amenazado de ser invadido; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal Provincial de Huarochiri, mediante Ordenanza Municipal Nº 000011del 28 de agosto del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de septiembre del 2003, en forma totalmente ilegal y antitecnica ha incluido como parte de su jurisdiccion, el Cementerio de Collique y el terreno eriazo adyacente de 85.00 ha. que fuera destinado a Relleno Sanitario ubicado al final de la Av. Revolucion, del distrito de Comas; Que, asimismo, evaluada la base grafica de las coordenadas establecidas en la Ordenanza indicada, se tiene que dentro de los linderos especificados, se ocupan areas que se encuentran dentro de la jurisdiccion del distrito de Comas, comprendiendo parte del AA.HH. de Collique III, IV y V Sector, y de los AA.HH. Nueva Union, Nueva Generacion, MORDAZA MORDAZA Gamez, MORDAZA La Paz, Las MORDAZA de Collique, Las Casuarinas de Collique, MORDAZA MORDAZA, Los Claveles de Collique, MORDAZA de Collique, MORDAZA MORDAZA y Senor MORDAZA de Ayabaca; Asentamientos Humanos todos que constituyen la MORDAZA MORDAZA anexa que forma parte del distrito de Comas y que fueran formalizados oportunamente por COFOPRI, habiendose procedido a la desmembracion de sus perimetricos del terreno de la Comunidad Campesina de Jicamarca; situacion que motiva a que el patrimonio de la jurisdiccion del distrito de Comas se vea seriamente amenazada de ser invadida; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 011-2000-C/MC del 2 de febrero del 2000, de la Municipalidad de Comas, se declara area de expansion MORDAZA el terreno de 85 Has. adyacente al Cementerio del AA.HH. Collique, del distrito de Comas, sobre la base de Proyecto de Impacto Ambiental del Relleno Sanitario e Informes de evaluacion del terreno eriazo que presentaran las Direcciones de Saneamiento Ambiental y Desarrollo Urbano; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 434 del 29 de noviembre del 2002, publicada el 20 de diciembre del 2002 en el Diario Oficial El Peruano, declaro Procedente la anexion al Area MORDAZA y asignacion de Zonificacion OU para el terreno eriazo de 85.00 has. Adyacente al Cementerio de Collique, al final de la Av. Revolucion, distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, a ser habilitado como relleno sanitario; Que, segun Informe Tecnico Nº 153-2003-MMO-HUDCOHU-DDU-MC de Catastro, Ornato y Habilitaciones Urbanas se senala que la MORDAZA quebrada indicada no resulta aparente para el cambio de zonificacion solicitada por la anterior gestion para relleno sanitario, debido principalmente a la cercania de los Asentamientos Humanos; mas si como MORDAZA de reserva ecologica y arqueologica en tanto este terreno forma parte del entorno monumental prehispanico por la presencia de restos arqueologicos en todo el territorio jurisdiccional de Comas; Que, conforme el Art. 3º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades se establece que las Municipalidades provinciales ejercen jurisdiccion sobre el territorio de la respectiva provincia y el distrito del cercado y la Municipalidad Distrital sobre el territorio de su distrito; en este

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Declaran MORDAZA Intangible y de reserva natural a terreno ubicado en el distrito
ORDENANZA Nº 103-C/MC Comas, 31 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de diciembre del 2003, el Dictamen de la Comision de Demarcacion Territorial del distrito de Comas, en relacion a la actitud asumida por el Concejo Municipal Provincial de

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