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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2004 (28/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 Que, con respecto a la Observación Nº 08, Pago in- debido de S/. 9,876.60 por concepto de prueba hidráu- lica sin haber ejecutado el trabajo en la Valorización Nº 04 de la Obra “TANQUE ELEVADO II ETAPA”, siendo los presuntos responsables: El ex Director de Infraestructura Ing. ISAIAS GONZALES RAMIREZ, y el ex Inspector de Obras Ing. César Augusto Cárdenas Rojas. La Universi-dad Nacional de Ucayali mediante Resolución Nº 195-95- CU-UNU del 8 de junio de 1995, aprobó la asignación pre- supuestal para la ejecución de la obra antes citada por unmonto de S/.28,017.00 incluido el IGV, correspondiendo a la prueba hidráulica el monto de S/.9,876.60, la UNU efec- tuó el pago a la Empresa NYCSA, la Valorización Nº 04según comprobante Nº 011 del 22 de enero de 1997 por la suma de S/. 42,049.63, el mismo que incluía el pago de la prueba hidráulica, que según inspección física realizadapor el Ingeniero de la Comisión de Auditoría, no se llegó a realizar; Detalle del Presupuesto de la partida de Prueba Hidráulica: ÍTEM DESCRIPCIÓN METRADO PRECIO TOTAL S/. M3 UNITARIO 4.00 Prueba Hidráulica 200.00 33.48 6,696.00 Costo Directo 6,696.00 Gastos generales (15%) 1,004.40 Utilidad 669.60 Subtotal 8,370.00 I.G.V . 18% 1,506.60 TOTAL 9,876.60 Que, se advierte del informe de Contraloría de la Repú- blica, que el ex Director de Infraestructura habría ordenadoel pago sin verificar la ejecución de los trabajos, lo cual ocasionó un desembolso indebido a la UNU, de S/. 9,876.60 a favor del Contratista quien no había terminado de reali-zar la prueba hidráulica. El ex Director de Infraestructura ISAIAS GONZALES RAMIREZ, hace su descargo median- te Oficio Nº 001/00-IGR-UNU del 3 agosto del 2000, mani- festando que el pago de la Valorización Nº 04 se efectuó de acuerdo al Decreto Nº 1072/96-SG-UNU, disponiendo laelaboración y trámite de la Valorización Nº 04, sin embargo estas disposiciones deberían haberse efectuado con arre- glo a ley, además refiere que el inspector de obra mediantecarta Nº 004/97-INSP-CCR, elaboró la valorización inclu- yendo el costo de la partida 4.00 prueba hidráulica dándo- se por ya efectuada y que con Oficio Nº 033-97-DGI-UNUse solicitó su pago, comentario que no desvirtúa su res- ponsabilidad; Que, el Ing. César Augusto Cárdenas Rojas ex Inspec- tor de la Obra, mediante Carta Nº 035-2001-CCR. de fe- cha 18 de julio del 2001, refiere que la Valorización Nº 04 debió realizarse por cuanto en esa oportunidad se estabarealizando la prueba hidráulica y existía filtraciones en la cuba de tanque elevado y agrega que al remitir la carta Nº 004-976-INCP-CCR del 13 de julio de 1997, la comisión derecepción de obra de la UNU había suscrito una Acta de Observaciones, por lo que señala que en el capítulo 5.5.10 de la Recepción de Obras del RULCOP se deduce paraque la Comisión intervenga en la recepción de Obra éste debe encontrarse terminada o con observaciones no indi- ca que debe retenerse la valorización final hasta que elcontratista subsane las observaciones, habiéndose gene- rado un exceso del inspector de obras al querer retener la Valorización Nº 04, por lo que se procedió a tramitar la va-lorización, versión que no desvirtúa la observación plan- teada; Que, por lo antes expuesto el Ing. Isaías Gonzáles Ra- mírez ex Director de Infraestructura al haber solicitado el pago de la Valorización Nº 04 de la Obra Tanque Elevado II Etapa, que incluía la prueba hidráulica, trabajos que noestaban siendo ejecutados por el contratista ha incumplido el Art. 61º Inc. c) del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la UNU, y en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Dec.Leg. Nº 276, del mismo modo el Ing. César Augusto Cár- denas Rojas, ex inspector de Obras por haber sugerido al ex Director General de Infraestructura mediante carta Nº004-97-INSP-CCR del 13 de julio de 1997 el pago de la Valorización Nº 04 que incluía la prueba hidráulica, que no había sido ejecutada, incumpliendo sus funciones estable-cidos en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Dec. Leg. Nº 276; Que, sobre la Observación Nº 09 falta de liquidación técnica y financiera de las obras ejecutadas por admi-nistración directa con contrato de mano de obra, por un monto de S/.190,030.19, en las obras de enero a ju- nio de 1996, siendo éstas ampliación y mejoramiento de la Dirección de coordinación de servicios Académi-cos, (Empresa Conservis), Adecuación de Almacén central a Laboratorios (Empresa NICOSI S.C.R. Ltda), Ampliación y mejoras del Comedor de la UNU (Losetasy Terrazo Ucayali), Adecuación de la oficina de Internet (Construcciones García), Adecuación de la Oficina de Caja y Almacén (NICOSI S.C.R. Ltda), siendo los pre- suntos responsables el ex Director de Infraestructura Isaías Gonzáles Ramírez, y el ex Director de Infraestructura Mar- co Antonio Chota Isuiza, de la revisión efectuada por laContraloría General de la República a la documentación que sustenta a la ejecución de las obras realizadas en la modalidad de administración directa con contrato de manode obra, se ha determinado que éstas se encuentran cons- truidas y con Acta de Recepción suscritas al término de las mismas; sin embargo no se ha realizado la liquidacióntécnica y financiera de las obras, Incumpliéndose con lo establecido en la norma 11, del Art. 1º de la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, ocasionado por la inacción delos ex funcionarios responsables de ejecutar las liquida- ciones técnicas financieras, los ex Direct ores de Infraes- tructura, al no adoptar medidas oportunamente, no sepuede establecer si el gasto ejecutado por cada obra, corresponde a los requerimientos propios de las mismas y si están de acuerdo a lo presupuestado, por tanto, noes posible opinar respecto a la administración de la cons- trucción de las obras llevadas a cabo por la UNU por un monto de S/.190,030.19, en tal sentido conforme a lo esta- blecido en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Dec. Leg. Nº 276, se ha determinado la existencia de responsabilidad administrativa de los ex Directores Generales de Infraes-tructura, Isaías Gonzáles Ramírez, y Marco Antonio Chota Isuiza, por haber incumplido las funciones establecidas en el Art. 61º Inc. a) del Reglamento de Organizaciones yFunciones (ROF) de la UNU; Que, sobre la Observación Nº 10, la falta de aná- lisis de saldos de las cuentas, entregadas a rendircuenta por S/. 1’363.304.00 y activos fijos, por S/. 52’812,826.00, balance general al 31 de diciembre de 1999, presentado a la CONTADURÌA PÚBLICA DE LANACIÓN. Siendo presuntos responsables, EDGARDO LEONCIO BRAÚL GOMERO, ex Director General de la Oficina de Administración, RAÚL JAVIER GUTIERREZPINEDA, ex Jefe de la Oficina de Contabilidad y Presu- puesto de la UNU, CARLOS ANGEL LIZARZABURU LU- JAN, ex Jefe de la oficina de Contabilidad y Presupuestode la UNU, luego de analizado la observación realizada por la Contraloría General de la República, se puede con- cluir que habiéndose verificado los rubros entregadas arendir cuenta y activos fijos del Balance General al 31de diciembre de 1999, no se encuentran sustentadas con el análisis de cuentas respectivas, esto se ha evidenciado enla revisión efectuada y en los Oficios Nºs. 032 y 035-OC- OGA-UNU de 17 y 20 de julio del 2000, en la que se indica que no cuenta con un análisis de la sub cuenta analítica385.04 “Encargos Internos” cuyo saldo asciende a S/ 1’363,304.00 al 31 de diciembre de 1999; asimismo se ha verificado que con el Oficio Nº 033/00-OC-OGA-UNU del18 de julio del 2000, que en el Balance General al 31 de diciembre de1999, el rubro de inmuebles, maquinarias y equipos el importe de S/. 52´812,826.00, se encuentra glo-balizada, monto que se viene arrastrando desde el año 1981 y se incrementa cada año con las nuevas adquisiciones, debido a que no se está efectuando un debido inventariadode los bienes por cada período; Que, la información financiera presentada al 31 diciem- bre de 1999 a la Contaduría Pública de la Nación, carecede los análisis de los saldos que la componen, lo que resta confiabilidad y validez; situación presentada al haber inob- servado lo establecido en la Resolución de Contraloría Nº072-98-CG del 26 de junio de 1998, que aprobó las Nor- mas Técnicas de Control Interno para el área de Contabili- dad, NTC Nº 280-04 “Control de Saldos Pendientes deRendición de Cuentas y/o Devolución” y la NTC Nº 280-06 “Documentación Sustentatoría”, siendo así la administra- ción no cuenta con información confiable, que posibilite latoma de decisiones en resguardo de los recursos de la UNU; Que, los descargos de los funcionarios; el señor Javier Gutiérrez Pineda ex jefe de la Oficina de Contabilidad y Presupuesto según Oficio Nº 037/00-0C-OGA-UNU del 1 de agosto de 2000, señala que el saldo del rubro inmue-