Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2004 (06/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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se produce el ultimo dia habil de cada mes calendario. Los pagos que se efectuen con posterioridad a la fecha senalada, estaran sujetos al interes moratorio, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2004; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion de Pueblo Libre, que los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Predial, en el Ejercicio 2004, pagaran como importe minimo por dicho concepto, la suma de Diecinueve y 20/100 Nuevos Soles (S/. 19.20). Articulo Segundo.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial: De conformidad con el articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2004 vence: Pago al Contado : 27 de febrero Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : 27 de febrero : 31 de MORDAZA : 31 de agosto : 30 de noviembre

Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 008-2004-MPL/CPL-CPDE emitido por la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer de acuerdo al costo, los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al Ejercicio 2004; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, determina por estudio de costos el monto de la emision mecanizada y distribucion de cronogramas de pagos del Impuesto Predial, asi como de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijese en Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6.00) el monto que deberan abonar los contribu ye n t e s p o r c o n c e p t o d e d e r e c h o d e e m i s i o n mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio 2004. Por cada predio adicional se abonara Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2.00) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- Autorizar la emision mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Tercero.- Autorizar la distribucion domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo las Tasas mencionadas. Articulo Cuarto.- Fijese en Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6.00) el monto que deberan abonar los contribu ye n t e s p o r c o n c e p t o d e d e r e c h o d e e m i s i o n mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al Ejercicio 2004. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Oficina de Comunicacion Social, su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 02463

Articulo Tercero.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo: La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios municipales correspondientes al Ejercicio 2004 vencen: Enero y febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre : 27 de febrero : 31 de marzo : 30 de MORDAZA : 31 de MORDAZA : 30 de junio : 30 de MORDAZA : 31 de agosto : 30 de septiembre : 29 de octubre : 30 de noviembre : 31 de diciembre

Articulo Cuarto.- Los pagos que se efectuen con posterioridad a las fechas MORDAZA senaladas, estaran sujetos al interes moratorio, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese, y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 02462

Autorizan emision mecanizada y distribucion de cronogramas de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios
ORDENANZA Nº 134-MPL
Pueblo Libre, 30 de enero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

Extincion de Deudas Tributarias de Recuperacion Onerosa
ORDENANZA Nº 135-MPL
Pueblo Libre, 30 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

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