Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2004 (06/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 261545

limite autorizado, asi como, no podra ubicarse en lugar distinto al asignado. n) El comerciante en la via publica, esta obligado a mantener su modulo, medio de venta o de servicio y/o kiosco en buenas condiciones; por lo que, cualquier deterioro que presente el mismo, debera repararse en un plazo no mayor de siete (7) dias de detectado. o) En caso que las puertas o tapas de los modulos, medios de venta o de servicio y/o kioscos, se desmonten para la atencion al publico, estos no podran colocarse fuera de los mismos; vale decir, no podran ubicarse en la via publica, ni en los techos. p) Cada modulo, medio de venta o de servicio debera contar con un tacho exterior que forme parte de la estructura del mismo; para el caso de kioscos, estos deberan contar con un tacho al interior, a fin de depositar los desperdicios que se originen por la actividad que se desarrolle. q) Los utensilios de limpieza que deberan contar los comerciantes en la via publica, seran como minimo, una escoba y un recogedor. r) Los comerciantes en la via publica que se dediquen a la venta de alimentos preparados, deberan evitar la exposicion de los alimentos a cualquier agente contaminante; asimismo, deberan utilizar utensilios descartables para el expendio de los alimentos. s) No se permitira la comercializacion de alimentos en general, diarios y revistas sobre las veredas o fuera de los limites del modulo, medio de venta o de servicio y/o kiosco, bajo apercibimiento de multa y decomiso. t) La venta de bienes o prestacion de servicios sin la debida autorizacion municipal, faculta al personal de Policia Municipal y de la Jefatura de Comercializacion, al decomiso de lo mismos, sin necesidad de notificacion previa, salvo la entrega del acta respectiva, en el deposito municipal. Articulo 19º.- En caso que se formulen quejas de vecinos por la ubicacion de algun comerciante en la via publica, la Jefatura de Comercializacion correra traslado de la misma, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444, iniciandose el procedimiento regulado en la precitada norma. Articulo 20º.- Las asociaciones constituidas formalmente, ejerceran la defensa de sus asociados ante la Municipalidad por medio de sus representantes legales, solo en los asuntos de caracter general que se dispongan, respecto del ordenamiento de la via publica; por consiguiente, no surtira efecto legal alguno, cualquier reclamo o pedido que se realice por asuntos individuales, salvo que se refieran a la propia asociacion. Articulo 21º.- Atendiendo a la naturaleza personal de la autorizacion municipal para el ejercicio del comercio en la via publica, las reubicaciones que se pudieran dictar seran aplicadas solo contra los comerciantes en la via publica que se senalen en las disposiciones. Articulo 22º.- Los comerciantes en la via publica no podran utilizar como sustento para sus reclamos, un tratamiento distinto al previsto en las normas que regulan sus actividades, teniendo en cuenta, que las disposiciones de la Municipalidad de Lince, son de aplicacion preferente sobre cualquier otra similar, en virtud del MORDAZA de especialidad; salvo que las normas dictadas por la Municipalidad Provincial o el Gobierno Central de ser el caso, se opongan a las de este Gobierno Local. Articulo 23º.- La autoridad municipal podra modificar las disposiciones sobre comercio en la via publica en cualquier momento, dependiendo del desarrollo local y de las condiciones armonicas; asi como, la seguridad y tranquilidad del vecindario. DISPOSICION FINAL Articulo Unico.- Deroguese toda disposicion que se oponga al presente. 02453

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan viaje del MORDAZA para realizar visita oficial a las ciudades de MORDAZA y Huatta
ACUERDO DE CONCEJO Nº 03 Miraflores, 27 de enero de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 0152004-MPP/A del 20 de enero de 2004, ha formulado invitacion al senor MORDAZA de Miraflores para que visite la MORDAZA de MORDAZA los dias 8, 9 y 10 de febrero de 2004; Que, de igual manera, mediante Oficio sin numero de fecha 23 de enero de 2004, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huatta, provincia de MORDAZA, senor MORDAZA Calsin MORDAZA, formula invitacion al senor MORDAZA a efectos de que realice una visita oficial a dicho distrito, declarandolo Huesped Ilustre; Que, la visita del senor MORDAZA contribuira al intercambio de experiencias municipales y permitira el acercamiento de Miraflores con las ciudades de MORDAZA y Huatta; De conformidad con lo establecido en los numerales 27 y 35 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar las invitaciones formuladas por la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Huatta para que el senor MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, visite, del 8 al 10 de febrero de 2004, las ciudades de MORDAZA y Huatta. Articulo Segundo.- Aprobar la licencia solicitada por el senor MORDAZA durante los dias 8, 9 y 10 de febrero de 2004. Articulo Tercero. Encargar el Despacho de Alcaldia al senor MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del senor MORDAZA, con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Central de Gestion Administrativa y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02406

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 132-MPL Pueblo Libre, 30 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 006-2004-MPL/CPL-CPDE, emitido por la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.