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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G31/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 13 de febrero de 2004 fecha 3 de febrero de 2004, el Presidente del Comité Especial corrió traslado del recurso impugnativo inter-puesto al Postor Ganador, el mismo que cumplió con absolver dicho traslado el 6 de febrero de 2004, seña- lando que el puntaje asignado al Postor Impugnante esmayor o igual al que corresponde por lo que el recurso interpuesto carece de sustento técnico; Que, el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Regla- mento, establece que una vez acogidas o resueltas en sucaso las observaciones, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas del proceso; Que, el artículo 65º del Reglamento señala que las pro- puestas técnicas y económicas se evalúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evalua- ción y calificación que se establezcan en las Bases delproceso; Que, el Postor Impugnante alega en su recurso que no se le ha otorgado el puntaje que le corresponde en uno delos Factores referido al Postor y en tres de los Factores Referidos al Servicio Ofertado; Que, de la revisión de las Bases Integradas se observa que el numeral 23.3 señala respecto de los Factores referi- dos al Servicio Ofertado, que el Postor presentará su pro- puesta técnica incluyendo todas las actividades a realizarpara una mejor formulación del estudio. Se indica que la calificación en este rubro es de 19 puntos, lo que evaluará el Comité Especial comparativamente con las propuestaspresentadas; Que, a continuación, se señala que dichos Factores se calificarán en base a los siguientes conceptos: 23.3.1 Enfoque y Concepción del Servicio a prestar (4 puntos) a) Aspectos principales por analizar en el proyecto 2 puntos b) Planteamiento y Concepciones de las soluciones a proponer 2 puntos 23.3.2 Comentarios, sug. y/o aportes a los términos de referencia (3 puntos) a) Apreciación del Consult. en cuanto a los alcances del serv. a prestar 1 punto b) Sugerencias y/o aportes del Consult. en la metodología propuesta 2 puntos 23.3.3 Descripción detallada del servicio ofrecido por el Consultor, de acuerdo a la interpretación de los términos de referencia (3 puntos) a) Metodología a utilizar en la ejecución del proyecto 3 puntos 23.3.4 Plan de Trabajo Propuesto (3 puntos) a) Activ. Prelim. de recolección de la inf. bás. para desarrollar el pro y. 1 punto b) Actividades durante el desarrollo del proyecto hasta su finalización 2 puntos 23.3.5 Organización propuesta para el desarrollo del servicio (3 puntos) a) Estructura Orgánica y funcional adoptada 1 punto b) Descripción de funciones del personal 2 puntos 23.3.6 Recursos a ser utilizados en la prestación del servicio (3 puntos) a) Equipos que se utilizarán para las investigaciones de campo 1 punto b) Softwares especializados a utilizar 2 puntos; Que, sin embargo, el detalle de evaluación técnica remitida por el Comité Especial al Postor Impugnante me- diante Oficio Nº 001-2004-MTC/20-CPN-0002-2003, de fecha 26 de enero de 2004, indica que al Postor Impug-nante se le ha otorgado 1 punto en el concepto denomi- nado Planteamiento y Concepciones de las Solucionesa proponer del Factor Enfoque y Concepción del Servi- cio a prestar, cuando el numeral 23.3.1 de las Bases In- tegradas preveía únicamente el puntaje de 2 para dichoconcepto; Que, asimismo, en el Factor Plan de Trabajo, el Comité Especial ha calificado a la propuesta del Postor Impugnan-te con 0.50 puntos en el concepto Actividades Prelimina- res de Recolección e Información Básica, siendo que, de acuerdo al literal a) del numeral 23.3.4 de las Bases Inte-gradas sólo cabía el puntaje de 1 en dicho concepto; Que, por otro lado, en el Factor Recursos a ser Utiliza- dos en la Prestación del Servicio, se asignó al Postor Im-pugnante una calificación de 0.50 puntos en el concepto denominado Equipos y 1 punto en el denominado Softwares, cuando las Bases únicamente preveían puntajes de 1 y 2respectivamente, en cada concepto; Que, asimismo, de acuerdo a lo indicado en el detalle de evaluación técnica, también a los Postores Lagesa In-genieros Consultores S.A., Gallegos Casabonne Arango Ingenieros Civiles S.A.C., Pedro Lainez - Lozada Ingenie- ros S.A., Consorcio Hidroenergía - Dina Carrillo - VíctorSánchez Moya, Consorcio Eduardo Rivera & Asociados, Consorcio O. Muroy & Agua y Agro y Consorcio H&H - Nicolás Villaseca C. se han asignando en diversos compo-nentes de los Factores Referidos al Servicio Ofertado subpuntajes de 0.5, 1.00 ó 1.50 cuando, de acuerdo a lo establecido en las Bases Integradas, dichos componentessólo podían calificarse con puntajes de 1, 2 ó 3 puntos cada uno de ellos, no habiéndose establecido rangos dentro de cada puntaje establecido; Que, en consecuencia, los Factores Referidos al Ser- vicio Ofertado de las propuestas técnicas presentadas por los Postores del Concurso Público Nacional Nº 0002-2003-MTC/20 - Segunda Convocatoria han sido evalua- dos con puntajes que no corresponden a los estableci- dos en las Bases Integradas, por lo que, habiéndoseutilizado en la calificación técnica criterios distintos a los establecidos, se ha incumplido con los artículos 52º y 65º del Reglamento, así como lo dispuesto en las men-cionadas Bases; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 26º del Reglamento, el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda podrá de- clarar de oficio la nulidad del proceso de selección por con- travención de las normas legales, debiendo expresar en laresolución que expida la etapa a la que se retrotraerá el proceso; Que, en tal sentido, y habiéndose verificado de acuer- do a lo expuesto precedentemente la infracción de los artí- culos 52º y 65º del Reglamento, así como de las Bases integradas, corresponde declarar nulo el Concurso PúblicoNacional Nº 0002-2003-MTC/20 - Segunda Convocatoria, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapa de evalua- ción de propuestas, la misma que deberá ser efectuadapor el Comité Especial de acuerdo con los criterios de eva- luación y calificación señalados en las Bases; Que, de acuerdo a lo expuesto, carece de objeto pro- nunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el Postor Impugnante; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar de oficio nulo el Concurso Públi- co Nacional Nº 0002-2003-MTC/20 - Segunda Convocato- ria, para seleccionar al consultor que efectuará el Estudiodel Refuerzo del Antiguo Puente Bocapan, debiendo retro- traerse el proceso hasta la etapa de evaluación de pro- puestas, la misma que deberá ser efectuada por el ComitéEspecial de acuerdo con los criterios de evaluación y cali- ficación señalados en las Bases. Artículo 2º.- Declarar que carece de objeto emitir pro- nunciamiento respecto del recurso de apelación interpues- to por el Consorcio INSTITUTO DE CONSULTORÍA S.A.C. - CÁRDENAS Y BAUTISTA CONSULTORES DE INGENIE-RÍA. Artículo 3º.- Transcribir a los miembros del Comité Especial la presente Resolución.