Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2004 (13/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que el Gobierno del Peru ha solicitado por la via diplomatica al Gobierno del Japon la extradicion del ex Presidente MORDAZA Fujimori Fujimori, por su presunta responsabilidad penal en los denominados casos de "Barrios Altos" y "La Cantuta"; Que las autoridades japonesas competentes vienen estudiando el referido pedido de extradicion, a efecto de dar una respuesta al Gobierno del Peru; Que en tales circunstancias, los Gobiernos del Peru y del Japon han acordado el viaje a la MORDAZA de Tokio, Japon, de una mision peruana de caracter tecnico encargada de sustentar juridicamente ante los funcionarios competentes de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia del Japon, el Cuaderno de Extradicion del ex Presidente MORDAZA Fujimori Fujimori por los denominados casos de "Barrios Altos" y "La Cantuta"; Que, en consecuencia, es necesario designar a la mision peruana que viajara a la MORDAZA de Tokio, Japon, para sostener conversaciones bilaterales sobre los alcances juridicos de la referida solicitud de extradicion; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Instruccion (GAB) Nº 135, del Gabinete del senor Ministro de Relaciones Exteriores, de 3 de febrero de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la mision encargada de sustentar juridicamente ante las autoridades competentes del Japon, el Cuaderno de Extradicion del ex Presidente MORDAZA Fujimori Fujimori por los casos de "Barrios Altos " y "La Cantuta", en las reuniones que se llevaran a cabo en la MORDAZA de Tokio, Japon, los dias 18, 19 y 20 de febrero de 2004, la que estara conformada por las siguientes personas: - Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Dupuy, Subsecretaria para Asuntos de MORDAZA, quien presidira la Mision; - Doctora MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior adscrita a la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal; - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Ad Hoc del Estado para los casos Fujimori-Montesinos; - Doctor MORDAZA MORDAZA Dargent MORDAZA, Abogado Auxiliar de la Procuraduria Ad Hoc del Estado para los casos Fujimori-Montesinos; - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Juridico del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, - Tercer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Seoane Byrne. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion de la Embajadora MORDAZA MORDAZA Dupuy, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Tercer Secretario MORDAZA MORDAZA Seoane Byrne, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo los citados funcionarios diplomaticos rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la citada comision, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes US$ MORDAZA MORDAZA Dupuy MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seoane Byrne Viaticos Tarifa US$ aeropuerto US$ 28.00 28.00 28.00

Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione la participacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del doctor MORDAZA MORDAZA Dargent MORDAZA, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Articulo Cuarto.- Los gastos que ocasione la participacion de la doctora MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio Publico. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, los funcionarios diplomaticos consignados en el articulo MORDAZA de la presente Resolucion deberan presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Sexto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 03022 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0089-2004-RE Mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/26 c.a. el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0089-2004-RE, publicada en la edicion del 12 de febrero de 2004. DICE: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0089-2004-RE DEBE DECIR: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0084-2004-RE DICE: MORDAZA, 10 de febrero de 2004 DEBE DECIR: MORDAZA, 6 de febrero de 2004 03019

SALUD
Aprueban modificacion de anexo del D.S. Nº 003-2002-SA que establecio exclusiones de los Planes de Beneficio del Seguro Integral de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud se creo el Seguro Integral de Salud con la mision de administrar fondos destinados a financiar prestaciones de salud individual para la poblacion en estado de pobreza y pobreza extrema carente de algun MORDAZA de seguro en salud; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2002-SA de fecha 25 de MORDAZA del 2002, en Anexo 1 se establecen disposiciones referidas a las prestaciones ofrecidas por

1 497.00 1 300.00 1 512.00 1 300.00 1 497.00 1 300.00

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