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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G31/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 13 de febrero de 2004 continúan registrando la presencia de niveles altos de ejemplares juveniles superiores al 10% de tolerancia;siendo necesario suspender las actividades extractivas y de procesamiento como medida precautoria; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Resolución Ministerial Nº 281-2003-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) a partir de las 00.00 horas del día 14 de febrero hasta las 24 horas del día 21 defebrero de 2004, en el área comprendida entre los grados 16°00' y el extremo sur del dominio marítimo. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del área que comprende la presente suspensión, podrán procesar el recurso anchoveta hasta las 24.00 ho- ras del día 14 de febrero de 2004. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el ámbito de la jurisdicción del área a que se refiere el artículo 1º, sólootorgará autorización de zarpe para realizar actividades extractivas hasta las 12.00 horas del día 13 de febrero 2004. Artículo 3º.- Los armadores y titulares de estableci- mientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente Resolución, serán sancionados de confor- midad con las disposiciones establecidas en la Ley Gene-ral de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspec- ción y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuícola, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias, así como demás normas asociadas. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Na- cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales con com-petencia pesquera, velarán por el cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 03024 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G2D /G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2004-PRODUCE Lima, 12 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 053-2002- PRODUCE del 5 de setiembre de 2002, se designó al abo- gado HEBER GUIDO ROA OJEDA, en el cargo de Direc-tor General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo conferido; Que, en consecuencia se debe dictar el acto de admi- nistración que acepte la renuncia acotada y proceder adesignar al funcionario que desempeñe dicho cargo públi- co de confianza; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el abogado HEBER GUIDO ROA OJEDA, al cargo de Director General de la Oficina General de Ase-soría Jurídica del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al abogado JESUS WILFREDO VELIZ VALERIO, en el cargo de Di-rector General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 03013 RELACIONES EXTERIORES /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G44/G69/G73/G65/GF1/G6F/G2C/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G69/G6E/G65/G6C/G65/G73/G22/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0100-2004-RE Lima, 11 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 111-2004-PRODUCE/SG, del Secre- tario General del Ministerio de la Producción, de 30 de enero de 2004, mediante el cual solicita oficializar el "Primer Cur-so Internacional sobre Diseño, Armado y Operatividad de Espineles", evento que se viene realizando en la ciudad de Piura, del 2 de febrero al 3 de marzo de 2004; CONSIDERANDO: Que en el marco del Convenio de Cooperación Técnica suscrito por los Gobiernos de Perú y Japón se acordó rea- lizar un Programa de Capacitación en el Área Pesca Arte-sanal bajo la modalidad de un Curso Internacional de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA); Que el citado curso permitirá capacitar a técnicos y pro- fesionales de las Repúblicas de Ecuador, Colombia, Vene- zuela, Panamá, El Salvador, Guatemala, Honduras, Costa Rica y Perú, que desempeñan labores extractivas y/o deinstrucción sobre el diseño, armado y operatividad de los diferentes tipos de espineles; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 908, del Gabinete de Coordinación del Vicemi- nistro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 4 de febrero de 2004; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supre- mo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001; y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministeriode Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Oficializar el "Primer Curso Inter- nacional sobre Diseño, Armado y Operatividad de Espine-les", que se viene realizando en la ciudad de Piura, del 2 de febrero al 3 de marzo de 2004. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Re- laciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 03021 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G74/G65/G6E/G2D /G74/G61/G72/G20/G43/G75/G61/G64/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78 /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G41/G6C/G62/G65/G72/G74/G6F/G20/G46._/G75/G6A/G69/G6D/G6F/G72/G69/G20/G46._/G75/G6A/G69/G6D/G6F/G72/G69 /G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G61/G70/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0102-2004-RE Lima, 12 de febrero de 2004