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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (13/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G31/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 13 de febrero de 2004 el Seguro Integral de Salud de los componentes mater- no infantil, Plan A: Niños de 0 a 4 años de edad y PlanC: Gestantes; así como Otros Componentes, Plan B: Niños y Adolescentes de 5 a 17 años de edad; asimis- mo en el Anexo 2 se fijan las Exclusiones de los Pla-nes de Beneficio del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1014-2002- SA/DM de fecha 20 de junio del 2002, se incluyeronintervenciones de diversas patologías en los paquetes de Atención Integral de Salud para niños de 0 a 4 años y niños y adolescentes de 5 a 17 años de edad, dispo-niéndose su ejecución con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central – MINSA, Pliego 011 Ministerio de Salud, Fuente de Financiamien-to 00- Recursos Ordinarios para el Año Fiscal 2002, habiendo finalizado su vigencia y ejecución con fecha 31 de diciembre del 2002; Que, siendo de urgente necesidad seguir brindando la cobertura de diversas patologías en los paquetes de Atención Integral de Salud a los niños y adolescentesde la población de escasos recursos por existir deman- da de atención de estas patologías y, con la finalidad de cumplir con los objetivos del Seguro Integral de Sa-lud, resulta indispensable la modificación del Anexo 2 del Decreto Supremo Nº 003-2002-SA; De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 118º, numeral 8 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Anexo 2 del D.S. Nº 003-2002-SA que excluía del Plan de Beneficiosdel SIS las diversas patologías, de acuerdo al detalle esta- blecido en el Anexo 2 que forma parte del presente Decre- to. Artículo 2º.- Las prestaciones no previstas en el Anexo 2 serán evaluadas por el Seguro Integral de Salud segúnnivel de complejidad y plan de beneficios y se aprobarán mediante Resolución Jefatural. Artículo 3º.- Los gastos que se generen por la aplica- ción del presente Decreto Supremo, serán financiados In- tegramente con cargo al Presupuesto Institucional del plie-go Seguro Integral de Salud, sin demandar recurso adicio- nal alguno al Tesoro Público; Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Salud y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de febrero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRIA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas ALVARO VIDAL RIVADENEYRA MInistro de Salud ANEXO 2 DAÑOS EXCLUIDOS DEL PLAN DE BENEFICIOS CIE – 10 Grupo Diagnóstico B20 - B24 TRATAMIENTO DE SIDA EN ADULTOS B90 - B94 SECUELAS DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y PARASITARIAS G80 - G83 PARALISIS CEREBRAL Y OTROS SINDROMES PARALITICOS T80 – T88 COMPLICACIONES DE LA ATENCION MEDICA Y QUIRURGICA, NO CLASIFICADAS EN OTRA PARTE T90 - T98 SECUELAS TRAUMATICAS DE ENVENENAMIENTOS Y DE OTRAS CONSECUENCIAS DE CAUSAS EXTERNAS X60 - X84 LESIONES AUTOINFLINGIDAS X85 - Y09 AGRESIONES Y40 - Y84 COMPLICACIONES DE LA ATENCION MEDICA Y QUIRURGICACIE – 10 Grupo Diagnóstico Z40 - Z54 CIRUGIA PROFILÁCTICA, ESTÉTICA O COSMÉTICA, ATENCIÓN POR PROCEDIMIENTOS DE REHABILIT ACIÓN Z94 TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS Z95 - Z99 IMPLANTES, INJERTOS, DISPOSITIVOS, PRÓTESIS Y DEPENDENCIA DE MÁQUINAS Y OTROS ATENCIÓN FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL 03051 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G45/G6E/G66/G65/G72/G6D/G65/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4E/G65/G6F/G70/G6C/GE1/G73/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2004-SA Lima, 12 de febrero del 2004 CONSIDERANDO:Que, en la Tercera Disposición Complementaria del Re- glamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado porel Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, dispone que en cum- plimiento a la Segunda Disposición Complementaria, Tran- sitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud y, según lo establecido en los Reglamentos de Or- ganización y Funciones respectivos, se formularán los Cuadros para Asignación de Personal y los PresupuestosAnalíticos de Personal modificados del Ministerio de Sa- lud, de sus Órganos Desconcentrados que integran el Plie- go 11 Ministerio de Salud y de sus Organismos PúblicosDescentralizados; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 485-2003- SA/DM, se aprobó el Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplásicas y, la Segunda Disposición Transitoria del mencionado Reglamento, establece la aprobación delCuadro para Asignación de Personal de dicho Instituto; Que, el Instituto Especializado de Enfermedades Neoplásicas ha presentado su Cuadro para Asignaciónde Personal (CAP), el mismo que se encuentra en con- cordancia con su Reglamento de Organización y Fun- ciones y el Modelo General de los Reglamentos de Or-ganización y Funciones de los Institutos Especializa- dos, aprobado con Resolución Ministerial Nº 235-2003- SA/DM; Que, es necesario establecer los cargos necesarios para el normal funcionamiento del citado Instituto, en base a su estructura orgánica vigente; Que, el Artículo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año Fiscal 2004, precisa que los Cuadros para Asignación de Personal se aproba-rán mediante Resolución Suprema; Con la opinión técnica favorable de la Secretaría de Ges- tión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ensu Informe Nº 496-2003-PCM/SGP y, de la Oficina Gene- ral de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud en su Informe Nº 0186-2003-OGPE-OEO/MINSA;, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y con el artículo 13º de la LeyNº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,modificado mediante Ley Nº 27899; y, estando a lo acorda- do; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Instituto Especializado de Enfermeda- des Neoplásicas, el mismo que consta de (5) folios y mil seiscientos cuarenta y tres (1643) cargos clasificados, queforman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud