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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (18/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G34/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de febrero de 2004 Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la señora TERESA JESÚS ALBUJAR TOLEN-TINO para la prestación del servicio público a que se refie-re el artículo precedente, el que consta de veinticinco (25)cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante dela presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pú-blica del referido contrato y de las Addendas que se sus-criban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Para la suscripcióndeberá cumplir previamente con el pago por derecho deconcesión, así como el pago de la publicación de la pre-sente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 03300 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2004-MTC/03 Lima, 13 de febrero de 2004 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2003- 019352 por la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., para quese le otorgue concesión para la prestación del servicio pú-blico de distribución de radiodifusión por cable, en el distri-to de Tambopata, de la provincia de Tambopata, del depar-tamento de Madre de Dios. CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgarconcesiones, autorizaciones, permisos y licencias en ma-teria de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos de di-fusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual seotorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es-tablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfeccionamediante la suscripción de un contrato de concesión apro-bado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones; Que, el artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los serviciospúblicos de difusión se encuentra el servicio público dedistribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 007-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco-municaciones, de la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado elcumplimiento de los requisitos que establece la legislaciónpara otorgar la concesión solicitada para la prestación delservicio público de distribución de radiodifusión por cable,es procedente la solicitud formulada por la empresa IMU-RA CABLE E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene-ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con susmodificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y elTUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni-caciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., concesión para la prestación del servicio públicode distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito deTambopata, de la provincia de Tambopata, del departamentode Madre de Dios. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa IMURA CABLE E.I.R.L. para la pres-tación del servicio público a que se refiere el artículo pre-cedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y dos(2) anexos que forman parte integrante de la presente re-solución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pú-blica del referido contrato y de las Addendas que se sus-criban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Para la suscripcióndeberá cumplir previamente con el pago por derecho deconcesión, así como el pago de la publicación de la pre-sente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 03301 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G38/G38/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G4D/G54/G43/G2F/G31/G35/G2E/G31/G38/G20/G79 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G69/G6E/G65/G2D/G72/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2004-MTC/02 Lima, 13 de febrero de 2004 VISTO;El Memorándum Nº 122-2004-MTC/15 del Director Ge- neral de Circulación Terrestre; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 391-99-MTC/ 15.18 de fecha 9 de marzo de 1999 se otorgó a favor deEXPRESO WARI S.A. la concesión de la ruta: Lima - Anta-bamba y viceversa, y por Resolución Directoral Nº 388-2002-MTC/15.18 del 5 de junio del 2002, notificada el 19de julio del 2002, se autorizó a EXPRESO WARI S.A. a lasustitución de la unidad de placa de rodaje Nº UT -1138(1997) por el ómnibus de placa de rodaje Nº VG - 5457(1994), para prestar servicio en la ruta antes indicada y sedio de baja al ómnibus de placa de rodaje Nº UT -1138(1997); Que, mediante Resolución Directoral Nº 1695-2002- MTC/15 del 13 de diciembre del 2002, notificada el 29 deenero del 2003, se rectificó el error material respecto de launidad que se dio de baja del Registro de Vehículos y Mo-tores del Servicio correspondiente a la Empresa de Trans-portes TRANSAMAZÓNICA E.I.R.L. siendo éste el ómni-bus de placa de rodaje Nº VG - 5457 (1994) ), y no el ómni-bus de placa de rodaje Nº UT - 1138 (1997); Que, mediante Memorándum Nº 0122 -2004-MTC/15, la Dirección General de Circulación Terrestre eleva los ac-tuados para la declaración de nulidad de la Resolución Di-rectoral Nº 388-2002-MTC/.15.18, por cuanto medianteMemorándum Nº 004-2003-MTC/15. ASESORES del 9 dediciembre del 2003 de la Dirección General de CirculaciónTerrestre se indica que según la información proporciona-da por SCANIA DEL PERÚ S.A., el vehículo de placa derodaje Nº VG-5457, ha sido carrozado sobre chasis de ca-mión, por lo que mediante Memorándum Nº 294-2004-MTC/15.AL, consideran que con la expedición de la ResoluciónDirectoral Nº 388-2002-MTC/.15.18, se ha transgredido lodispuesto por el artículo 279º del Reglamento Nacional de