Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004

Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la senora MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MORDAZA para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03300

de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Tambopata, de la provincia de Tambopata, del departamento de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa IMURA CABLE E.I.R.L. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-2004-MTC/03
MORDAZA, 13 de febrero de 2004 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2003019352 por la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el distrito de Tambopata, de la provincia de Tambopata, del departamento de MORDAZA de Dios. CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 007-2004-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa IMURA CABLE E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., concesion para la prestacion del servicio publico

03301

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la declaracion de nulidad de la R.D. Nº 388-2002-MTC/15.18 y para la recuperacion de montos dinerarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 108-2004-MTC/02
MORDAZA, 13 de febrero de 2004 VISTO; El Memorandum Nº 122-2004-MTC/15 del Director General de Circulacion Terrestre; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 391-99-MTC/ 15.18 de fecha 9 de marzo de 1999 se otorgo a favor de EXPRESO WARI S.A. la concesion de la ruta: MORDAZA - Antabamba y viceversa, y por Resolucion Directoral Nº 3882002-MTC/15.18 del 5 de junio del 2002, notificada el 19 de MORDAZA del 2002, se autorizo a EXPRESO WARI S.A. a la sustitucion de la unidad de placa de rodaje Nº UT -1138 (1997) por el omnibus de placa de rodaje Nº VG - 5457 (1994), para prestar servicio en la ruta MORDAZA indicada y se dio de baja al omnibus de placa de rodaje Nº UT -1138 (1997); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1695-2002MTC/15 del 13 de diciembre del 2002, notificada el 29 de enero del 2003, se rectifico el error material respecto de la unidad que se dio de baja del Registro de Vehiculos y Motores del Servicio correspondiente a la Empresa de Transportes TRANSAMAZONICA E.I.R.L. siendo este el omnibus de placa de rodaje Nº VG - 5457 (1994) ), y no el omnibus de placa de rodaje Nº UT - 1138 (1997); Que, mediante Memorandum Nº 0122 -2004-MTC/15, la Direccion General de Circulacion Terrestre eleva los actuados para la declaracion de nulidad de la Resolucion Directoral Nº 388-2002-MTC/.15.18, por cuanto mediante Memorandum Nº 004-2003-MTC/15. ASESORES del 9 de diciembre del 2003 de la Direccion General de Circulacion Terrestre se indica que segun la informacion proporcionada por SCANIA DEL PERU S.A., el vehiculo de placa de rodaje Nº VG-5457, ha sido carrozado sobre chasis de camion, por lo que mediante Memorandum Nº 294-2004-MTC/ 15.AL, consideran que con la expedicion de la Resolucion Directoral Nº 388-2002-MTC/.15.18, se ha transgredido lo dispuesto por el articulo 279º del Reglamento Nacional de

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