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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (18/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G34/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de febrero de 2004 5. Deberán redefinir y normar los procedimientos nece- sarios de los procesos que involucren la utilización de estesistema, coordinado con la Gerencia de Planificación, Ra-cionalización y Estadística. B. De la Gerencia Central de Informática1. Se encargará de la implementación, mantenimiento y actualización del SIGA de acuerdo a los requerimientosformulados por las Gerencias Centrales. 2. De acuerdo a los requerimientos formulados por las Gerencias Centrales y Gerencias se encargará de otorgarlas contraseñas solicitadas. 3. En coordinación con las Gerencias Centrales y Gerencias, realizará cursos de capacitación y actualiza-ción, orientados a superar las dificultades que pudieranpresentarse en el uso del sistema. C.- De la Gerencia de Planificación, Racionalización y Estadística. 1. Es la encargada del Registro y Mantenimiento de las Dependencias Orgánicas del Ministerio Público en el SIGA. D.- De los Supervisores Administrativos encarga- dos de los Distritos Judiciales. 1. Son responsables del uso adecuado del Sistema SIGA dentro de su Distrito Judicial. 2. Son los encargados de autorizar el ingreso, activa- ción y desactivación de usuarios dentro de la jurisdiccióncorrespondiente a su Distrito Judicial. 3. Son responsables del envío de reportes e informa- ción semanal, trimestral y anual, solicitada por las Geren-cias Centrales y Gerencias, a fin de actualizar y consolidarla información a nivel nacional. 4. Efectuar el seguimiento y control de la información ingresada en el sistema SIGA, correspondiente al distrito,garantizando la confiabilidad de la misma. 5. Solicitar a la Gerencia Central de Informática el en- trenamiento y capacitación en el uso del sistema, del per-sonal nuevo y de quien lo requiera, para asegurar su ade-cuado uso. E.- De los Asistentes y personal de Soporte Admi- nistrativo 1. Son los encargados de operar el Sistema dentro de las pautas establecidas por la presente Directiva y las es-tablecidas en el Manual del Usuario. 2. Son los responsables del uso adecuado de las cla- ves de acceso (passwords), evitando que personas noautorizadas ingresen en el sistema. 3. Mantener contacto con la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Central de informática para dar cuenta de losproblemas que se pudieran presentar en el sistema. VIII. DEL INCUMPLIMIENTOEl incumplimiento de lo dispuesto en la presente Direc- tiva General dará lugar a las sanciones administrativas res-pectivas. IX.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLE- MENTARIAS Primera.- La Gerencia Central de Informática y las Gerencias Centrales de Recursos Económicos, Logísticay Personal, se encargarán de la implementación progre-siva del Sistema Integrado de Gestión Administrativa -SIGA, en forma sistemática y de acuerdo a un cronogramapreestablecido para los Distritos Judiciales. Segunda.- La Gerencia de Planificación, Racionaliza- ción y Estadística es la única área responsable de ingre-sar y dar mantenimiento a las dependencias fiscales, mé-dico legales y administrativa a nivel nacional. Tercera.- La Gerencia Central de Personal es la única área responsable de ingresar y dar mantenimiento al re-gistro de fiscales, médicos, administrativos y demás per-sonal del Ministerio Público a nivel nacional. Cuarta.- En las sedes de los Distritos Judiciales, los Administradores de red, son los responsables de la admi-nistración, mantenimiento de los usuarios (logins) y clavesde acceso (passwords) y capacitación del sistema SIGA,una vez implementado. Quinta.- En las sedes de los Distritos Judiciales, los Administradores serán los responsables de la adminis-tración (ingreso y mantenimiento) de la información y del correcto uso que se deba dar a ésta en el Sistema SIGA,una vez implementado. Sexta.- El órgano de Control Institucional se encargará de cautelar el cumplimiento de la presente Directiva. Lima, marzo 2004 03392 S B S /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G2D /G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G62/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 190-2004 Lima, 11 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se opine favorablemente sobre la emisión de "Cer-tificados de Depósito Negociables BCP - Segundo Progra-ma de Certificados de Depósito Negociables del Banco deCrédito del Perú" hasta por un monto de US$ 120 000000.00 (Ciento Veinte Millones y 00/100 Dólares America-nos); CONSIDERANDO:Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en suartículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir ycolocar, entre otros instrumentos de deuda. Certificadosde Depósito Negociables; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que la emisión de instrumentos financieros, que tengan la con-dición de valores mobiliarios y se emitan por oferta públi-ca, la CONASEV procederá a inscribirlos en el RegistroPúblico del Mercado de Valores, previa opinión favorableexpedida por Resolución de esta Superintendencia y de ladocumentación precisada en el artículo 18º de la Ley delMercado de Valores; Que, mediante sesión de Directorio celebrada el 18 de diciembre de 2003, dicho órgano delegó en el Comité Eje-cutivo del Banco la facultad de aprobar emisiones median-te oferta pública primaria u oferta privada primaria de Cer-tificados de Depósito Negociables en Dólares Americanoso Nuevos Soles, ya sea en el marco de programas o me-diante emisiones individuales; Que, en sesión de Comité Ejecutivo celebrada el 8 de enero de 2004, se aprobó la emisión de Certificados deDepósito Negociables denominados "Certificados de De-pósito Negociables BCP - Segundo Programa de Certifi-cados de Depósito Negociables del Banco de Crédito delPerú" hasta por un monto de US$ 120 000 000.00 (CientoVeinte Millones y 00/100 Dólares Americanos); Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", el Departamento Le-gal, el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez yla Gerencia de Estudios Económicos, a través de los Infor-mes Nº 17-2004-DESF "A", Nº 71-2004-LEG, Nº 03-2004-DERML y Nº 07-2004-ASF, respectivamente; y, con el vis-to bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca yde Asesoría Jurídica y de la Gerencias de Riesgos y Estu-dios Económicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - LeyNº 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco de Crédito del Perú realice la emisión de Certifica-dos de Depósito Negociables denominados "Certificadosde Depósito Negociables BCP - Segundo Programa deCertificados de Depósito Negociables del Banco de Crédi-to del Perú" hasta por un monto de US$ 120 000 000.00