Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (28/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G34/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de febrero de 2004 pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0223-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con las Leyes Nºs. 27261, 27619, 27791 y 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Adolfo Ríos Ibarra, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, a la ciudad de Santiago, República deChile, durante los días 1 al 3 de marzo del 2004, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a tra-vés del Recibo de Acotación Nº 776, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Ins-pector mencionado en el artículo 1º de la presente Re-solución Ministerial, dentro de los quince (15) días ca-lendario siguientes de efectuado el viaje, deberá pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia ala Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o de-nominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2004-MTC/02 Lima, 24 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias apro-badas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, esta-blece que para el caso de los servidores y funcionariospúblicos de los Ministerios, entre otras entidades, la au-torización de viaje se otorgará por Resolución Ministe-rial del respectivo Sector, la que deberá ser publicadaen el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje,con excepción de las autorizaciones de viajes que noirroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, es-tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, és-tos serán aprobados por resolución suprema refrenda-da por el Presidente del Consejo de Ministros y el Mi-nistro del sector correspondiente, con excepción de lossectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exteriory Turismo, así como de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución delTitular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercidapor la Dirección General de Aeronáutica Civil como depen-dencia especializada del Ministerio de Transportes y Co- municaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticosestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente iden-tificados a que se refiere la Ley son competentes, segúnsu especialidad, para verificar las capacidades exigidas alos titulares de las autorizaciones para realizar actividadesde aeronáutica civil; Que, la condición de aeronavegabilidad de las aerona- ves, que es requisito indispensable para garantizar la se-guridad de las operaciones aéreas, se evalúa, entre otrasformas, a través de las inspecciones técnicas a las mis-mas, las que se realizan en los talleres de mantenimientoautorizados, ubicados en el extranjero; Que, con Carta TP 032-02-04, del 9 de febrero de 2004, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección corres-pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Ins-pección Técnica a Aeronaves), establecido en el Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 008-2002-MTC, la empresa Taca Perú S.A. soli-cita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuarlas inspecciones técnicas por renovación de constanciasde conformidad de las aeronaves Airbus 320, cuyas matrí-culas son N-461TA y N-465TA, en la ciudad de San Salva-dor, República de El Salvador, durante los días 7 al 11 demarzo de 2004; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 884, la solicitante ha cumplido con el pago del derechode tramitación correspondiente al Procedimiento precita-do; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, delo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario delEstado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pagode los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te-sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 0220-2004-MTC/12.04-SDA designando al Ins-pector Filiberto Cárdenas Chávez, para realizar inspeccio-nes técnicas por renovación de constancias de conformi-dad a las aeronaves Airbus 320 de matrículas N-461TA yN-465TA, de la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad deSan Salvador, República de El Salvador, durante los días 7al 11 de marzo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar las inspecciones técnicas a que se contrae la Or-den de Inspección Nº 0220-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con las Leyes Nºs. 27261, 27619, 27791 y 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Filiberto Cár- denas Chávez, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de San Salvador, República de El Salva-dor, durante los días 7 al 11 de marzo del 2004, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución.