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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (28/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G34/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de febrero de 2004 Que, por Resolución Ministerial Nº 159-77-VC-1100 del 5 de abril de 1977, se aprobó la norma referente a cons-trucciones con acero, que forma parte de un Apéndice es- pecial de las normas de diseño sismorresistente del Re- glamento Nacional de Construcciones, que es necesariodejar sin efecto; Que, en cumplimiento de sus funciones, el Servicio Nacional de Normalización, Investigación y Capacitaciónpara la Industria de la Construcción - SENCICO, contando con la participación de especialistas de diferentes secto- res de la actividad nacional, conformó el Comité Especiali-zado encargado de elaborar la Norma Técnica de Edifica- ción E.090 ESTRUCTURAS METÁLICAS; Que, el referido Comité Especializado ha formulado el Proyecto de Norma Técnica de Edificación E.090 ES- TRUCTURAS METÁLICAS, el cual es necesario aprobar según los procedimientos administrativos pertinentes; Que, a través del Informe Nº 003-2004/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, ha opina-do favorablemente, por lo que resulta necesario dictar el resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica de Edificación ESTRUCTURAS METÁLICAS, con el Código E.090. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la parte referente a Cons- trucciones de Acero, que forma parte de un apéndice es- pecial de las Normas de Diseño Sismorresistente incorpo-rado al Reglamento Nacional de Construcciones, median- te Resolución Ministerial Nº 159-77-VC-1100 de fecha 5 de abril de 1977, así como todas las normas, requisitos yrecomendaciones contenidas en otros capítulos, anexos y apéndices del Reglamento Nacional de Construcciones que se opongan a la Norma que con la presente Resolución seaprueba. Artículo 3º.- Autorizar al SENCICO para que adopte las medidas necesarias, destinadas a la difusión de la Nor-ma Técnica de Edificación E.090 Estructuras Metálicas, aprobada por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 04111 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G61/G64/G20/G68/G6F/G63/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G2D /G46/G45/G53/G20/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G2D/G73/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G66/G69/G63/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G2D/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G74/G65/G63/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2004-VIVIENDA Lima, 27 de febrero de 2004 Vistos el Oficio Nº 089-2004-GG-INFES-VIVIENDA, del Gerente General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES, el Informe Nº 390-2003- GZCH/INFES-VIVIENDA, la Resolución de Gerencia Ge- neral Nº 749-2003-INFES-VIVIENDA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de setiembre de 1997, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, suscribió un Contrato de Obra a Suma Alzada y Precio Fijocon la firma HORPACH S.A. INGENIEROS para que esta última ejecutara la obra de infraestructura del Centro Edu- cativo Víctor Andrés Belaúnde, ubicado en el distrito y pro-vincia de Santiago de Chuco, La Libertad, materia de la Licitación Pública Nº 072-97-PRES-INFES;Que, con posterioridad a la recepción de la obra, se emitió el Informe Nº 390-2003-GZCH/INFES-VIVIENDA, através del cual se detectaron deficiencias constructivas y vicios ocultos cuyas reparaciones son responsabilidad del contratista, hasta dentro del plazo de siete (7) años conta-dos desde la recepción de la obra, conforme lo estipulado en la Cláusula 8.1 del Contrato de Obra; Que, en tal sentido, mediante la Resolución de Geren- cia General Nº 749-2003-INFES-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Analítico que se requiere para la reparación de las deficiencias constructivas del citado centro educati-vo, el cual asciende a la suma de S/.4 621.88, (Cuatro mil seiscientos veintiún y 88/100 Nuevos Soles), documento que fue debidamente notificado vía la Carta Notarial Nº1945-2003-GG-INFES-VIVIENDA, el mismo que al no ser impugnado ha quedado consentido; Que, en tal sentido, la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento opina por la procedencia de la expedición de la Resolución Ministerial que autorice a la Procuradora Públi-ca Ad Hoc del INFES a iniciar las acciones legales contra HORPACH S.A. INGENIEROS, encaminadas a lograr el cobro de la suma aprobada en el Presupuesto Analíticocitado en el considerando precedente; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y deSalud - INFES a interponer las acciones judiciales perti- nentes, contra la firma contratista HORPACH S.A. INGE- NIEROS, en mérito a las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la ci- tada Procuradora Pública Ad Hoc, para los fines a que secontrae la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 04112 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G61/G64/G20/G68/G6F/G63/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G2D /G46/G45/G53/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G72/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G64/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2004-VIVIENDA Lima, 27 de febrero de 2004 Vistos el Oficio Nº 113-2004-GG-INFES-VIVIENDA, del Gerente General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES, el Informe Nº 085-2004-AL- INFES-VIVIENDA, la Resolución de Gerencia General Nº 976-1999-PRES-INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Servicios No Personales suscrito el 26 de febrero de 1993, el Instituto Nacional deInfraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrató con el Ing. EDMUNDO SERGIO CHÁVEZ MEDEROS, para la ejecución de la obra de infraestructura del C.E. Nº 1172"CIRO ALEGRÍA", ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, materia de la Adjudicación Directa Nº 004-93-PRES-INFES; Que, mediante Informe Nº 284-1999-UL-GO-PRES-IN- FES de fecha 18 de junio de 1999, se practicó la liquida-