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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G36/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 dentro de los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto. En este caso el proceso exige la convocatoria a por lo menos tres proveedores. La Adjudicación Directa puede ser Pública o Selecti-va. El Reglamento señalará la forma de convoca- toria en cada caso. 17.2 La Adjudicación de Menor Cuantía se aplica para las adquisiciones y contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo establecido por la Ley Anual dePresupuesto para la Licitación o Concurso Públi- co, según corresponda. En este caso para el otor- gamiento de la Buena Pro basta la evaluación favo-rable del proveedor o postor seleccionado, cuya pro- puesta deberá cumplir con las especificaciones téc- nicas o términos de referencia establecidos. En ambos casos, el procedimiento se regirá por los prin- cipios previstos en el artículo 3º de la presente Ley, enlo que les fuere aplicable. El Reglamento señalará los requisitos y las formalida- des mínimas para el desarrollo de los procesos de se-lección a que se refiere el presente artículo, los que considerarán la participación de la micro y pequeña empresa, en ese sentido las entidades públicas debe-rán publicar en su página web los requerimientos de bienes o servicios a ser adquiridos bajo la modalidad de menor cuantía.Si la adquisición o contratación se realiza con cargo al Fondo para Pagos en Efectivo, al Fondo para Caja Chi- ca o similares, conforme a las normas de tesorería co-rrespondientes y a las que disponga el Reglamento, sólo se requerirá cumplir con el procedimiento y la susten- tación que ordenen las indicadas normas de tesorería. Artículo 18º.- Prohibición de fraccionamiento Queda prohibido fraccionar la adquisición de bienes, lacontratación de servicios y la ejecución de obras con el objeto de cambiar el tipo de proceso de selección que corresponda. No se considera fraccionamiento a lascontrataciones y adquisiciones por etapas, tramos, pa- quetes o lotes, posibles en función a la naturaleza del objeto de la contratación o adquisición, o para propiciarla participación de las pequeñas y microempresas en aquellos sectores económicos donde exista oferta com- petitiva.La Presidencia del Consejo de Ministros, previa opinión favorable de los Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo y de la Producción, establecerá, mediante de-creto supremo, los sectores que son materia de interés del Estado para promover la participación de la micro y pequeña empresa.En estos casos, la prohibición se aplicará sobre el monto total de la etapa, tramo, paquete o lote a ejecutar. El Titular de la Entidad o la máxima autoridad adminis-trativa de la misma, según corresponda, es responsa- ble en caso del incumplimiento de la prohibición. Artículo 19º.- Exoneración de procesos de selección Están exoneradas de los procesos de selección las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen: a) Entre Entidades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el Re-glamento; b) Para contratar servicios públicos sujetos a tarifas cuando éstas sean únicas; c) En situación de emergencia o de desabastecimien- to inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; d) Con carácter de secreto, secreto militar o de or- den interno por parte de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Organismos conformantes delSistema de Inteligencia Nacional, que deban man- tenerse en reserva conforme a Ley, previa opinión favorable de la Contraloría General de la Repúbli-ca. Los bienes, servicios y obras con carácter de secreto, secreto militar o de orden interno serán definidos a través de decreto supremo con el votoaprobatorio del Consejo de Ministros. En ningún caso se referirán a bienes, servicios u obras de carácter administrativo u operativo de acuerdo alReglamento; e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitu- tos y exista proveedor único; y,f) Para los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento. Artículo 20º.- Formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de selección Todas las exoneraciones, salvo las previstas en el lite- ral b) del artículo 19º, se aprobarán mediante: a) Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; b) Acuerdo del Directorio, en el caso de las empre- sas a que hace referencia los literales i) y j) del numeral 2.1 del artículo 2º de la presente Ley; o, c) Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Mu- nicipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La facultad de aprobar exoneraciones es indelegable. Las Resoluciones o Acuerdos señalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe téc-nico-legal previo y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de la presente Ley. Está prohibida la apro-bación de exoneraciones en vía de regularización a ex- cepción de la causal de situación de emergencia. Copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informeque los sustenta deben remitirse a la Contraloría Gene- ral de la República y al Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabili-dad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábi- les siguientes a la fecha de su aprobación. Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el ar-tículo 19º se realizarán mediante acciones inmediatas. En todos los casos de exoneración la contratación y la ejecución de los contratos se regulan por esta Ley, suReglamento y demás normas complementarias. Artículo 21º.- Situación de desabastecimiento inmi- nente Se considera situación de desabastecimiento inminen- te aquella situación extraordinaria e imprevisible en laque la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continui- dad de las funciones, servicios, actividades u opera-ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda.La aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento inminente, no cons- tituye dispensa, exención o liberación de las responsa-bilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi- guración de dicha causal. Constituye agravante de res-ponsabilidad si la situación fue generada por dolo o cul- pa inexcusable del funcionario o servidor de la entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autori-zar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobato- rio de la misma, el inicio de las acciones que corres- pondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley.La Contraloría General de la República participa de ofi- cio en las contrataciones y adquisiciones de los bie- nes, servicios u obras, en situación de desabastecimien-to inminente. Cuando no corresponda realizar un proceso de selec- ción posterior, en el informe técnico legal previo quesustenta la resolución que autoriza la exoneración, se deberán fundamentar las razones técnicas que moti- van la adquisición o contratación definitiva materia dela exoneración. Esta disposición también es de aplica- ción, de ser el caso, para la situación de emergencia. Artículo 22º.- Situación de emergencia Se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmedia-ta a causa de acontecimientos catastróficos, de situa- ciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional.En este caso la Entidad queda exonerada de la tramita- ción de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediarel evento producido y satisfacer la necesidad sobreve- nida, sin sujetarse a los requisitos formales de la pre- sente Ley. El Reglamento establecerá los mecanismos