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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 modificada por la Ley Nº 27902, mientras culmine el con- curso público de los Directores Regionales de cada sector,los Directores Regionales sectoriales continuarán en fun-ciones bajo dependencia técnica y funcional del corres-pondiente sector del Gobierno Nacional; Que, además, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley General de Educación, Nº 28044, dispone que durante el proceso de transferencia de lascompetencias y funciones en materia de educación a losgobiernos regionales, las actuales Direcciones Regiona-les de Educación así como las Unidades de Gestión Edu-cativa Local mantendrán su dependencia técnica y funcio- nal del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Su-premos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 5 de julio de 2004, la encargatura de don Edilberto Reymundo GarcíaZenteno en las funciones de Director Regional de Educa-ción Junín, cargo considerado de confianza, dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a partir del 5 de julio de 2004, a don Fabio Abrahan Contreras Oré las funciones de Direc-tor Regional de Educación Junín, cargo considerado deconfianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 12454 ENERGÍA Y MINAS /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/GF3/G2D /G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G49/G49/G46/G20/G41/G4E/G2D /G44/G49/G4E/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G48/G69/G2D/G64/G72/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G47/G72/G61/G74/G6F/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2004-MEM/DM Lima, 3 de mayo de 2004 VISTA: La solicitud de prórroga de plazo para la puesta en servicio de la Central Hidroeléctrica Graton, con regis-tro Nº 1455903, presentada por SIIF ANDINA S.A., perso- na jurídica inscrita en la Partida Nº 11321727 de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 007-2003-EM/ DM, publicada el 23 de enero de 2003, se otorgó a favor de SIIF ANDINA S.A. autorización para desarrollar la activi-dad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Graton, que estaría localizada en el distrito de San Mateo, provincia de Cajatambo, departamento deLima, con la obligación de construir las obras correspon- dientes y poner en servicio dicha Central, a los catorce (14) meses contados desde la vigencia de la mencionadaResolución, de acuerdo con el cronograma propuesto ori- ginalmente, tal como figura en el Expediente Nº 31127901; Que, mediante solicitud presentada el 3 de marzo de 2004, ampliada mediante escritos presentados el 23 y 24 de marzo del presente año, la titular solicitó prórroga de plazo para la puesta en servicio de la referida Central, con-sistente en dieciocho (18) meses adicionales, contados desde el vencimiento del plazo establecido en la mencio- nada Resolución Ministerial, argumentando que SIIF AN-DINA S.A. no ha podido dar inicio a las obras, toda vez que se encuentra a la espera que SIIF ENERGIES S.A. aprue- be el programa de inversión de la Central HidroeléctricaGraton en el mes de julio del presente año; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal e) del artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, las autoriza- ciones serán canceladas por el Ministerio, previo informe de la Dirección cuando el titular no ejecuta las obras e instalaciones conforme a los plazos previstos en el cronograma, salvo casofortuito o fuerza mayor debidamente acreditados; Que, conforme lo establecido en el artículo 1315º del Có- digo Civil, el caso fortuito o la fuerza mayor es la causa noimputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisi- ble e irresistible que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso; Que, el argumento manifestado por la titular no puede calificarse como caso fortuito o fuerza mayor que justifique el incumplimiento de la ejecución de las obras e instalacio-nes conforme a los plazos previstos en el cronograma de ejecución de obras, tratándose más bien de condiciones que vinculan a la titular con la organización a la que pertenece yque, en modo alguno, la inhiben del cumplimiento de las obli- gaciones que voluntariamente asumió frente al Estado; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado la solicitud, en cumplimiento con el De- creto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Re- glamento, ha emitido el Informe Nº 090-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 69º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declárase improcedente la solicitud de prórroga de plazo, presentada por SIIF ANDINA S.A.,para la construcción y puesta en servicio del proyecto Central Hidroeléctrica Graton, a que se refiere la autori- zación otorgada por la Resolución Ministerial Nº 007-2003-EM/DM. Artículo 2º.- Declárase cancelada la autorización otor- gada a favor de SIIF ANDINA S.A. mediante la ResoluciónMinisterial Nº 007-2003-EM/DM, por las razones y funda- mentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, archivándose definitivamente el Ex-pediente Nº 31127901. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 12457 INTERIOR /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1157-2004-IN Lima, 30 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que, la señorita Ida María SÁNCHEZ CANGAHUALA, ha formulado renuncia irrevocable al cargo público de con- fianza de Director de Sistema Administrativo I, Categoría F-2, Subdirector de la Unidad de Imagen Institucional yCentro de Comunicaciones de la Oficina de Comunicación Social del Ministerio del Interior, al que fue designada me- diante Resolución Ministerial Nº 1318-2003-IN/0701 del 1de agosto del 2003; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nom-bramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar con efectividad al 31 de mayo del 2004, la renuncia formulada por la señorita Ida MaríaSÁNCHEZ CANGAHUALA, al cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo I, Categoría F-2, Subdirector de la Unidad de Imagen Institucional y Centrode Comunicaciones de la Oficina de Comunicación Social