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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2004 (10/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G6D/G75/G74/G75/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G61/G2D/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G52/G46/G20/G46/G4D/G49/G56/G20/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G50/G6C/G75/G73/G20/G46/G4D/G49/G56/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 061-2004-EF/94.11 Lima, 5 de julio de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004/0017572 iniciado por Interfon- dos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como elInforme Nº 241-2004-EF/94.55 de fecha 5 de julio de 2004,presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV Nº 163-95-EF/94.10 de fecha 25 de abril de 1995, se autorizó el funcionamiento de laSociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión enValores Interfondos S.A., hoy denominada Interfondos S.A.Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como admi-nistradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 550-97-EF/ 94.10 de fecha 22 de julio de 1997 y Resolución GerenciaGeneral Nº 080-2002-EF/94.11 de fecha 22 de octubre de2002, se autorizó a Interfondos S.A. Sociedad Administra-dora de Fondos para administrar los fondos mutuos de in-versión en valores denominados Interfondo RF FMIV e In-terfondo Plus FMIV; Que, mediante escrito presentado el 9 de junio de 2004, complementado el 23 de junio de 2004, Interfondos S.A. So-ciedad Administradora de Fondos solicita y presenta la docu-mentación requerida para que se realice el trámite correspon-diente a la inscripción de las modificaciones a los Reglamen-tos de Participación de los fondos mutuos de inversión en va-lores denominados Interfondo RF FMIV e Interfondo Plus FMIV; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que se ha cumplido con presentar losrequisitos previstos en el artículo 38º del Reglamento deFondos Mutuos de Inversión en Valores y sus SociedadesAdministradoras, aprobado mediante Resolución CONA-SEV Nº 026-2000-EF/94.10 y en el Texto Único de Proce-dimientos Administrativos de CONASEV, Decreto Supre-mo Nº 056-2002-EF; Que, el procedimiento de modificación a los Reglamen- tos de Participación implica la modificación en el cálculode la comisión de rescate, que podría traer consigo un in-cremento en la comisión a ser cobrada a los partícipes,por lo que resultan de aplicación los artículos 40º y 41º delReglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores ysus Sociedades Administradoras, que prevé para estoscasos que a los partícipes del fondo mutuo les asiste elderecho de optar por el rescate de sus cuotas sin estarafectos a comisión por esta operación; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA-SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como por elartículo 37º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inver-sión en Valores y sus Sociedades Administradoras; y, enaplicación de las facultades delegadas al Gerente Generalmediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institu-ción reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Disponer la inscripción de las modifica- ciones a los Reglamentos de Participación de los fondosmutuos de inversión en valores denominados Interfondo RF FMIV e Interfondo Plus FMIV, en la sección correspondien-te del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Interfondos S.A. Sociedad Administrado- ra de Fondos deberá notificar a los partícipes de los fon-dos a que se refiere el artículo 1º, dentro del plazo de diez(10) días hábiles de notificada la presente resolución, elnuevo texto de los Reglamentos de Participación y, poste-riormente, publicar las modificaciones realizadas así comoun resumen explicativo de las mismas en el Diario OficialEl Peruano y en otro de circulación nacional. Artículo 3º.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá otorgar un plazo de quince (15) días há-biles contados desde la última publicación a que alude elartículo anterior, para que los partícipes de los fondos se-ñalados en el artículo 1º de la presente resolución puedanoptar por el rescate de sus cuotas sin estar afectos a comi-sión de rescate. Artículo 4º.- Las modificaciones a los Reglamentos de Participación surtirán todos sus efectos vencido el plazo aque se refiere el artículo anterior. Artículo 5º.- La inscripción a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implica que CONASEV re-comiende la suscripción de cuotas de los mencionadosfondos mutuos de inversión en valores u opine favorable-mente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 6º.- La publicidad que realice Interfondos S.A. So- ciedad Administradora de Fondos para promocionar los men-cionados fondos mutuos de inversión en valores no debe indu-cir a error o confusión y deberá sujetarse a las condicionesprevistas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos deInversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 7º.- Interfondos S.A. Sociedad Administrado- ra de Fondos deberá remitir a Conasev dos (2) ejemplares(uno en forma impresa) de los Reglamentos de Participa-ción de los fondos mutuos de inversión en valores denomi-nados Interfondo RF FMIV e Interfondo Plus FMIV, en elplazo de quince (15) días hábiles siguientes a la notifica-ción de la presente resolución. Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Inter- fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Ban-co Internacional del Perú S.A.A. - Interbank en su calidadde custodio de los fondos mutuos de inversión en valoresantes mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CLAUDIO HIGA TAMASHIRO Gerente General 12705 COFOPRI /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G71/G75/G65/G6A/G61/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G64/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G61/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/GF3/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E/G20/G64/G65/G4C/G75/G72/G69/G67/G61/G6E/G63/G68/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Expediente Nº 2003-389-COFOPRI/TAP LA NOTIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES SE EFECTUARÁ EN EL DOMICILIO QUE LAS PARTES HAYAN SEÑALADO POR ESCRITO DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. EL NOTARIO ES EL PROFESIONAL DEL DERECHO QUE ESTÁ AUTORIZADO PARA DAR FE DE LOS ACTOS QUE ANTE ÉL SE CELEBRAN. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 187-2004-COFOPRI/TAP Lima, 17 de junio de 2004