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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 de la infraestructura cedida en uso para cubrir sus ne- cesidades académicas, mediante Oficio Nº 071-2003/DREA-CCSM”MBP”-I, alcanza la propuesta para el re-planteamiento del Convenio entre el Centro Educativo“Micaela Bastidas Puyucahua” y la UNAMBA, peticio-nes y planteamientos que resultaron inaceptables poronerosos por lo que se ha procedido a hacer la entregade parte de la infraestructura mediante acta de entregade fecha 1 de abril del 2004, motivando que las carre-ras profesionales de Ingeniería de Minas y de Ingenie-ría Agro industrial, sean trasladadas al Colegio Indus-trial de Abancay. En el caso de la Subsede de Andahua-ylas, que viene funcionando en locales en parte cedi-dos en uso, han surgido diversos problemas sobre elpréstamo de aulas del Instituto Superior Pedagógico deAndahuaylas del Colegio Agropecuario de San Jeróni-mo, como se detallan en los informes periodísticos delDiario Opinión de Andahuaylas. Al respecto se ha sus-crito el Acta de Reunión con las Autoridades Políticas,Jefes de Sectores y Organizaciones de Base de la ci-tada provincia, el 4 de marzo del 2004, donde se acor-dó gestionar la disponibilidad de infraestructura nece-saria para el desarrollo de las actividades académicas.Debido al incremento de la población estudiantil y lanecesidad de aulas según obra de los informes de lacoordinación de la Subsede Andahuaylas, se ha deci-dido el traslado de las Carrera Profesional de Ingenie-ría Agroindustrial al Centro Educativo Nº 54178 Sagra-do Corazón de Jesús, del distrito de Talavera, cuyo he-cho se ha puesto en conocimiento del CONAFU me-diante informe Nº 01-2004-CO-UNAMBA, Oficios Nºs.170-2004-P-CO-UNAMBA, 193-2004-CO-UNAMBA,201-2004-P-CO-UNAMBA del 22 de abril, 11 y 17 demayo del 2004 respectivamente. Por otro lado, el Alcal-de de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, me-diante convenio de cooperación Interinstitucional Nº 10,de fecha 24 de octubre del 2003, aprobado medianteResolución Nº 201-2003-CO-UNAMBA, ha ofrecido bus-car el financiamiento para la construcción de tres au-las, asimismo se mantiene la carencia de aulas para eldesarrollo de las actividades académicas de la Univer-sidad, obligando a la Comisión Organizadora a decla-rar en Emergencia Académica en presente año lectivomediante Resolución No.094-2004-CO/ UNAMBA, defecha 12 de abril del año en curso, y con el consiguien-te riesgo de suspender el ingreso de nuevos alumnospara el segundo semestre del año 2004. CINCO.- Del informe académico de la Universidad se deduce que ala fecha cuenta con 841 alumnos en la Sede Central deAbancay 360 alumnos en la Subsede de Andahuaylasy la proporción de alumnos/ aulas indican que, nos en-contramos en el límite de la atención aceptable peda-gógicamente, pero con el crecimiento de la poblaciónestudiantil de 340 alumnos se generará un déficit in-sostenible, debido a la negativa de ceder ambientes porla totalidad de Centros Educativos tanto en la ciudadde Abancay como en Andahuaylas, y para por lo quese requiere optar por una solución al más breve plazo,necesitamos inmediatamente la construcción 30 aulasque deberán edificarse en terrenos propios de la Uni-versidad, conforme a la propuesta de la Dirección deInfraestructura contenido en el informe Técnico Nº 13-2004-DI-UNAMBA . Cuarto: Que, según lo establecen los Arts. 19º Inc. c) y el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMque aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, se considerasituación de urgencia “cuando la ausencia extraordina-ria e imprevisible de determinado bien o servicio com-promete en forma directa e inminente la continuidad delos servicios esenciales que la entidad tiene a su car-go”. Para la UNAMBA resultó un hecho imprevisible laaprobación del crédito suplementario dado por Ley Nº28229, de fecha 22 de mayo del 2004 para la adquisi-ción de los terrenos de la futura Ciudad Universitaria ysus estudios de infraestructura; así como la imprevisi-bilidad de la dación de la Ley Nº 28254, de fecha 15 dejunio del año en curso que asigna a la UNAMBA paraconstrucción de unidades de enseñanza, otro hecho noprevisible es el ocurrido con el Colegio Micaela Basti-das de Tamburco que se indicó anteriormente. De igualforma, los sucesos ocurridos en la Provincia de An- dahuaylas, así como el incumplimiento de los ofreci-mientos nos lleva a acciones de urgencia para acelerarla construcción de aulas que, deberán realizarse en te-rrenos destinados a la ciudad universitaria. De no de-clararse la exoneración de Licitación Pública la Univer-sidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, no re-solvería su problema existencial y los fines para la quefue creada según lo establecido en el Art. 2º de la LeyNº 27348 - Ley de Creación de la Universidad NacionalMicaela Bastidas de Apurímac se establece que sonfines de la Universidad..”Atender la formación profesio-nal integral, la investigación científica y las actividadesde extensión cultural propias de la región”por consi-guiente de no contar con terrenos e infraestructura pro-pios y adecuados, la UNAMBA colapsaría. Quinto: Que, mediante el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001- PCM dispone formalidades de los procedimientos no suje-tos a Licitaciones Públicas, Concursos Públicos o Adjudi-caciones Directas; siendo uno de ellos, el proceso de Ad-judicación de Menor Cuantía, debiendo ésta formalizarsea través de Resolución del Titular del Pliego de la Entidad;disposición concordante con lo establecido por el Art. 105ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudica-ciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM.que regula el procedimiento para los procesos de selec-ción exonerados. Estando a lo expuesto, y al acuerdo adoptado de la Co- misión Organizadora, en su sesión ordinaria del 16 de ju-nio del 2004; y, En uso de las atribuciones y Autonomía Universitaria que le confiere el Art. 18º de la Constitución Política delEstado, Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 26439 de Crea-ción del Consejo Nacional para la Autorización de Funcio-namiento de Universidades - CONAFU, Ley de Creaciónde la Universidad Nacional Micaela Bastidas de ApurímacNº 27348, Resoluciones Nºs. 110-2002 y 200-2003-CO-NAFU, y Ley Nº 27444 del Procedimiento AdministrativoGeneral; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la adquisición de los terrenos para la cons-trucción de una parte de la Ciudad Universitaria de la Uni-versidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, por elmonto de 1’033,500 nuevos soles, destinando para la sedede Abancay S/. 733 500.00, y para la Subsede de An-dahuaylas S/. 300 000.00 por el término de 3 meses con-tados a partir de la fecha de expedición de la presente re-solución. Artículo Segundo.- APROBAR LA EXONERACIÓN del proceso de Licitación Pública para la adquisición deuna parte los terrenos de la futura Ciudad Universitaria enla Sede de la ciudad de Abancay y Subsede de la ciudadde Andahuaylas, de la Universidad Nacional Micaela Bas-tidas de Apurímac. Artículo Tercero .- DISPONER la designación del Co- mité Especial encargado del proceso de selección esta-blecido por la entidad para la adquisición de los terrenosen la Sede Central de la ciudad de Abancay y en la Subse-de de Andahuaylas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, den-tro de los 10 días hábiles de su emisión. Y la remisiónde las copias autenticadas de la presente Resolución yel informe que lo sustenta a la Contraloría General dela República, dentro de los diez días calendario siguien-tes. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Vicepresidente Administrativo a tra-vés de las Oficinas Generales, Oficinas y Unidades co-rrespondientes. Regístrese y comuníquese.CARROLL DALE SALINAS PresidenteComisión Organizadora 12929